Diez años de Alianzas Público-Privadas (APP) en Brasil

AutorFloriano De Azevedo Marques Neto - Caio De Souza Loureiro
CargoDoctor y Docente libre en Derecho Público por la Universidad de São Paulo - Máster en Derecho del Estado por la Pontificia Universidad Católica de São Paulo. Abogado
Páginas275-295
275
Círculo de Derecho Administrativo
Floriano de Azevedo Marques Neto / Caio de Souza Loureiro
Diez años de las Alianzas Público-Privadas en Brasil
Diez años de Alianzas Público-Privadas
(APP) en Brasil
Floriano de Azevedo Marques Neto1
Caio de Souza Loureiro2
SUMARIO:
I. Introducción II. Apañado de reglamentos de APP. III. Temas relevantes de la
experiencia brasileña en APP. IV. Los cambios de la Ley Federal Nº 12.766/2012. V.
Perspectivas
PALABRAS CLAVE:
Administración Pública - Servicios Públicos - Estructuración y gestión de los contratos de
APP
KEY WORDS:
Public Administration - Public services - Structuring and management of PPP contracts
RESUMEN:
El artículo aborda la experiencia brasileña en Asociaciones Público-Privadas (APP),
transcurrido casi una década de la incorporación de este tipo de administración de
contratos. Después de un comienzo tímido, las APP se están adoptando con más
contundencia, especialmente para los estados y municipios brasileños, que ya han
logrado algunos resultados importantes como una nueva forma para permitir el
despliegue de la infraestructura y los servicios públicos. La experiencia demuestra,
sin embargo, que hay algunos puntos que necesitan una mejor regulación, aún hay
otros que advierten de la precaución que deben observarse en la estructuración y
gestión de los contratos de APP. Las prácticas beneficiosas para el contrato de APP, así
como los puntos de atención constituyen el objeto de este artículo, que, en resumen,
expone lo que se discute con mayor tenacidad en el estudio y aplicación de las APP
en Brasil.
ABSTRACT:
The paper discusses the Brazilian experience in Public Private Partnerships (PPP), after
nearly a decade of incorporating this type of contract administration. After a timid start,
PPPs are being taken more forcefully, especially for Brazilian states and municipalities that
1 Doctor y Docente libre en Derecho Público por la Universidad de São Paulo. Profesor Asociado de la
Facultad de Derecho de la Universidad de São Paulo. Abogado.
2 Máster en Derecho del Estado por la Pontificia Universidad Católica de São Paulo. Abogado.
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RDA 13 - Asociaciones Público-Privadas
Diez años de las Alianzas Público-Privadas en Brasil
have already achieved some important results as a new way to allow the deployment of
infrastructure and public services. Experience shows, however, that there are some points
that need better regulation, still others warn of caution to be observed in the structuring
and management of PPP contracts. The beneficial practices to the PPP contract and service
points are the subject of this paper, which, in short, exposes what is discussed with a lot of
tenacity in the analysis and implementation of PPPs in Brazil.
I. Introducción
Con una década de vigencia en Brasil, las alianzas público-privadas – APP – todavía
enfrentan las dificultades naturales de cualquier nuevo instituto relacionado con la
Administración Pública. Surgidas con el objetivo de permitir que se deleguen una serie
de servicios cuya concesión no se permite solo con ingresos arancelarios, las APPs
se presentaban como una herramienta de mejora del desempeño estatal, sirviendo
especialmente para la realización de grandes inversiones y para la prestación de
servicios administrativos, sin el cobro de tarifa. Con el conocido déficit de infraestructura
y de prestación de servicios esenciales (salud, educación, actividad administrativa), la
introducción de un mecanismo de colaboración, que permitía el aprovechamiento de la
expertise y de los recursos del particular era reclamada durante mucho tiempo, y las APP
acabaron siendo el instrumento elegido para este papel.
La APP tuvo su inicio en el país, en 2003, en el ámbito de la legislación del Estado de
Minas Gerais, también se ha incorporado por el Estado de São Paulo; finalmente, a
finales de 2004, se expidió una ley general en ámbito federal. Poco después, varios
Estados y Municipios han desarrollado propias leyes para regular el instituto. De hecho,
es curioso que esta primacía de otras entidades federales dure hasta hoy, dada la timidez
con que la Unión Federal adoptó el instituto, siendo mucho más común en el ámbito de
los Estados y Municipios.
En estos diez años de vigencia, mucho ha cambiado en la regulación de las APP y
la maduración del instituto sigue poniendo de relieve la necesidad de ajustes en los
supuestos que la rigen. Por otro lado, incluso con la existencia de ejemplos de éxito en
contratos de APP, todavía cuelga mucha desconfianza y malos entendidos acerca de este
nuevo régimen contractual administrativo, ya sea para negar la especialidad, queriendo
regularlo con lentes de régimen tradicional administrativo, o incluso considerarlo como
algo menos complejo de lo que realmente es. Ejemplo elocuente de esta situación fue
la reciente aprobación de la Ley Federal Nº 12.766/2012, que corrigió algunas de las
distorsiones más sensibles de la regulación de las APP, sin embargo, no avanzó cuanto
se esperaba.
El momento, por lo tanto, parece ser ideal para analizar el panorama actual de las APP
en Brasil, tomando los ejemplos – para bien y para mal – de contratos ya en operación y
de tantos proyectos estructurados, comprendiendo aciertos y errores para, así, identificar
los principales avances y retrocesos de la aplicación del instituto. En esa sintonía,
iniciaremos la presentación con un apañado general de la regulación de la APP en el
país. Poco después, a partir de la experiencia adquirida hasta aquí con la estructuración
y contratación de APP, trataremos más rápidamente con las mejores prácticas y puntos
todavía sujetos a ajustes.

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