RESOLUCION MINISTERIAL N° 0454-2012-AG - Designan Director General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio

Fecha de disposición02 Diciembre 2012
Fecha de publicación02 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 2 de diciembre de 2012
479852
Designan Director General de Asuntos
Ambientales Agrarios del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0454-2012-AG
Lima, 30 de noviembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0050-2012-
AG de fecha 21 de febrero de 2012, se encargó al señor
Ricardo Gutiérrez Quiroz, Director (e) de la Dirección
de Gestión Ambiental Agraria, las funciones de Director
General de la Dirección General de Asuntos Ambientales
del Ministerio de Agricultura;
Que, es necesario dar por concluida la encargatura
de la citada Dirección General, así como designar al
funcionario que desempeñe dicho cargo;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo la Ley Nº 27594, Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de Funcionarios Públicos, el Decreto
Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organización
y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-
AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura
realizada con Resolución Ministerial Nº 0050-2012-AG de
fecha 21 de febrero de 2012, al señor Ricardo Gutiérrez
Quiroz, Director (e) de la Dirección de Gestión Ambiental
Agraria, de las funciones de Director General de la
Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio
de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios
prestados.
Artículo 2.- Designar a partir de la fecha al señor
Ricardo Gutiérrez Quiroz, en el cargo de Director General
de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios
del Ministerio de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura
873540-3
Otorgan Condecoración “Medalla
Ministerio de Agricultura” a la Revista
Agraria del Centro Peruano de Estudios
Sociales - CEPES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0456-2012-AG
Lima, 30 de noviembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 997, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura,
se determinan las funciones rectoras del Ministerio de
Agricultura, entre otras, formular, planear, dirigir, coordinar,
ejecutar, supervisar y evaluar la Política Nacional Agraria,
aplicable a todos los niveles de gobierno;
Que, con Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG, de
fecha 06 de octubre de 2009, se crea la Condecoración
“Medalla Ministerio de Agricultura”, la misma que será
conferida por el Ministro de Agricultura a las personas
naturales y organizaciones que destaquen por su obra o
contribución en la actividad agraria, o por su desempeño
en la gestión pública sectorial;
Que, mediante Of‌i cio N° 2773-2012-AG-DGCA/DG,
de fecha 05 de noviembre de 2012, el Director General de
la Dirección General de Competitividad Agraria, propone
otorgar un reconocimiento a la Revista Agraria del Centro
Peruano de Estudios Sociales - CEPES, al cumplir 25
años de “impecable labor de difusión especializada
contribuyendo al desarrollo del agro nacional”, por cuanto
es una revista de análisis, que fomenta el desarrollo rural
integral, siendo medio de expresión de los pequeños
agricultores y productores del campo, ofreciendo además
información oportuna y veraz sobre el quehacer agrario;
Que, en consecuencia, corresponde otorgar la
Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” a la
referida Revista Agraria del Centro Peruano de Estudios
Sociales - CEPES, por cuanto, fomenta el desarrollo
rural integral, contribuyendo a impulsar la producción
alimentaria y en consecuencia, a mejorar el nivel de vida
de los productores, garantizando la seguridad alimentaria,
así como la protección y el desarrollo de los recursos
naturales del país;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organización
y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-
AG;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Otorgar la Condecoración “Medalla
Ministerio de Agricultura”, a la Revista Agraria del Centro
Peruano de Estudios Sociales - CEPES, por las razones
expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Agricultura
873540-4
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Declaran al Caballo Peruano de Paso
como Producto Bandera
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 381-2012-MINCETUR/DM
Lima, 30 de noviembre de 2012
Visto el Informe Nº 201-2012-MINCETUR-VMCE/
DNC de la Dirección Nacional de Desarrollo de Comercio
Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-
MINCETUR, se creó la Comisión Nacional de Productos
Bandera - COPROBA, encargada de elaborar una
Estrategia Nacional Integrada de Identif‌i cación, Promoción
y Protección de la identidad de los Productos Bandera,
tanto en el interior como en el exterior del país;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2005-
MINCETUR, se aprobó la Estrategia Nacional de
Identif‌i cación de los Productos Bandera elaborada por
la COPROBA, y se reconocieron de manera inicial,
siete productos bandera: Cerámica de Chulucanas,
Gastronomía Peruana, Pisco, Maca, Algodón Peruano,
Lúcuma y Camélidos Peruanos;
Que asimismo, el artículo 2º del referido Decreto
Supremo Nº 025-2005-MINCETUR, establece que la
COPROBA podrá solicitar la declaración de nuevos
productos bandera, la cual se realizará mediante
Resolución del Ministro de Comercio Exterior y Turismo;
Que, posteriormente mediante Resoluciones
Ministeriales Nos. 105-2008 MINCETUR/DM y 194-2011-
MINCETUR/DM, se reconocieron al café, al espárrago y a
la platería peruana como productos bandera;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 017-2010-
MINCETUR, se aprobó la Estrategia Nacional de
Promoción y Protección de los Productos Bandera;
Que, la COPROBA en Sesiones Ordinarias de fechas
13 de abril y 01 de junio de 2012, aprobó y ratif‌i
respectivamente, la denominación de producto bandera
para el Caballo Peruano de Paso, por tratarse de un

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