DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL RESOLUCION MINISTERIAL Nº 125-2012-MIDIS - Aprueban Directiva

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición20 de Julio de 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 20 de julio de 2012
470894
de los bienes que adquieran los núcleos ejecutores de
compra, se formarán núcleos ejecutores de distribución
descentralizados, los cuales estarán conformados, según
la zona geográca donde se realizará dicha distribución,
entre otros, por un representante del Ministerio de la
Mujer y Desarrollo Social, cuya acreditación se realizará
mediante resolución;
Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito,
competencias, funciones y estructura básica;
Que, de acuerdo con la Cuarta Disposición
Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 001-2012,
toda referencia al Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social, realizada en el Capítulo I y las Disposiciones
Complementarias Finales del Decreto de Urgencia
Nº 058-2011, debe entenderse realizada al Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social;
Que, por su parte, según el numeral 10.1 del artículo
10 del Decreto de Urgencia Nº 016-2012, se amplió la
vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia Nº 058-
2011, hasta el 31 de diciembre de 2012, a efectos de
culminar con la contratación y distribución de bienes a
través de la modalidad de núcleos ejecutores;
Que, en consecuencia, resulta necesario acreditar a
los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social ante los núcleos ejecutores de distribución
descentralizados que se conformen para la distribución de
los bienes adquiridos en el marco del Decreto de Urgencia
Nº 058-2011, según lo dispuesto por el artículo 9 de dicha
norma legal;
Con la visación del Despacho Viceministerial de
Prestaciones Sociales y de la Ocina General de Asesoría
Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de
Urgencia Nº 058-2011; el Decreto de Urgencia N º 001-
2012; el Decreto de Urgencia Nº 016-2012; la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley
de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo
Nº 001-2011-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Acreditar como representantes del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, ante los
núcleos ejecutores de distribución descentralizados que
se conformen para la distribución de los bienes adquiridos
en el marco del Decreto de Urgencia Nº 058-2011, a las
personas que a continuación se señala:
NUCLEO EJECUTOR REPRESENTANTE
DE DISTRIBUCION
1 Apurímac Juan Carlos Gavancho Oyola
2 Arequipa Miguel Rudy Jasahui Bocanegra
3 Ayacucho Vidal Chavez Nolasco
4 Cajamarca Rosa Hermelinda Ortiz Ortiz
5 Amazonas TeóloPlinioAlataSanMiguel
6 Lambayeque Margarita Gomez Peltroche
7 Cusco María Lourdes Velarde Olivera
8 Huancavelica Jorge Chávez Borda
9 Junín Manuel Ortiz Ramirez
10 Huánuco Zosimo Godoy Tucto
11 Ancash Zoila Zuñiga Huerta
12 Ica Juana Rosa Huaman García
13 Loreto Walter Hely Lazo Angulo
14 Lima Lucio Julio Delgado Agurto
15 Moquegua Pedro Vigo Pineda
16 Pasco Roberth Alfredo Machado Ortega
17 Piura AnibalHumbertoMontenegroSamane
18 Madre de Dios Elmer Uriol Vela
19 Ucayali Hugo Egas Ricalde
20 Puno Luis Alberto Palomino Guerra
21 Tacna Mercedes Terceros Terceros
22 SanMartín VíctorAlmirGamarraMartínez
23 La Libertad Luis Francisco Zuñiga Aguilar
Artículo 2.- El Fondo de Cooperación para el Desarrollo
Social – FONCODES será responsable de supervisar la
correcta ejecución de la distribución y entrega efectiva
de los bienes a los beneciarios, debiendo presentar
a su culminación, la información correspondiente, en
concordancia con lo dispuesto por el artículo 12 del
Decreto de Urgencia Nº 058-2011.
Artículo 3.- Disponer que copia de la presente
resolución se remita al Ministerio de la Producción, al
Ministerio de Educación y al Fondo de Cooperación
para el Desarrollo Social – FONCODES, para los nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAROLINA TRIVELLI AVILA
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
817002-1
Aprueban Directiva “Incentivos y
estímulos para el cumplimiento del
Código de Ética de la Función Pública en
el Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 125-2012-MIDIS
Lima, 18 de julio de 2012
VISTA:
La propuesta de Directiva “Incentivos y estímulos
para el cumplimiento del Código de Ética de la Función
Pública en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”,
presentada por la Secretaría General.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su
ámbito, competencias, funciones y estructura básica;
asimismo, se creó el sector Desarrollo e Inclusión Social,
que comprende a todas las entidades del Estado, de los
tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento
de las políticas nacionales en materia de promoción del
desarrollo social, la inclusión y la equidad;
Que, mediante Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética
de la Función Pública, modicada por Ley Nº 28496, se
establecen los principios, deberes y prohibiciones de
aplicación a los empleados públicos, considerando como
tales a todo funcionario o servidor de las entidades de
la administración pública en cualquiera de los niveles
jerárquicos, sean éstos nombrados, contratados,
designados, de conanza o electos que desempeñen
actividades o funciones en nombre del servicio del Estado,
no importando el régimen jurídico de la entidad en la que
se presta servicios ni el régimen laboral o de contratación
al que esté sujeto;
Que, el artículo 9 de la norma citada en el considerando
precedente dispone que el órgano de la Alta Dirección
de cada entidad pública ejecuta, en la institución de su
competencia, las medidas para promover la cultura de
la probidad, transparencia, justicia y servicio público
establecida en el Código de Ética de la Función Pública;
Que, de conformidad con los artículos 20 y 21 del
Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función
Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-
PCM, los mecanismos de estímulo e incentivo para la
aplicación del Código de Ética de la Función Pública, se
establecen de acuerdo a los criterios que establezca el
Titular de la Entidad, a propuesta de la Secretaría General,
debiendo ser aprobados por resolución ministerial;
Que, en tal sentido, resulta pertinente aprobar
las normas internas destinadas a implementar los
mecanismos de difusión, incentivos y estímulos para el
adecuado cumplimiento del Código de Ética de la Función
Pública en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
así como los mecanismos de protección a favor de los
empleados públicos que denuncien las infracciones a las
disposiciones del Código en mención;

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