DECRETO SUPREMO N° 003-2009-MTC - Derogan numeral 12.3 del artículo 12° del Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2008-MTC

Fecha de disposición15 Enero 2009
Fecha de publicación15 Enero 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 15 de enero de 2009
388562
• Estar dirigidas a la Dirección de Asuntos
Internacionales.
• Expresar el tratado, el capítulo y el artículo específ‌i co
que es relativo a la comunicación.
c) Respuesta de las comunicaciones
La Dirección de Asuntos Internacionales, tiene un plazo
máximo de 30 días hábiles, para responder lo manifestado
en la comunicación. Cuando una comunicación contenga
un pedido que obliga a la actuación de otros órganos del
Ministerio, ésta será remitida al órgano competente para
ser absuelto, una vez enviado deberá ser contestado
conforme los plazos y procedimientos internos regulados.
3.2.- Comunicación al punto de contacto de la otra
parte y al público
La Dirección de Asuntos Internacionales enviará las
comunicaciones que recibe en las materias relacionadas
con los compromisos laborales de un Tratado de Libre
Comercio al punto de contacto de la otra parte, según
lo señalado en el correspondiente Tratado de Libre
Comercio. Las comunicaciones efectuadas también
estarán disponibles para el público.
3.3.- Provisión de información al punto de contacto de
la otra parte
Si la otra parte de un Tratado de Libre Comercio pide
información a la Dirección de Asuntos Internacionales, la
Of‌i cina enviará la información pedida al punto de contacto
de la otra parte. Si la Of‌i cina recibe una solicitud de
información que otra dependencia o entidad pública tenga,
la of‌i cina trasladará la solicitud a la dependencia o entidad
pública, en un plazo no mayor de 3 días hábiles indicando
el carácter de urgente de la misma.
300474-1
Aprueban la “Matriz de Metas e
Indicadores de Desempeño 2009 en
el Marco de la Política Nacional de
Gobierno” del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 008-2009-TR
Lima, 14 de enero de 2009
VISTO:
El Of‌i cio N° 1236-2008-MTPE/4/9.2 del Director General
de la Of‌i cina de Planif‌i cación y Presupuesto del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo, por el cual presenta
para su aprobación la matriz de metas e indicadores de
las políticas nacionales de obligatorio cumplimiento en el
ámbito funcional del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo para el año 2009; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM
se def‌i ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio
cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional,
precisando en su artículo 3º que las metas y evaluación
semestral del cumplimiento de las Políticas Nacionales
y Sectoriales de su competencia, serán aprobadas por
Resolución Ministerial del sector respectivo;
Que, la Of‌i cina de Planif‌i cación y Presupuesto ha
elaborado la Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el
año 2009, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido
en el Decreto Supremo citado en el considerando
precedente;
Con las visaciones de los Directores Generales de las
Of‌i cinas de Asesoría Jurídica y Planif‌i cación y Presupuesto;
y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8)
artículo 25º de la Ley 29158 –Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo, el artículo 8° de la Ley N° 27711 - Ley del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y literales
a) y d) del artículo 12° de su reglamento de organización
y funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-
2002-TR y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la “Matriz de Metas e Indicadores
de Desempeño 2009 en el Marco de la Política Nacional de
Gobierno” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,
que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los directores, jefes y coordinadores de las
unidades orgánicas, programas y/o proyectos del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo son responsables
del cumplimiento de las metas e indicadores a que hace
referencia el artículo 1º de la presente resolución.
Artículo 3º.- La Of‌i cina de Planif‌i cación y Presupuesto
es la unidad orgánica responsable de consolidar la
información y de realizar el seguimiento y evaluación
correspondiente a la matriz aprobada por la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 4º.- Publicar en la página web del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob.pe)
la “Matriz de Metas e Indicadores de Desempeño 2009 en
el Marco de la Política Nacional de Gobierno”, aprobada
por la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
301048-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Derogan numeral 12.3 del artículo 12º
del Reglamento Nacional de Gestión
de Infraestructura Vial, aprobado por
DECRETO SUPREMO
Nº 003-2009-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 44º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo, señala que los Sistemas están a
cargo de un Ente Rector, que se constituye en su autoridad
técnico-normativa a nivel nacional, dicta las normas y
establece los procedimientos relacionados con su ámbito;
coordina su operación técnica y es responsable de su
correcto funcionamiento en el marco de dicha Ley, las
leyes especiales y disposiciones complementarias;
Que, el numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley Nº 27293,
que el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la
Dirección General de Programación Multianual del Sector
Público es la más alta autoridad técnico normativa del
Sistema Nacional de Inversión Pública. Dicta las normas
técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos
de Inversión Pública;
Que, el numeral 9.1 del Artículo 9º de la Ley citada en el
párrafo anterior establece que el Ministerio de Economía y
Finanzas a través de su Dirección General de Programación
Multianual del Sector Público, emite las directivas que regulan
las Fases y Etapas del Ciclo del Proyecto, las funciones y
atribuciones de los órganos del Sistema Nacional de Inversión
Pública, la Programación Multianual de la Inversión Pública y
el funcionamiento del Banco de Proyectos;
Que, resulta necesario derogar el numeral 12.3 del
Artículo 12º del Reglamento Nacional de Gestión de
Infraestructura Vial, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 034-2008-MTC, según el cual se señala que corresponde
al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR