Disposiciones transitorias.

AutorEsteban Carbonell O'Brien
Cargo del AutorAbogado
Primera - AplicaciÛn de la Ley.-

Las disposiciones de la presente Ley se aplicar·n a los procedimientos en tr·mite bajo la Ley de ReestructuraciÛn Patrimonial, en la etapa en que se encuentren.

El operar y entrada en vigencia de la presente Ley, es el inicio de una nueva legislaciÛn, lo que implica que aquellos procedimientos en tr·mite deben ceÒirse a los par·metros establecidos, pues lo contrario significarÌa el uso de dos legislaciones para el mismo tipo procedimental.

He de observar que, la aplicaciÛn de la presente Ley implica la adecuaciÛn de los mecanismos de resoluciÛn por parte de la autoridad concursal, lo cual hace necesario la capacitaciÛn de los profesionales, a cargo de la supervisiÛn de los procedimientos concursales, siendo que Èsta sea constante y a nivel nacional.

Segunda - DescentralizaciÛn de Funciones del INDECOPI.-

Autorizase al Directorio del INDECOPI a efectuar las adecuaciones necesarias al Sistema de DescentralizaciÛn de Funciones de la instituciÛn con el objeto de garantizar su funcionamiento Ûptimo y sostenido.

Resulta necesario reglamentar los usos y costumbres que servir·n para ejecutar las funciones del INDECOPI, pues...

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