RESOLUCION Nº 324-2011-CG - Establecen monto de dietas que percibirán vocales del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas

Fecha de publicación12 Noviembre 2011
Fecha de disposición12 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 12 de noviembre de 2011 453287
ciudad de Madrid, España, del 14 al 18 de noviembre y al
pago de los gastos que no sean cubiertos por la entidad
organizadora, a f‌i n de que intervenga en el certamen indicado
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El gasto aproximado que irrogue dicho
viaje será como sigue:
Pasaje y T.U.U.A. US$ 700,65
Viáticos US$ 260,00
----------
TOTAL US$ 960,65
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a
exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros,
cualquiera fuere su clase o denominación.
JULIO VELARDE
Presidente
714467-1
Autorizan viaje de funcionarios a
Colombia para participar en evento del
CEMLA
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO
N° 066-2011-BCRP
Lima, 11 de noviembre de 2011
CONSIDERANDO QUE:
Se ha recibido invitación para que funcionarios del Banco
participen en la XVI Reunión Anual de la Red de Investigadores
de Bancos Centrales del CEMLA que se llevará a cabo en
Bogotá, Colombia del 16 al 18 de noviembre de 2011;
El Comité Directivo de la Red, formado por los Jefes de
Estudios Económicos de los bancos centrales de Argentina,
Brasil, Colombia, España, Guatemala, México, Perú, Uruguay
y Venezuela, junto con el CEMLA, seleccionó un conjunto de
trabajos que serán presentados en el citado evento;
Han sido seleccionados los siguientes trabajos: Medidas
de Inf‌l ación Subyacente usando Wavelets: Evidencia para
el Perú (Erick Lahura y Marco Vega); El Canal del Crédito
Bancario en el Perú: Evidencia y Mecanismo de Transmisión
(Cesar Carrera) y Los Efectos de la Política Monetaria en
el Perú: Identif‌i cación semi-estructural usando un modelo
FAVAR (Erick Lahura);
Es política del Banco Central de Reserva del Perú
mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos
fundamentales relacionados con la f‌i nalidad y funciones del
Banco Central;
Para el cumplimiento del anterior considerando, la
Gerencia Central de Estudios Económicos tiene entre sus
objetivos proveer al Directorio, al Presidente y al Gerente
General, los estudios e informaciones necesarias para
que las políticas del Banco y su entorno macroeconómico
permitan la consecución de la estabilidad monetaria;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27619 y
el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y estando a lo
acordado en el Directorio en su sesión de fecha 10 de
noviembre de 2011;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de los
señores Marco Vega De La Cruz, Subgerente de Investigación
Económica y Erick Lahura Serrano, especialista en Investigación
Económica de la Subgerencia de Investigación Económica,
ambos de la Gerencia Central de Estudios Económicos a la
ciudad de Bogotá, Colombia del 16 al 18 de noviembre, a f‌i n de
intervenir en el certamen indicado en la parte considerativa de
la presente Resolución.
Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como
sigue:
Pasajes y T.U.U.A US$ 2 723,86
Viáticos US$ 1 600,00
TOTAL US$ 4 323,86
Artículo 3°.- La presente Resolución no dará derecho a
exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros,
cualquiera fuere su clase o denominación.
JULIO VELARDE
Presidente
715750-1
CONTRALORIA GENERAL
Establecen monto de dietas que
percibirán vocales del Tribunal Superior
de Responsabilidades Administrativas
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 324-2011-CG
Lima, 10 de noviembre de 2011
VISTOS: La Hoja Informativa N° 00269-2011-CG/DH
del Departamento de Gestión y Desarrollo Humano y el
Memorando N° 00399-2011-CG/SGE de la patrocinadora del
proyecto “Implementación del procedimiento administrativo
sancionador – PAS”; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 29622, que modif‌i ca la Ley N° 27785,
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República y amplía las facultades
en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad
administrativa funcional, establece que el Tribunal Superior
de Responsabilidades Administrativas es un órgano
colegiado adscrito a la Contraloría General de la República,
con independencia técnica y funcional en las materias de
su competencia y autonomía en sus decisiones;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del
Reglamento de la Ley N° 29622, denominado “Reglamento
de infracciones y sanciones para la responsabilidad
administrativa funcional derivada de los informes emitidos
por los órganos del Sistema Nacional de Control”, aprobado
a través de Resolución de Contraloría, se establecerá el
régimen de ingresos de los vocales del Tribunal Superior de
Responsabilidades Administrativas;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2011, establece que la Contraloría
General de la República, para efectos de implementar
el proceso de modernización institucional, se encuentra
exceptuada, entre otros, de las restricciones establecidas
en el numeral 6.1 del artículo 6° y numeral 9.1 del artículo
9°, referidas, entre otros, a la prohibición de aprobación de
nuevas dietas e ingreso de personal;
Que, el artículo 37° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la
República, establece que, conforme a la autonomía económica
que le ha sido reconocida, este Organismo Superior de Control
se encuentra exonerado de la aplicación de las normas que
establecen restricciones y/o prohibiciones a la ejecución
presupuestaria, estando facultado el Contralor General de la
República para aprobar la política remunerativa y benef‌i cios de
toda índole en la entidad, lo que, para el caso de los vocales
del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas,
ha sido ratif‌i cado en la antes referida Tercera Disposición
Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29622;
Que, el establecimiento del régimen de ingresos de
los vocales del Tribunal Superior de Responsabilidades
Administrativas, se inserta en el proceso de modernización
institucional de la Contraloría General de la República,
alineado a los objetivos estratégicos de: Lograr un alto nivel
de conf‌i anza en la ciudadanía, Reorganizar e integrar el
Sistema Nacional de Control y la normativa que lo soporta,
e, Implantar el nuevo enfoque de control con una def‌i nición
clara de los productos y servicios brindados;
Que, tomando en cuenta criterios de demanda esperada
y funciones a desempeñar para el inicio de actividades del
Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas,
corresponde establecer que los vocales del Tribunal
Superior de Responsabilidades Administrativas, percibirán
únicamente dietas por su desempeño funcional;
Que, la Contraloría General de la República cuenta en
su presupuesto institucional con los recursos suf‌i cientes
para f‌i nanciar el otorgamiento de las dietas a los vocales del
Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas,
por lo que corresponde establecer los montos y periodos
para su percepción;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5° de la Ley N°
28212, modif‌i cado por Decreto de Urgencia N° 038-2006,
establece que las personas al servicio del Estado y que en
representación del Estado formen parte de Directorios, no
percibirán dietas en más de una (1) entidad;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32°
de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de

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