RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 18-2015-CED-CSJCL/PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Disponen que los pedidos de copias simples o copias certificadas de expedientes con mandato judicial de archivo, se presenten directamente a la Mesa de Partes del Archivo Central o General de la Corte Superior de Justicia del Callao, adjuntando los requisitos señalados en el TUPA del Poder Judicial y dictan diversas disposiciones

Fecha de disposición14 Octubre 2015
Fecha de publicación22 Octubre 2015
SecciónSección Única

Callao, 14 de octubre del 2015.

CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO

VISTO:

El Informe, presentado por el Señor Consejero y Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao.

Y CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 72° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital conjuntamente con el Presidente de la Corte Superior, son los órganos de dirección de un Distrito Judicial.

Que, el Señor Presidente de esta Corte Superior informa al Órgano de gobierno de este Distrito Judicial, que viene analizando en forma permanente los procesos operativos que realizan los Magistrados y trabajadores en general, para poder identificar los problemas que causan retardo no sólo en la tramitación de los procesos judiciales sino además en determinados trámites administrativos, que forman parte de la actividad judicial en general; con la finalidad de atender los requerimientos de la ciudadanía, de mejorar cada vez más el servicio de impartición de justicia, entre otros servicios, que brinda el Poder Judicial.

Que, uno de los problemas que causa insatisfacción en el litigante o usuario del sistema de administración de justicia, es el proceso operativo de expedición de copias simples y certificadas de expedientes con mandato judicial de archivo provisional o definitivo que se encuentran en el Archivo Central de esta Corte Superior; cuyo trámite entre el pedido y la entrega de copias tiene una demora excesiva e injustificada.

Que, en efecto, las solicitudes o pedidos de copias simples o certificadas, son recibidos por el Centro de Distribución General o Mesa de partes de los órganos jurisdiccionales correspondientes, para luego ser entregados al especialista o secretario judicial, quien da...

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