Discapacidad, invalidez, incapacidad para el trabajo y trabalenguas: ¿si tengo discapacidad y trabajo, puedo cobrar pensión de invalidez?

AutorRenata Bregaglio Lazarte/Renato Constantino Caycho/Saulo Galicia Vidal/Erick Beyá González
Páginas291-321
Discapacidad, invalidez, incapacidad para el
trabajo y trabalenguas: ¿si tengo discapacidad
y trabajo, puedo cobrar pensión de invalidez?*
Disability, incapacity for work and tongue-twister:
can a person with disability work and receive an incapacity
pension?
RENATA BREGAGLIO LAZARTE**, RENATO
CONSTANTINO CAYCHO***, SAULO GALICIA VIDAL &
ERICK BEYÁ GONZÁLEZ****
Resumen: El presente artículo intentará enfocarse en una problemática que
comienza a presentarse en la realidad y que requiere una respuesta jurídica
adecuada y respetuosa de los derechos de las personas con discapacidad:
¿todas las personas con discapacidad tienen incapacidad para el trabajo? Esta
pregunta busca realizar una valoración crítica de los tradicionales sistemas de
seguridad social que entendieron que toda discapacidad llevaba al fin de la
vida productiva. No obstante, esto confronta directamente los postulados del
modelo social de la discapacidad que proclaman que las imposibilidades de las
personas con discapacidad provienen de barreras sociales y no de las personas.
Si la discapacidad no equivale a la incapacidad, ¿cómo debe entenderse y
aplicarse dicha figura? La existencia de ambas figuras nos reta a plantear
cuáles son las diferencias y similitudes entre ambas. Esta investigación se guía
bajo la hipótesis de que ambos términos denotan situaciones distintas aunque
estas pueden presentarse de manera simultánea.
Palabras clave: discapacidad – invalidez para el trabajo – seguridad social –
protección social – preexistencia
* El presente artículo ha sido elaborado como parte del trabajo sobre la «Diferencia entre la invalidez
permanente y la discapacidad, así como sus efectos en materia de seguridad jurídica», del Centro
de Investigación, Capacitación y Asesoría Jurídica (CICAJ) del Departamento de Derecho de la
Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP).
** Abogada, magíster en derechos humanos y candidata a doctora por la PUCP, donde también es
docente ordinaria del Departamento Académico de Derecho, además es Máster en Derechos
Fundamentales por la Universidad Carlos III de Madrid. Coordinadora del Grupo Interdisciplinario
en Discapacidad de la PUCP-GRIDIS y docente de la Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos
Humanos de la PUCP. Correo electrónico: renata.bregaglio@pucp.pe
*** Abogado y estudiante de la Maestría en Derechos Humanos por la PUCP, Adjunto del Curso
Clínica Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos de la PUCP y Jefe de Práctica del
Curso de Ciudadanía y Responsabilidad Social de dicha casa de estudios. Miembro del Grupo
Interdisciplinario en Discapacidad de la PUCP-GRIDIS. Correo electrónico: renato.constantino@
pucp.pe
**** Bachiller en Derecho por la PUCP, Adjunto de Docencia del curso Derecho Laboral General e
Instituciones del Derecho Privado 2 de la PUCP. Ex alumno del curso de la Clínica Jurídica en
Discapacidad y Derechos Humanos de la PUCP. Correo electrónico: sgalicia@pucp.pe.
***** Bachiller en Derecho por la PUCP, asistente del Doctor Francisco Eguiguren Praeli. Ha sido adjunto
de docencia en los cursos Sistemas Salariales y Tributos Sociales, Derecho Colectivo de Trabajo
y Derecho Laboral General, y Derecho al Trabajo y Cine. Es ex alumno del curso de la Clínica
Jurídica en Discapacidad y Derechos Humanos de la PUCP y miembro del Grupo Interdisciplinario en
Discapacidad de la PUCP-GRIDIS. Correo electrónico: ebeya@pucp.edu.pe
N° 77, 2016
pp. 291-321
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201602.012
R. BREGAGLIO, R. CONSTANTINO, S. GALICIA & E. BEYÁ
292
Derecho PUCP, N° 77, 2016 / ISSN 0251-3420
Abstract: The article focuses on a new problem that requires an adequate
legal answer that respects the rights of the persons with disabilities: are all
persons with disabilities incapacitated for work? This question tries to make
a critical assessment of the traditional systems of social security that assumed
that any disability led to the end of the productive life. However, that differs
completely from the view of the social model of disability that states that
disability comes from the social barriers and not from the persons. If disability
is not the same as incapacity to work, how and when should this latter figure
be applied? The existence of both figures requires us to differentiate them.
The hypothesis is that these figures are different but may coexist at the same
time.
Key words: disability – incapacity to work – social security – social protection
– preexistence
CONTENIDO: I. PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA: CUANDO LA
DISCAPACIDAD INCAPACITA. II. LA NOCIÓN DE DISCAPACIDAD. III. LA
INVALIDEZ Y LA INCAPACIDAD PARA EL TRABAJO Y SU RELACIÓN CON
LA DISCAPACIDAD. III.1. LA REGULACIÓN INTERNACIONAL. III.2. UNA
MIRADA NACIONAL. III.3. DISTINGUIENDO CONCEPTOS. IV. ALGUNOS
PROBLEMAS DE APLICACIÓN. IV.1. LA MEDICIÓN DE LA INCAPACIDAD
EN EL ORDENAMIENTO PERUANO. IV.2. PORCENTUALIZACIONES Y
PREEXISTENCIAS. CUANDO LA DISCAPACIDAD NO SE ENTIENDE Y CARLOS
GÁLVEZ NO PUEDE COBRAR SU PENSIÓN DE INVALIDEZ INCAPACIDAD
PARA EL TRABAJO. V. CONCLUSIONES. VI. BIBLIOGRAFÍA.
I. PRESENTACIÓN DEL PROBLEMA: CUANDO LA
DISCAPACIDAD INCAPACITA
Carlos Gálvez1 tiene 45 años. En 1990, por una lesión medular, producto
de un cuadro de meningitis tuberculosa, perdió la movilidad en las
piernas. Ello, sin embargo, no le impidió estudiar una carrera profesional,
especializarse en el extranjero y trabajar ininterrumpidamente. En 1996,
Carlos Gálvez se afilió a una Administradora de Fondos de Pensiones
(en adelante, AFP) —el nombre de la misma es irrelevante, pues lo
que se expondrá a continuación hubiera tenido el mismo desenlace en
cualquier AFP del país y probablemente en gran parte del mundo— y
ha venido realizando los aportes correspondientes. En el 2013, producto
del ejercicio de impulsar su silla de ruedas, Carlos Gálvez se lesionó
el hombro. Como no podía desplazarse al trabajo, solicitó la invalidez
temporal y se ausentó del trabajo durante 11 meses. Al término de ese
periodo, su médico le dijo que la lesión no mejoraría y que ya no podría
1 Los hechos descritos son reales, pero el nombre de la persona involucrada ha sido modificado para
mantener la confidencialidad. La Clínica Jurídica de Discapacidad y Derechos Humanos de la PUCP
viene litigando este caso desde el año 2014. Los autores del presente artículo han participado en
dicho litigio.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR