DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de los Proyectos de Ley Núms. 844/2016-MP, 967 y 1276/2016-CR y 2062/2017-CR, que promueve la aplicación del principio de igualdad entre jueces y fiscales, respecto a la remuneración y condiciones de trabajo.. . .

Fecha15 Noviembre 2017
Tipo de procesoMayoría
EmisorJusticia y Derechos Humanos
Q4j
7()
NG. R1 "()
CONGRESO DE LA REPUBLICA
ÁREA DE TRAMITE DOCUMENTARIO
15 NOV
2017
REC1fDQ
Firma
. .......................
Hora:...
.........
Ano del Buen Servicio al Ciudadano
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS de los Proyectos de Ley
N° 844/2016-MP. 967/201 6-CR, 1276/201 6-CR, y
2062-2017-CR, que promueve la aplicación del
principio de igualdad entre jueces y fiscales,
respecto a la remuneración y condiciones de
trabajo
COMISIONI DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
PERIODO ANUAL DE SESIONES 2017-2018
Señor Presidente:
Ha sido remitido para dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el
Proyecto de
Ley
844/2016-MP
presentado por el
Ministerio Público,
el
Proyecto de Ley
96712016-CR
presentado por el
Grupo Parlamentario Alianza Para el Progreso,
a iniciativa de la congresista
Marisol Espinoza Cruz; el
Proyecto de Ley
1276/2016-CR
presentado por la
Célula
Parlamentaria Aprista,
a iniciativa del congresista Javier Velásquez Quesquén y que cuenta con la
adhesión del congresista Edwin Donayre Gotzch; y, el
Proyecto de Ley
206212017-CR
presentado por el
Grupo Parlamentario Fuerza Popular,
a iniciativa del congresista Carlos Alberto
Domínguez Herrera, por los cuales se propone la aplicación del principio de igualdad entre jueces y
fiscales, respecto a la remuneración y condiciones de trabajo.
El presente dictamen fue
APROBADO POR MAYORÍA,
en la Octava Sesión Ordinaria de la
Comisión, de fecha 7 de noviembre de 2017.
SINTESIS DEL CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS LEGISLATIVAS
1.1.
El
Proyecto de Ley 844/2016-111IP,
propone lo siguiente:
Artículo 1°.- Objeto
La presente ley tiene por objeto disponer la asignación de gastos operativos para los
fiscales designados por el Ministerio Público, con la finalidad de equiparar el
desempeño de la labor de fiscal sin distinción.
Artículo 2°.- Finalidad
Ase gurar la asignación de gastos operativos para los fiscales provisionales
designados por el Ministerio Público.
Artículo 3°.- Ámbito
de
aplicación
La
presente asigr ación solo solventará los gastos operativos a los fiscales
provisionales de todas las instancias que no perciban dicho concepto por ningún
modo. La misma que equivaldrá al 60% de la que perciben los fiscales titulares.
Dicho gasto operativo no tiene naturaleza remunerativa ni pensionable y se encuentra
circunscrito en condiciones de trabajo, estando sujeto a rendición de cuentas.
Artículo 4°.
-
Del financiamiento
Autorizase al Minist9rlo de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de
Presupuesto Público, para realizar los aportes que se requieran para la
implementación de la presente ley.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR