Discapacidad, derechos humanos y reforma del Código Civil. Un 'estado de cosas inconstitucional'

AutorSamuel B. Abad Yupanqui
Páginas81-106
Discapacidad, derechos humanos
y reforma del Código Civil
Un “estado de cosas inconstitucional1
Samuel B. Abad Yupanqui
Resumen:
La regulación civil actual de la discapacidad atenta contra la esencia de una demo-
cracia inclusiva y ha devenido en inconstitucional, en vista de la limitada o nula “ca-
pacidad civil” que se reconoce a las personas con discapacidad. Esto signica que se
impide a las personas con discapacidad tomar por sí mismas las decisiones relativas
a su vida y patrimonio, de manera que, al actuar a través de un representante legal,
se generan riesgos y se vulnera sus derechos a la dignidad, libertad y libre desarrollo
de la personalidad. Este estado de cosas inconstitucional contraviene lo señalado en
las personas con discapacidad tienen plena capacidad jurídica, contando con un sis-
tema de apoyos cuando sea necesario. En ese sentido, se hace necesaria una revisión
del sistema legal vigente, así como la aplicación del control de convencionalidad por
parte de las autoridades.
Palabras clave:
Discapacidad; Régimen de interdicción; Convención sobre los Derechos de las Per-
sonas con Discapacidad; Modelo social; Control de convencionalidad.
Abstract:
e current civil treatment of discapacity goes against the essence of an inclusive demo-
cracy, so it has become into unconstitutional, in consideration of the limited or null “ci-
vil capacity” that the legal system recognizes to people with disabilities. is means that
people with disabilities are impeded to take, by their own, decisions relative to their
lifes and patrimonies, which also implies that, by acting through a representant, risks
DATOS DEL ARTÍCULO:
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Cuadernos sobre Jurisprudencia Constitucional - N°  - D 
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SAMUEL B. ABAD YUPANQUI
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and vulnerations to their rights to dignity, freedom and free development of personality
are generated. is unconstitutional state of aairs contravenes the dispositions of the
desabilities have full legal capacity, counting on a support system when it’s necessary.
In that regard, it becomes necessary to make a revision of the current legal order as well
as the application of the conventionality control by the authorities.
Keywords:
cial model; conventionality control
Sumario:1
I. LA CAPACIDAD SEGÚN EL CÓDIGO CIVIL VIGENTE (1984). 1.1. Capacidad de
goce y de ejercicio. Incapacidad absoluta y relativa. 1.2. Necesidad de actuar a través
de un representante legal. La aplicación judicial “genérica” del régimen de interdic-
ción. 1.3. Capacidad para realizar actos jurídicos y para contraer obligaciones.- II.
LOS CAMBIOS INTRODUCIDOS POR LA CONVENCIÓN. SUS IMPLICANCIAS
RESPECTO A LO DISPUESTO POR EL CÓDIGO CIVIL.- III. LA INCOMPATIBI-
LIDAD DEL CÓDIGO CIVIL CON LA CONVENCIÓN. UN EJEMPLO RECIENTE:
LA PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
SEVERA. 3.1. Primacía de la Convención sobre el Código Civil. 3.2. El caso de la
pensión no contributiva: la distancia entre la norma y la realidad y la importancia
de aplicar la Convención.- IV. REFLEXIONES FINALES: UNA REFORMA DEL
CÓDIGO CIVIL QUE GARANTICE EL EJERCICIO DE DERECHOS DE LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
1 El Tribunal Constitucional, en el caso Julia Arellano Serquén (STC
N° 2579-2003-HD), acogió la doctrina desarrollada por la Corte
Constitucional colombiana sobre el estado de cosas inconstitucional. La
Corte colombiana (Sentencia T-153/98): “53. (…) ha hecho uso de la gura
del estado de cosas inconstitucional con el n de buscar remedio a situaciones de
vulneración de los derechos fundamentales que tengan un carácter general —en
tanto que afectan a multitud de personas—, y cuyas causas sean de naturaleza
estructural —es decir que, por lo regular, no se originan de manera exclusiva en
la autoridad demandada y, por lo tanto, su solución exige la acción mancomunada
de distintas entidades”. Cfr. también la STC N° 03426-2008-HC.

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