ORDENANZA Nº 000030 - Aprueban desafectación de bien de dominio público a dominio privado de un área ocupada actualmente por SERPOST S.A.

Fecha de disposición02 Octubre 2008
Fecha de publicación02 Octubre 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 2 de octubre de 2008
380784
LOTE 16:
Zoni¿ cación: VT (Vivienda Taller).
LOTE 16: 211.896 M2
Por el frente Con la Calle Jorge Isaac (antes calle 1), con
7.20 ml.
Por la derecha Con el lote 15 , con 29.43 ml.
Por la izquierda Con los lotes 17,18 y 19, con 29.43 ml.
Por el fondo Con la Urb. Primavera de Monterrico, con
7.20 ml.
LOTE ACUMULADO (13,14,15 Y16):
Zoni¿ cación: VT. (Vivienda Taller).
AREA LOTE ACUMULADO: 847.584 m2
Por el frente Con la Calle Jorge Isaac (antes calle 1), con
28.80 ml.
Por la derecha Con el lote 12, con 29.43 ml.
Por la izquierda Con los lote 17, 18 y 19, con 29.43 ml.
Por el fondo Con la Urb. Primavera de Monterrico, con
28.80 ml.
Artículo Tercero.- Las características que resultan
del lote ACUMULADO de 847.58 m2, con la Zoni¿ cación
VT. (Vivienda Taller), ¿ guran en los Planos y Memoria
Descriptiva anexos, que debidamente visados forman
parte de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de esta
Resolución en el Diario O¿ cial El Peruano, que corre a
cargo del recurrente, que debe efectuarse dentro del plazo
máximo de 30 días, a partir de su pertinente noti¿ cación.
Artículo Quinto.- Transcríbase la presente Resolución
al Servicio de Parques de la Municipalidad Metropolitana
de Lima para la revisión de los aportes que correspondan,
asimismo, a la O¿ cina Registral de Lima y Callao,
para la Inscripción Inmobiliaria según ley; derivándose
los actuados a la Subgerencia de Administración
Documentaria y Archivo, para los actos complementarios
y archivamiento.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MANUEL GAILLOUR RONCAGLIOLO
Gerente
Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano
258701-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban desafectación de bien de
dominio público a dominio privado
de un área ocupada actualmente por
SERPOST S.A.
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 000030
Callao, 30 de junio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO:
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Provincial del Callao, en
sesión de fecha 30 de junio de 2008, aprobó la siguiente
Ordenanza Municipal:
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en el artículo
194 concordante con el artículo II del Título Preliminar
establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en
el artículo 9 el inciso 8 señala que corresponde al Concejo
Municipal aprobar, modi¿ car o derogar las ordenanzas y
dejar sin efecto los acuerdos;
Que, el Reglamento de la Ley General del Sistema
Nacional de Bienes Estatales N° 29151, aprobado por
de 2008, en el artículo 43 establece que la desafectación
de un bien de dominio público, al dominio privado del
Estado procederá cuando haya perdido la naturaleza o
condición apropiada para su uso público o para prestar un
servicio público; en caso de los bienes administrados por
los gobiernos locales, la desafectación será efectuada por
éstos conforme a la normatividad vigente;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000015
del 15 de septiembre del 2003, se regula el régimen de
constitución, clasi¿ cación, atributos y administración de
los bienes de uso público en la Provincia Constitucional del
Callao, señalando que mediante la desafectación cesa el
uso público de un bien, sin que ello implique el cambio de
titularidad de la propiedad del mismo, las desafectaciones
podrán ser totales o parciales y podrán disponerse
indistintamente sobre el suelo, subsuelo o sobresuelo,
en todos los casos corresponde al Concejo Municipal
Provincial, aprobar las desafectaciones de los bienes de
uso público ubicados en la Provincia Constitucional del
Callao, salvo los casos previstos por ley;
Que, en la sesión de Concejo de la fecha el Concejo
Provincial del Callao aprobó el Acuerdo de Concejo N° 000140
el mismo que cuenta con los Informes Nº 021-2008-MPC-
GGDU-GPUC y 030-2008-MPC/GGDU/GPUC/YIM y de la
Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro dependiente
de la Gerencia General de Desarrollo Urbano señalando
que las áreas correspondientes a las antiguas calles
México, Guatemala y Moquegua, no tienen continuidad
vial y/o propuesta a futuro, siendo el área a desafectar
1,121.98 m2 y un perímetro de 281.49 ml e indicándose
que se asigne la zoni¿ cación Otros Usos (OU) y el
Informe Nº 075-2008-MPC-GGAJC-SGCA, es de opinión
favorable a lo solicitado por el recurrente en su calidad de
propietario del inmueble y por razones técnicas expuestas
por la Gerencia General de Desarrollo Urbano;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Orgánica de Municipalidades27972, el Concejo
Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA
DESAFECTACIÓN DE BIEN DE DOMINIO PÚBLICO
A DOMINIO PRIVADO DE UN ÁREA OCUPADA
ACTUALMENTE POR SERPOST S.A.
Artículo 1.- Apruébase la desafectación de Bien de
Dominio Público a Dominio Privado, al área de terreno de
1,121.98 m2 y un perímetro de 281.49 ml., ubicado entre
la avenida Dos de Mayo y la calle Sthinglish, ocupada
actualmente por SERPOST S.A., siendo que el inmueble
está construido sobre los terrenos del Gobierno Regional
inscrito en las Partidas 70275109, 70275037, 70276015,
70328131, 7008576, 7001743, 7005911, 7001446,
07002351 y 7003967, inmuebles que en la actualidad
ya no existen físicamente, respecto a las antiguas calles
México, Moquegua y Guatemala de acuerdo al Plano
Catastral de los Registros Públicos del Área de Catastro
asignando la zoni¿ cación Otros Usos (OU), al área que
corresponde al Plano PZ-01, que es parte de la presente
Ordenanza.
Artículo 2.- Modifícase en lo pertinente el Plan
Urbano Director 1995-2010 de la Provincia Constitucional
del Callao.
Artículo 3.- Encárgase a la Gerencia General de
Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
FÉLIX MORENO CABALLERO
Alcalde del Callao

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