1074 252-2006-INEI - Amplían plazo para la devolución de formularios diligenciados correspondientes al "Registro Nacional de Municipalidades 2006"

Fecha de disposición03 Septiembre 2006
Fecha de publicación03 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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327300 El Peruano
domingo 3 de setiembre de 2006
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INADE
Aceptan donación efectuada en favor
del Proyecto Especial Binacional
Desarrollo Integral de la Cuenca del
Río Putumayo - PEDICP
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 135-2006-INADE-1100
Lima, 31 de agosto del 2006
Vista la Carta Nº 1822-2006-FIP, del Experto Peruano
del Fondo Italo Peruano, de fecha 28 de agosto del 2006
y el Oficio Nº 360-2006-INADE-6501-OPP, del Director
Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Desarrollo
Integral de la Cuenca del Río Putumayo, sobre
aprobación de donación; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 198-2001-EF,
con fecha 10 de octubre del 2001, el Gobierno de la
República del Perú suscribió con el Gobierno de la
República de Italia, el Convenio para Canje de Deuda
por Desarrollo, mediante el cual se estableció un Fondo
Contravalor en moneda local destinado a financiar
proyectos nacionales para la ayuda y el alivio de la
pobreza, así como, un Comité Administrador que será
asistido por un Comité Técnico;
Que, con fecha 24 de febrero del 2006, el Proyecto
“Generación de Energía No Convencional Solar en la
Cuenca del Río Putumayo - II Etapa”, fue seleccionado
para su financiamiento por parte del Comité de
Administración del Fondo Italo Peruano - FIP;
Que, con fecha 3 de agosto del 2006, el Fondo Italo
Peruano y el Proyecto Especial Binacional Desarrollo
Integral de la Cuenca del Río Putumayo, firmaron el
Convenio de Financiamiento No Reembolsable para la
Ejecución del Proyecto “Generación de Energía No
Convencional Solar en la Cuenca del Río Putumayo - II
Etapa”, previéndose en el mismo, la descripción, ámbito
de influencia, objetivos, metas, presupuesto, plazos de
ejecución, cronograma de avance físico y financiero de
las actividades que se consignan;
Que, mediante Carta de visto, el Fondo Italo Peruano,
expresa su voluntad de efectuar la donación de
S/. 966,452.00 (Novecientos Sesenta y Seis Mil
Cuatrocientos Cincuenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles),
estando sujeto el mismo al cumplimiento de las obligaciones
y procedimientos expresamente señalado en el Convenio
a que se refiere en el considerando precedente;
Que, a través del Oficio Nº 360-2006-INADE-6501-
OPP, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial
Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Rió
Putumayo, solicita el trámite correspondiente para la
aceptación de la referida donación; contando para el
efecto, con la opinión favorable de la Gerencia de
Proyectos en Sierra y Selva, mediante Memorando
Nº 332-2006-INADE-5201-GPSS;
Estando a lo informado por la Oficina General de
Asesoría Jurídica y la Oficina de Cooperación Técnica y
Financiera Internacional, mediante los Informes Números
066-2006-INADE-3201-OGAJ y 005-2006-INADE-3141-
OCTFI, respectivamente; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 599 - Ley de Organización y Funciones
del INADE, su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 017-93-PRES, modificado por el Decreto
Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA, Resolución Suprema
Nº 008-2006-VIVIENDA y Resolución Jefatural Nº 008-
99-INADE-1100, que aprueba el Reglamento para la
Aceptación y Aprobación de Donaciones del INADE,
concordante con el Artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el Fondo
Italo Peruano - FIP, de un monto de S/. 966,452.00
(Novecientos Sesenta y Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta
y Dos y 00/100 Nuevos Soles), en favor del Proyecto
Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río
Putumayo - PEDICP, para la ejecución del Proyecto:
“Generación de Energía No Convencional Solar en la Cuenca
del Río Putumayo - II Etapa”, sujeto en cuanto a su uso, al
cumplimiento estricto de las obligaciones y procedimientos
expresamente señalados en el Convenio suscrito entre el
FIP y el PEDICP, con fecha 3 de agosto del 2006.
Artículo 2º.- Agradecer, al Fondo Italo Peruano, por
su valiosa donación.
Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución, al Fondo
Italo Peruano, la Contraloría General de la República,
Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República
del Congreso de la República, Dirección Nacional de
Presupuesto Público del MEF, Contaduría Pública de la
Nación, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
y, Gerencias y Oficinas Generales del INADE, que
correspondan, en el término no mayor de 5 (cinco) días,
posteriores a la emisión de la presente Resolución.
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo
indicado en el artículo precedente.
Regístrese y comuníquese.
VANESSA VEREAU LADD
Presidenta Ejecutiva
Instituto Nacional de Desarrollo
01679-1
I N E I
Amplían plazo para la devolución de
formularios diligenciados correspondientes
al "Registro Nacional de Municipalidades
2006"
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 252-2006-INEI
Lima, 29 de agosto del 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 174-2006-INEI,
de fecha 9 de junio del 2006, se autoriza la ejecución del
"Registro Nacional de Municipalidades 2006", a nivel nacional,
con información correspondiente al año 2005, dirigido a las
municipalidades provinciales, distritales y las municipalidades
de centros poblados identificados en el país;
Que, el Art. 5º de la precitada Resolución Jefatural
establece como plazo máximo a nivel nacional, para la
presentación de los formularios al INEI, debidamente
diligenciados, el 15 de agosto del 2006;
Que, el INEI ha culminado el envío de los formularios
del "Registro Nacional de Municipalidades 2006" a todas
las municipalidades del país, el 15 de agosto, por lo que es
necesario ampliar el plazo para la devolución de dichos
formularios, a fin de brindar facilidades a las municipalidades
respecto a la presentación de la información requerida;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º
del Decreto Legislativo Nº 604; Ley de Organización y
Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Ampliar el plazo a que se refiere el Art.
5º de la Resolución Jefatural Nº 174-2006-INEI, hasta el 22
de setiembre del 2006, a fin de que las municipalidades
provinciales, distritales y de centros poblados, devuelvan
los formularios debidamente diligenciados del "Registro
Nacional de Municipalidades 2006". En el departamento de
Lima al Instituto Nacional de Estadística e Informática y en
las municipalidades del interior del país a las Oficinas
Departamentales y Zonales de Estadística e Informática
del INEI de su respectiva jurisdicción.
Regístrese y comuníquese.
CHERLY ORE RAMÍREZ
Jefe
Instituto Nacional de Estadística e Informática
01675-1

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