Derrotabilidad de reglas y principios. Una propuesta de análisis

AutorVictor García Yzaguirre
CargoProfesor de la carrera de Derecho de la Universidad de Los Lagos (Chile) y doctor en Derecho por la Universidad Austral de Chile (Chile) y la Universidad de Génova (Italia).
Páginas373-404
Derrotabilidad de reglas y principios. Una
propuesta de análisis
Defeasibility of Rules and Principles. A Proposal
for Analysis
VÍCTOR GARCÍA YZAGUIRRE*
Universidad de Los Lagos (Chile)
Resumen: En el presente artículo voy a analizar críticamente la propuesta de
conceptualización de derrotabilidad de reglas y derrotabilidad de principios en
las tesis de Manuel Atienza y Juan Ruiz Manero. Para tales efectos realizaré
una breve reconstrucción de sus propuestas con el fin de justificar tres puntos:
a) la derrota de reglas es mejor entendida como un proceso reinterpretativo
del material jurídico; b) derrotar reglas no es equivalente a derrotar principios;
y c) el lenguaje de las reglas y los principios presenta las mismas operaciones
y resultados que el lenguaje de las experiencias recalcitrantes y de las lagunas
axiológicas, solo que, a diferencia de estas, el primero de los lenguajes
presupone una pretensión prescriptiva sobre cómo debe ser entendido el
material jurídico. Para alcanzar estos objetivos tomaré los siguientes pasos: en la
sección II presentaré de forma crítica su distinción entre reglas y principios,
la noción de lícito e ilícito atípico, y qué quiere decir que las reglas sean
resistentes a principios. En la sección III discutiré el que las tesis reconstruidas
padezcan de ambigüedad al momento de hablar de derrotabilidad. Presentan,
por un lado, un problema de superabilidad entre normas y, por el otro, un
problema de relevancia aparente de una norma para resolver un caso
individual. Asimismo, ofreceré una propuesta de reformulación de la derrota
de reglas desde la teoría de la interpretación. Por último, finalizaré mostrando
que el lenguaje de las reglas y los principios presupone una tesis normativa
sobre cómo deben ser identificadas las normas.
Palab ras cla ve: Reglas, principios, derrotabilidad, normas de mandato,
interpretación
Abstract: In this article I am going to analyze and criticize the proposal for
conceptualizing the defeasibility of rules and the defeasibility of principles
in the theses of Manuel Atienza and Juan Ruiz Manero. For this purpose, I
will carry out a brief critical reconstruction of their proposal of distinction in
order to indicate in a concise, clear and precise way how they understand the
defeasibility of prescriptive norms. I will do that for the purpose of justifiying
three points: a) the defeat of rules is better understood as a reinterpretative
process of legal material; b) defeating rules is not equivalent to defeating
principles; and c) the language of rules and principles presents the same
operations and results as the language of recalcitrant experiences and
* Profesor de la carrera de Derecho de la Universidad de Los Lagos (Chile) y doctor en Derecho por la
Universidad Austral de Chile (Chile) y la Universidad de Génova (Italia).
Código ORCID: 0000-0002-4662-2919. Correo electrónico: garciayzaguirre@gmail.com
Quiero agradecer a Álvaro Núñez Vaquero, Hugo Osorio Morales, Carla Iuspa Santelices y a los
árbitros anónimos por sus observaciones y comentarios a una versión previa de este texto.
https://doi.org/10.18800/derechopucp.202102.011
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diciembre-mayo
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Derecho PUCP, N° 87, 2021 / e-ISSN: 2305-2546
axiological gaps, only that, unlike these, the first of the languages presupposes
a prescriptive claim about how the language of the legal material should
be understood. To achieve this objective, I will take the following steps: in
section II, I will present critically the distinction between rules and principles,
the notion of licit and illicit atypical act, and what it means to say that rules
are resistant to principles. In section III, I will present that the reconstructed
thesis suffer from ambiguity when they develop the notion of defeasibility.
They present, on the one hand, a problem of superability between norms and,
on the other, a problem of apparent relevance of a norm to solve an individual
case. Likewise, I will offer a proposal to reformulate the defeat of rules from
the theory of interpretation. Finally, I will end by showing that the language of
rules and principles presupposes a normative thesis about how norms should
be identified.
Key words: Rules, principl es, defeasib ility, mandate no rms, interpr etation
CONTENIDO: I. INTRODUCCIÓN.- II. BREVE PRESENTACIÓN DE LA TIPOLOGÍA DE
NORMAS.- II.1. TI POS DE NORMAS DE MANDATO.- II.1.1. REGLAS DE FIN Y REGLAS
DE ACCIÓN.- II.1.2. PRINCIPIOS Y DIRECTRICES.- II.1.3. ACTOS CONTRARIOS
A REGLAS Y ACTOS CONTRARIOS A PRINCIPIOS.- II.2. DISTINCIÓN ENTRE LO
SUSTANTIVO Y LO INSTITUCIONAL.- II.3. RESISTENCIA DE LAS REGLAS FRENTE
A LOS PRINCIPIOS.- II.4. CASOS FÁCILES, CASOS DIFÍCILES Y PONDERACIÓN.-
III. DERROTABILIDAD DE REGLAS Y PRINCIPIOS.- III.1. DERROTA DE REGLAS
COMO PROCESO REINTERPRETATIVO.- III.2. DERROTAR REGLAS NO ES
EQUIVALENTE A DERROTAR PRINCIPIOS.- I II.3. ILÍCITOS Y LÍCITOS ATÍPICOS,
EXPERIENCIAS RECALCITRANTES Y LAGUNAS AXIOLÓGICAS: ENTRE LA
RECONSTRUCCIÓN Y LA PRESCRIPCIÓN.- IV. CONCLUSIONES.
I. INTRODUCCIÓN
Muchos teóricos del derecho sostienen que las normas jurídicas son
mejor entendidas si diferenciamos entre principios y reglas. El término
«principio» ha sido entendido de múltiples maneras1 y existen diversas
propuestas sobre la forma de distinguir entre ellos y las reglas2. Dentro
de esta forma de entender el derecho, algunos autores sostienen que las
reglas pueden ser derrotadas por principios y que un principio puede
derrotar a otro principio. ¿Qué quiere decir ello?
1 En el presente apartado no pretendo realizar una reconstrucción del enfoque principalista de la teoría
del derecho ni un elenco de las diferentes formas de presentar esta manera de entender el derecho.
Para ello, ver Poscher (2012) y Carrio (1970).
2 En extrema síntesis, las diferentes tesis sobre la distinción entre reglas y principios pueden ser
clasicadas en dos: tesis de una distinción fuerte y tesis de una distinción débil. Quienes argumentan
una distinción fuer te sostienen que esta es una distinción cualitativa bajo la cual toda norma es o
bien una regla o bien un principio. En cambio, quienes argumentan una distinción débil sostienen que
hablar de reglas o de principios son opciones que el intérprete construye en función al caso individual
(la diferencia entre reglas y principios se hace únicamente luego de haber sido interpretados). Sobre
ambos criterios, ver Comanducci (1998) y Prieto Sanchis (1996).
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PRINCIPIOS. UNA
PROPUESTA DE
ANÁLISIS
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A efectos de responder a esta pregunta teórica, voy a analizar y criticar las
propuestas de Manuel Atienza y Juan Ruiz Manero (ARM). Estos autores
han formulado una de las teorías más sofisticadas sobre la materia, con una
notable difusión e incidencia en Iberoamérica (Atienza & Ruiz Manero,
1996; 2000)3. Tomar de referencia sus tesis es una manera de empezar
una discusión con un grupo importante de teóricos y de dogmáticos que
utilizan estas ideas para hablar de derrota de reglas y de principios.
Al respecto, los objetivos de este artículo son justificar tres puntos: a) la
derrota de reglas es mejor entendida como un proceso reinterpretativo
del material jurídico; b) derrotar principios no es equivalente a derrotar
reglas; y c) el lenguaje de las reglas y los principios presenta las mismas
operaciones y resultados que el lenguaje de las experiencias recalcitrantes
y de las lagunas axiológicas, solo que, a diferencia de estas, el primero de
los lenguajes presupone una pretensión prescriptiva sobre cómo debe ser
entendido el material jurídico.
Para alcanzar estos objetivos tomaré los siguientes pasos: en la sección
II formulauna reconstrucción del instrumental analítico que han
propuesto estos autores para identificar normas. Al respecto, pretendo
reconstruir (y criticar) la propuesta teórica de qué son las normas de
mandato, las relaciones entre estas y qué hacemos cuando resolvemos
un conflicto entre ellas. Dichos elementos me permitirán presentar de
manera más clara una propuesta de desambiguación de la derrotabilidad
dentro de este lenguaje teórico. En la sección III analizaré cada uno de
los objetivos propuestos en tres subsecciones.
II. BREVE PRESENTACIÓN DE LA TIPOLOGÍA DE
NORMAS
ARM han elaborado una teoría sobre los enunciados jurídicos con
el propósito de ofrecer un instrumental conceptual que permita
descomponer adecuadamente el material jurídico. Dentro del elenco de
enunciados que identifican solo me voy a referir a su propuesta sobre las
normas de mandato.
II.1. Tipos de normas de mandato
ARM entienden por normas de mandato aquellas normas jurídicas
que guían la conducta de sus destinatarios; esto es, que cuentan con
un consecuente deónticamente modalizado. Al respecto, señalan que
no todas las normas guían de la misma manera, debiendo distinguirse
entre reglas y principios. Asimismo, sostienen que dentro de la categoría
«reglas» cabe diferenciar entre reglas de acción y reglas de fin, mientras
3 Cabe precisar que en los últimos años cada uno de estos autores ha formulado tesis propias que no
necesariamente ambos comparten. En atención a ello, en esta reconstrucción seré preciso en señalar
si son ideas escritas por ambos o por solo uno de ellos.

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