03 016-2002-JNE - Admiten a trámite demanda de rendición de cuentas dirigida contra alcalde suspendido del Concejo Distrital de Livitaca, provincia de Chumbivilcas

Fecha de publicación09 Enero 2002
Fecha de disposición09 Enero 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 9 de enero de 2002
RESUELVE:
Artículo Primero.- Convocar a Guillermo Ávila Vigo,
candidato no proclamado de la lista de candidatos del Par-
tido "Acción Popular", para que asuma el cargo de Regidor
del Concejo Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz,
departamento de La Libertad, a quien se le otorgará la cre-
dencial correspondiente, en reemplazo de Gualberto Ca-
rrera Flores, para completar el período 1999 - 2002.
Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y poli-
ciales prestarán las garantías para el cumplimiento de la
presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA
BOLÍVAR ARTEAGA
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,
Secretario General
0407
Admiten a trámite demanda de rendi-
ción de cuentas dirigida contra alcalde
suspendido del Concejo Distrital de Li-
vitaca, provincia de Chumbivilcas
RESOLUCIÓN Nº 016-2002-JNE
Lima, 4 de enero de 2002
Expediente Nº 001-2002-Rendición de Cuentas
Visto el Oficio Nº 1293-2001-J/ONPE recibido el 2
de enero de 2002 remitiendo los expedientes sobre Ren-
dición de Cuentas dirigida contra Zacarías Sevillano
Colque, Alcalde del Concejo Distrital de Livitaca, pro-
vincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco, pro-
movida por el ciudadano Germán Molero Dueñas el 5 de
agosto de 2000; e informando al respecto que la citada
iniciativa ha cumplido con los requisitos formales exigi-
dos por la Ley de Derechos de Participación y Control
Ciudadanos Nº 26300;
CONSIDERANDO:
Que, a tenor de lo dispuesto por el Artículo 31º de la
Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos
Nº 26300, los ciudadanos pueden interpelar a las autori-
dades respecto a la ejecución presupuestal y el uso de
recursos propios, mediante la Demanda de Rendición de
Cuentas;
Que el promotor de la Demanda de Rendición de Cuen-
tas dirigida contra don Zacarías Sevillano Colque, Alcalde
del Concejo Distrital de Livitaca, ha presentado novecien-
tas sesenta y cinco (965) firmas válidas de adherentes,
cumpliendo con el requerimiento de acreditar que la solici-
tud es formulada por cuando menos el 20% de la población
electoral con derecho a voto en la respectiva circunscrip-
ción territorial, conforme lo exige el Artículo 34º de la nor-
ma acotada;
Que don Zacarías Sevillano Colque se encuentra sus-
pendido en el ejercicio de las funciones de Alcalde del
Concejo Distrital de Livitaca por encontrarse sujeto a
proceso penal con mandato de detención firme, tal como
se establece en la Resolución Nº 163-2001-JNE de fe-
cha 15 de febrero de 2001, circunstancia que no consti-
tuye impedimento para dar trámite a la demanda plan-
teada por los pobladores del distrito de Livitaca, por lo
que el pliego interpelatorio presentado con la solicitud
deberá ser remitido al Concejo Municipal respectivo para
los efectos a que se contraen los Artículos 35º y 36º de
Que se ha llamado como Alcalde provisional del Con-
cejo Distrital de Livitaca a don Leonidas Torres Bellido, quien
se encuentra en ejercicio del cargo;
Que corresponde al Alcalde en ejercicio publicar la res-
puesta del pliego interpelatorio de la Rendición de Cuen-
tas, con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 36º de la ley
citada;
El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri-
buciones;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Admitir a trámite la Demanda de
Rendición de Cuentas dirigida contra don Zacarías Sevi-
llano Colque, Alcalde suspendido del Concejo Distrital de
Livitaca, provincia de Chumbivilcas, departamento de Cus-
co, promovida por el ciudadano Germán Molero Dueñas.
Artículo Segundo.- Comunicar a don Zacarías Se-
villano Colque, Alcalde suspendido del Concejo Distrital
de Livitaca, y a don Leonidas Torres Bellido, Alcalde pro-
visional del Concejo Distrital de Livitaca, el pliego inter-
pelatorio contenido en la Demanda de Rendición de
Cuentas de dicho Concejo, para su contestación en for-
ma clara y directa dentro de los 60 días calendario a
partir de la presente resolución; debiendo cumplir con la
publicación respectiva.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA
BOLÍVAR ARTEAGA
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLÓ
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,
Secretario General
0408
Declaran nulo e insubsistente acuerdo
del Concejo Distrital de Yauli que de-
clara la vacancia de alcalde
RESOLUCIÓN Nº 017-2002-JNE
Exp. Nº 1376-2001 V
Yauli
Lima, 4 de enero de 2002
VISTO:
El recurso de revisión interpuesto con fecha 13 de di-
ciembre del 2001, por el señor Martín Gonzales Taype, en
contra del Acuerdo Nº 0011-01-MDY/HVCA del Concejo
Distrital de Yauli que declara la vacancia de su cargo de
Alcalde en el referido Concejo; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Nº 0011-01-MDY/HVCA de 23
de noviembre del año 2001, el Concejo Distrital de Yauli
con el voto unánime de sus miembros, ha declarado la va-
cancia del cargo de Alcalde, del señor Martín Gonzales
Taipe en el referido Concejo, por causal de inasistencia a 3
sesiones consecutivas, según aparece en la trascripción
de fojas 203 a 206;
Que el cargo de Alcalde del señor Martín Gonzales Tai-
pe, fue suspendido por Acuerdo Nº 009-01-A-MDY/HVCA
de 10 de septiembre del 2001, en razón que el Juzgado
Penal de Huancavelica con fecha 24 de agosto del 2001,
abrió instrucción y ordenó detención en su contra, por la
comisión de presuntos delitos de peculado y colusión; di-
cho acuerdo fue ratificado por Resolución del Jurado Na-
cional de Elecciones Nº 775-2001-JNE, de 13 de noviem-
bre del 2001;
Que la causal de vacancia prevista en el Artículo 26º,
inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades, sobre in-
asistencia a sesiones de concejo, no es aplicable, en el
caso de Alcaldes o Regidores suspendidos, en virtud a lo
dispuesto en el inciso 3) del Artículo 29º y Artículo 30º de
la ley acotada;
Que en este contexto, el recurso de revisión interpues-
to debe ampararse, subsistiendo la Resolución Nº 775-
2001-JNE, que ratifica la suspensión del cargo del Alcalde
peticionante;
El Pleno del Jurado Nacional del Elecciones;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de revi-
sión de visto; en consecuencia nulo e insubsistente el
Acuerdo Nº 0011 MDY/HVCA del Concejo Distrital de Yau-
li, de 23 de noviembre del 2001, que declara la vacancia
del cargo de Alcalde del señor Martín Gonzales Taipe en el
referido Concejo.

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