RESOLUCION DIRECTORAL Nº 096-2011-MTC/16 - Aprueban Directiva N° 002-2011-MTC/16 'Régimen de Autorización y Registro de Proveedores de Vehículos Nuevos del Programa para la Renovación del Parque Automotor'

Fecha de disposición10 Julio 2011
Fecha de publicación10 Julio 2011
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, domingo 10 de julio de 2011
446201
AÑO DEL
CENTENARIO DE
MACHU PICCHU
PARA EL MUNDO
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
R.M. N° 0280-2011-AG.- Disponen la prepublicación del
proyecto de Reglamento de Gestión Ambiental del Sector
Agrario, en el portal del Ministerio 446202
R.M. N° 0281-2011-AG.- Disponen la prepublicación del
proyecto de Reglamento de Participación Ciudadana para
la Elaboración y Seguimiento de Instrumentos de Gestión
Ambiental del Sector Agrario, en el portal del Ministerio
446202
R.M. N° 0282-2011-AG.- Disponen la prepublicación del
proyecto de Reglamento de Infracción y Sanciones del
Sector Agrario, en el portal del Ministerio 446203
ENERGIA Y MINAS
RR.MM. Nºs. 286 y 287-2011-MEM/DM.- Reconocen
servidumbres de obras hidroeléctricas a favor de
concesiones def‌i nitivas de generación de las que es titular
Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A. 446203
R.M. Nº 288-2011-MEM/DM.- Imponen servidumbre de
obras hidroeléctricas a favor de concesión def‌i nitiva de
generación de la que es titular Empresa de Generación
Eléctrica Cheves S.A. 446205
R.M. Nº 292-2011-MEM/DM.- Reconocen servidumbre
convencional de obras hidroeléctricas con carácter temporal a
favor de concesión def‌i nitiva de generación de la que es titular
la Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A. 446206
SALUD
R.M. Nº 515-2011/MINSA.- Rectif‌i can el Anexo 1
“Establecimientos de Salud que han alcanzado resultados
superiores al 60% en la tercera medición de los Estándares
de Desempeño del Primer Nivel de Atención” de la R.M.
N° 336-2011/MINSA 446207
R.M. Nº 516-2011/MINSA.- Designan Jefe de la Of‌i cina
de Desarrollo Institucional de la Dirección de Red de
Salud Lima Este Metropolitana, de la Dirección de Salud
IV Lima Este 446208
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 466-2011-MTC/01.- Autorizan Transferencias
Financieras a favor de diversos Gobiernos Locales
Provinciales para la ejecución de proyectos
correspondientes al PTRD 446208
R.VM. Nº 505-2011-MTC/03.- Otorgan autorización a
persona natural para prestar servicio de radiodifusión
comercial por televisión en VHF en la localidad de Ayaviri,
departamento de Puno 446209
RR.VMs.. Nºs. 564, 566, 575 y 576-2011-MTC/03.- Otorgan
autorizaciones a personas naturales y a asociación para
prestar servicio de radiodifusión sonora en FM en localidades
de los departamentos de Lima, Lambayeque y Amazonas
446211
R.VM. Nº 580-2011-MTC/03.- Otorgan autorización a
Grupo ATC S.A.C. para prestar servicio de radiodifusión
sonora comercial en FM en la localidad de Chulucanas,
departamento de Piura 446218
R.VM. Nº 581-2011-MTC/03.- Declaran aprobada renovación
de autorización otorgada a Radio Difusión Comercial Sonora
FM “Radio Olímpico” E.I.R.L. para prestar servicio de
radiodifusión sonora comercial en FM 446219
R.D. Nº 095-2011-MTC/16.- Aprueban Directiva N° 001-
2011-MTC/16 “Régimen de Autorización y Funcionamiento
de los Centros de Chatarreo de Vehículos del Programa
para la Renovación del Parque Automotor” 446220
R.D. Nº 096-2011-MTC/16.- Aprueban Directiva N° 002-
2011-MTC/16 “Régimen de Autorización y Registro de
Proveedores de Vehículos Nuevos del Programa para la
Renovación del Parque Automotor” 446221
R.D. Nº 097-2011-MTC/16.- Aprueban Directiva N° 003-
2011-MTC/16 “Régimen de Autorización y Funcionamiento
de las Entidades Certif‌i cadoras del Proceso de Chatarreo
de Vehículos del Programa para la Renovación del Parque
Automotor” 446222
ORGANOS AUTONOMOS
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Res. Nº 255-2011-PCNM.- Resuelven no ratif‌i car en el
cargo a Juez de Paz Letrado de Huamanga del Distrito
Judicial de Ayacucho 446222
Res. Nº 370-2011-PCNM.- Declaran infundado recurso
extraordinario interpuesto contra la Res. N° 255-2011-
PCNM 446224
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 7641-2011.- Autorizan inscripción de persona natural
en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
446226
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Acuerdo Nº 000078.- Autorizan viaje de Consejeros
Regionales para asistir a la Conferencia de Alcaldes y
Autoridades Locales que se realizará en los EE.UU. 446226
Sumario
Año XXVIII - Nº 11462
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 10 de julio de 2011
446202
GOBIERNO
REGIONAL DE LIMA
Acuerdo Nº 051-2011-CR/GRL.- Encargan a
Vicepresidenta la Presidencia del Gobierno Regional de
Lima 446227
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
DE ATE
Res. Nº 289-2011-MDA/GDU-SGPUC.- Aprueban
proyecto de habilitación urbana nueva para uso residencial
de terreno ubicado en el distrito 446228
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Res. Nº 674-2011-RASS.- Rectif‌i can la Res. N° 574-
2010-RASS, que declara habilitación urbana de of‌i cio de
terreno ubicado en el distrito 446230
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Ordenanza Nº 016-2011.- Modif‌i can la Ordenanza N° 004-
2011, sobre benef‌i cios para contribuyentes 446231
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
Disponen la prepublicación del
proyecto de Reglamento de Gestión
Ambiental del Sector Agrario, en el
portal del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0280-2011-AG
LIma, 8 de julio de 2011
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 27446, se dictó la Ley del Sistema
Nacional de Impacto Ambiental, con la f‌i nalidad de constituir
un sistema único y coordinado de identif‌i cación, prevención,
supervisión, control y corrección anticipada de los impactos
ambientales negativos derivados de las acciones humanas
expresadas por medio de proyectos de inversión;
Que, de conformidad con la Primera Disposición
Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 27446,
Autoridades Competentes deben elaborar o actualizar sus
normas relativas a la evaluación del impacto ambiental;
Que, en tal sentido debe dictarse el Reglamento de
Gestión Ambiental del Sector Agrario, cuyo proyecto
previamente resulta conveniente sea puesto a disposición
de las instituciones interesadas y público en general, con
el objeto de recibir sus aportes y/o comentarios;
Que, el numeral 3 del artículo 13º de la Ley Nº
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que
los proyectos de reglamento se publican en el portal
electrónico respectivo y por no menos de cinco (5) días
calendario, para recibir aportes de la ciudadanía;
De conformidad con la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio, aprobada por Decreto Legislativo Nº 997;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Disponer la prepublicación del proyecto
de Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario, en el
portal del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe), por el
plazo de cinco (05) días calendario, para que las instituciones
interesadas y público en general presenten sus aportes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE VILLASANTE A.
Ministro de Agricultura
663505-1
Disponen la prepublicación del proyecto
de Reglamento de Participación
Ciudadana para la Elaboración y
Seguimiento de Instrumentos de
Gestión Ambiental del Sector Agrario,
en el portal del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0281-2011-AG
LIma, 8 de julio de 2011
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 27446, se dictó la Ley del Sistema
Nacional de Impacto Ambiental, con la f‌i nalidad de constituir
un sistema único y coordinado de identif‌i cación, prevención,
supervisión, control y corrección anticipada de los impactos
ambientales negativos derivados de las acciones humanas
expresadas por medio de proyectos de inversión;
Que, de conformidad con la Primera Disposición
Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 27446,
Autoridades Competentes deben elaborar o actualizar sus
normas relativas a la evaluación del impacto ambiental;
Que, en tal sentido debe dictarse el Reglamento de
Participación Ciudadana para la Elaboración y Seguimiento
de Instrumentos de Gestión Ambiental del Sector Agrario,
cuyo proyecto previamente resulta conveniente sea
puesto a disposición de las instituciones interesadas y
público en general, con el objeto de recibir sus aportes
y/o comentarios;
Que, el numeral 3 del artículo 13º de la Ley Nº
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que
los proyectos de reglamento se publican en el portal
electrónico respectivo y por no menos de cinco (5) días
calendario, para recibir aportes de la ciudadanía;
De conformidad con la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio, aprobada por Decreto Legislativo Nº 997;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Disponer la prepublicación del
proyecto de Reglamento de Participación Ciudadana para
la Elaboración y Seguimiento de Instrumentos de Gestión
Ambiental del Sector Agrario, en el portal del Ministerio de
Agricultura (www.minag.gob.pe), por el plazo de cinco (05)
días calendario, para que las instituciones interesadas y
público en general presenten sus aportes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE VILLASANTE A.
Ministro de Agricultura
663505-2
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 10 de julio de 2011 446203
Disponen la prepublicación del
proyecto de Reglamento de Infracción
y Sanciones del Sector Agrario, en el
portal del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0282-2011-AG
LIma, 8 de julio de 2011
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 27446, se dictó la Ley del Sistema
Nacional de Impacto Ambiental, con la f‌i nalidad de constituir
un sistema único y coordinado de identif‌i cación, prevención,
supervisión, control y corrección anticipada de los impactos
ambientales negativos derivados de las acciones humanas
expresadas por medio de proyectos de inversión;
Que, de conformidad con la Primera Disposición
Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 27446,
Autoridades Competentes deben elaborar o actualizar sus
normas relativas a la evaluación del impacto ambiental;
Que, en tal sentido debe dictarse el Reglamento de
Infracción y Sanciones del Sector Agrario, cuyo proyecto
previamente resulta conveniente sea puesto a disposición
de las instituciones interesadas y público en general, con
el objeto de recibir sus aportes y/o comentarios;
Que, el numeral 3 del artículo 13º de la Ley Nº
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que
los proyectos de reglamento se publican en el portal
electrónico respectivo y por no menos de cinco (5) días
calendario, para recibir aportes de la ciudadanía;
De conformidad con la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio, aprobada por Decreto Legislativo Nº 997;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Disponer la prepublicación del
proyecto de Reglamento de Infracción y Sanciones del
Sector Agrario, en el portal del Ministerio de Agricultura
(www.minag.gob.pe), por el plazo de cinco (05) días
calendario, para que las instituciones interesadas y
público en general presenten sus aportes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE VILLASANTE A.
Ministro de Agricultura
663505-3
ENERGIA Y MINAS
Reconocen servidumbres de obras
hidroeléctricas a favor de concesiones
definitivas de generación de las que
es titular Empresa de Generación
Eléctrica Cheves Cheves S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 286-2011-MEM/DM
Lima, 28 de junio de 2011
VISTO: El Expediente Nº 11214811, organizado por
Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A. (Cheves
S.A.), persona jurídica inscrita en a Partida Nº 00179957 del
Registro de Personas Jurídicas de la Of‌i cina Registral de
Lima, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre
convencional de obras hidroeléctricas para el Reservorio
Picunche de la Central Hidroeléctrica Cheves;
CONSIDERANDO:
Que, Empresa de Generación Eléctrica Cheves S.A.,
titular de la concesión def‌i nitiva para desarrollar la actividad
de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica
Cheves, en mérito de la Resolución Suprema Nº 027-2003-
EM, publicada el 07 de agosto de 2003, mediante la cual
adquirió los derechos y obligaciones de la concesión otorgada
originalmente a favor de PERÚ HYDRO S.A., mediante la
Resolución Suprema Nº 124-2001-EM, publicada el 16 de
julio de 2001, solicitó el reconocimiento de la servidumbre
convencional de obras hidroeléctricas para el Reservorio
Picunche de la Central Hidroeléctrica Cheves, ubicado en
los distritos de Paccho y Naván, provincias de Huaura y
Oyón, respectivamente, departamento de Lima, según las
coordenadas UTM (PSAD 56) que f‌i guran en el Expediente;
Que, la concesionaria ha acreditado que en el
predio señalado en el considerando que antecede, se
ha constituido la servidumbre convencional de obras
hidroeléctricas para el Reservorio Picunche de la Central
Hidroeléctrica Cheves, conforme consta en el Testimonio
de Escritura Pública de fecha 20 de enero de 2011, cuya
copia obra en el Expediente;
Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley
de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios
que acrediten la existencia de servidumbre convencional
para el desarrollo de las actividades eléctricas, pueden
solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento
de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre
convencional las normas de seguridad establecidas en la
Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las
normas técnicas pertinentes;
Que, la petición se encuentra amparada en lo
dispuesto por el artículo 217º del Reglamento de la Ley
de Concesiones Eléctricas;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado que la concesionaria ha cumplido con los
requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha
emitido el Informe Nº 162-2011-DGE-DCE;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión
def‌i nitiva de generación de la que es titular Empresa
de Generación Eléctrica Cheves S.A., la servidumbre
convencional de obras hidroeléctricas para el Reservorio
Picunche de la Central Hidroeléctrica Cheves, ubicado en los
distritos de Paccho y Naván, provincias de Huaura y Oyón,
respectivamente, departamento de Lima, constituida mediante
Contrato de Servidumbre, conforme consta en Testimonio
de Escritura Pública de fecha 20 de enero de 2011, en los
términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a
la documentación técnica y los planos proporcionados por la
empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cód. Exp. Descripción de la
Servidumbre
Área de Servidumbre Propietario
11214811 CH Cheves: Reservorio
Picunche
Servidumbre de obras
hidroeléctricas:
Área en C.C. Lacsanga
Area: 106 300,00 m2
Area: 56 000,00 m2
Coordenadas UTM (PSAD 56):
Punto Este Norte
P1 276429.74 8786867.59
P2 276398.53 8786868.56
P3 276359.15 8786876.97
P4 276342.92 8786889.51
P5 276330.47 8786900.64
P6 276305.02 8786915.45
P7 276287.98 8786920.18
P8 276276.01 8786918.16
P9 276261.51 8786905.58
P10 276235.07 8786904.05
P11 276190.71 8786910.26
P12 276184.49 8786901.91
P13 276161.77 8786850.62
P14 276140.48 8786806.82
P15 276160.95 8786784.34
P16 276189.50 8786761.37
P17 276190.44 8786737.94
P18 276189.62 8786729.91
P19 276185.48 8786711.72
P20 276180.30 8786698.14
P21 276174.33 8786649.29
P22 276169.27 8786628.97
Privado

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