77 185-2001-P-CSJLI/PJ - Dictan disposiciones para la tramitación en salas y juzgados penales de Lima de procesos a que se refiere el Art. 2 de la Ley N°27472

Fecha de publicación13 Junio 2001
Fecha de disposición13 Junio 2001
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de junio de 2001 AÑO XIX - Nº 7660 Pág. 204343
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
LEY Nº 27480
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL INCISO 2) DEL
Artículo 1º.- Objeto de la ley
Modifícase el inciso 2) del Artículo 135º del Código
Penal, en los siguientes términos:
"Artículo 135º.- Inadmisibilidad de la excep-
ción de verdad
No se admite en ningún caso la prueba:
2) Sobre cualquier imputación que se refiera a la
intimidad personal y familiar, o a un delito de violación
de la libertad sexual o proxenetismo comprendido en los
Capítulos IX y X, del Título IV, Libro Segundo."
Artículo 2º.- Aplicación de la ley
La modificación prevista en el Artículo 1º será aplica-
ble a los procesos penales por delito de injuria, calum-
nia o difamación, que se encuentren en trámite.
Comuníquese al señor Presidente de la República
para su promulgación.
En Lima, a los veinticuatro días del mes de mayo de
dos mil uno.
CARLOS FERRERO
Presidente a.i. del Congreso de la República
HENRY PEASE GARCÍA
Segundo Vicepresidente del Congreso
de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce
días del mes de junio del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
DIEGO GARCIA SAYAN LARRABURE
Ministro de Justicia
25215
ECONOMÍA Y
FINANZAS
Aceptan donación efectuada por
institución japonesa a favor del Go-
bierno del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 285-2001-EF
Lima, 12 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, "Kobe - Peru Association" de Japón ha efectua-
do una donación a favor del Gobierno del Perú - Despa-
cho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego
Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en
casas prefabricadas usadas;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico
Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas
e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta-
rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la
importación o transferencia de bienes que se efectúe a
título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del
Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo Nº 804, el inciso k) del Artículo 2º del Texto
Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las
Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto
Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y aprobar, en vía de
regularización, la donación efectuada por "Kobe -
Peru Association" de Japón, a favor del Gobierno del
Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001
del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, con-
sistente en 16 casas prefabricadas usadas con un
valor aproximado de ¥ 1 600 000,00 (Un Millón Seis-
cientos Mil y 00/100 Yenes), según Carta de Donación
de fecha 24 de febrero de 2000.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada
en el artículo anterior dentro de los alcances del
inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de
la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto
Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 055-99-EF.
Artículo 3º.- Transferir, en vía de regularización,
los bienes materia de la presente Resolución Suprema
a las instituciones detalladas en el Anexo que forma
parte de la presente Resolución Suprema.
Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución
Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y
a la Contraloría General de la República, dentro de los
plazos establecidos.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,
el Ministro de la Presidencia y el Ministro de Economía
y Finanzas.
Pág. 204344
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de junio de 2001
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA
Ministro de la Presidencia
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
25221
Aceptan donaciones efectuadas a fa-
vor del Instituto de Investigación Nu-
tricional y del INPPARES
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 286-2001-EF
Lima, 12 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, la Universidad Johns Hopkins de Baltimore,
Maryland, Estados Unidos de América, ha efectuado
una donación a favor del Instituto de Investigación
Nutricional consistente en diversos bienes utilizados
para implementar el centro de cómputo y laboratorio
que prestan apoyo a diversos proyectos que ejecutan en
beneficio de la población materna e infantil en zonas
priorizadas;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico
Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas
e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta-
rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la
importación o transferencia de bienes que se efectúe a
título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del
Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas
modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y Aprobar, en vía de regula-
rización, en nombre del Gobierno Peruano, la donación
efectuada por la Universidad Johns Hopkins de Baltimo-
re, Maryland, Estados Unidos de América, a favor del
Instituto de Investigación Nutricional consistente en
materiales de laboratorio y cómputo y otros bienes con
un valor aproximado de US$ 4 003,00 (Cuatro Mil Tres
y 00/100 Dólares de Estados Unidos de América), según
la Resolución Directoral Nº 179-2000-SA/OFICE de
fecha 6 de setiembre del año 2000 del Ministerio de
Salud, el Certificado de Donación de fecha 10 de agosto
del año 2000 y la Carta Aclaratoria de fecha 29 de agosto
del año 2000 y un peso aproximado de 218 kgs., según
Guía Aérea Nº 045-7234 2034 de Lan Chile. Donación
utilizada para implementar el centro de cómputo y
laboratorio del Instituto de Investigación Nutricional,
que prestan apoyo a diversos proyectos que ejecutan en
beneficio de la población materna e infantil en zonas
priorizadas.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en
el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k)
del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-
EF.Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución
Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y
a la Contraloría General de la República, dentro de los
plazos establecidos.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,
el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de
Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
EDUARDO PRETELL ZÁRATE
Ministro de Salud
25222
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 287-2001-EF
Lima, 12 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, Family Planning International Assistance, The
International Division of Planned Parenthood Federa-
tion of America, Inc. de New York, Estados Unidos de
América ha efectuado una donación a favor del Institu-
to Peruano de Paternidad Responsable -INPPARES-
consistente en diversos bienes destinados a su Direc-
ción Médica;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico
Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas
e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no esta-
rán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la
importación o transferencia de bienes que se efectúe a
título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del
Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del
Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas
modificatorias; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar y Aprobar, en vía de regula-
rización, en nombre del Gobierno Peruano, la donación
efectuada por Family Planning International Assistan-
ce, The International Division of Planned Parenthood
Federation of America, Inc. de New York, Estados
Unidos de América, a favor del Instituto Peruano de
Paternidad Responsable -INPPARES- consistente en
equipos médicos, guantes y otros bienes con un valor
aproximado de US$ 3 452,00 (Tres Mil Cuatrocientos
Cincuenta y Dos y 00/100 Dólares de Estados Unidos de
América), según Certificado de Donación de fecha 11 de
setiembre de 1998 y un peso aproximado de 753 kgs.,
según Guía Aérea Nº 307-53862163 de Challenge Air
Cargo. Donación destinada a la Dirección Médica del
Instituto Peruano de Paternidad Responsable -INPPA-
RES-.
Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en
el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k)
del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del
Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al
Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-
EF.Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución
Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y
a la Contraloría General de la República, dentro de los
plazos establecidos.
Pág. 204345
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de junio de 2001
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,
el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de
Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
EDUARDO PRETELL ZÁRATE
Ministro de Salud
25223
Aceptan donación que será destinada
al equipamiento del Hospital San Pe-
dro de Mala
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 288-2001-EF
Lima, 12 de junio de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el Rotary Club de Greenwich de Estados Uni-
dos de América ha efectuado una donación a favor del
Rotary Club La Molina Vieja, consistente en diversos
bienes destinados al equipamiento del Hospital San
Pedro de Mala;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico
Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas

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