Los derechos humanos y su constitucionalización

AutorLuis Castillo Córdova
Páginas25-59
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CApíTulO I
LOS DERECHOS HUMANOS Y SU
CONSTITUCIONALIZACIÓN
I. LOS DERECHOS HUMANOS COMO BIENES HUMANOS
DEBIDOS Y SU CONTENIDO ESENCIAL
1. Los derechos humanos como bienes humanos debidos
Lacuestióndefondoqueconesteestudioseplanteaesunadetipo
jurídico,porloqueconvieneiniciarsutratamientodesdelaPersona.
Para hacerlo resulta necesario apelar a la esencia de la Persona o, en
palabrasdelTribunalConstitucional,ala“naturalezadelserhumano”1.
Un dato incontestable es que se trata de una naturaleza imperfecta de
la cual brotan necesidades2 y exigencias3 que pueden ser tenidas como
necesidades esenciales en la media que hunden fuertemente sus raíces en
laesenciaonaturalezahumana.Entantoqueelbiensedenecomo
aquello que perfecciona al ser4, puede ser sostenido que tales necesida-
1 EXP.N.º0489–2006–PHC/TC,fundamento11.
2 Larelevanciajurídicadelasnecesidadesesencialmentehumanas,nohasido
extraña a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, por ejemplo, cuando
hamencionadoque“[e]stedespliegue enmúltiples direccionesinherente a
losderechos fundamentales,como nopodría serde otromodo, tambiénse
encuentrapresenteenla dignidadhumana,quees comprehensivaenuncia-
tivamentede la autonomía,libertad e igualdad humana,siendo que todas
ellas en sí mismas son necesidades humanas que emergen de la experiencia
concretadelavidapráctica”.EXP.N.°2273–2005–PHC/TC,fundamento9.
3 Lo mismo ocurre con las exigencias que brotan de la esencia o naturaleza
humana. Así, en referencia al trabajo, ha dicho el Tribunal Constitucional
quesuimportanciadescansaenser“[v]ocaciónyexigenciadelanaturaleza
humana”.EXP.N.º0008–2005–PI/TC,fundamento18.
4 ARISTÓTELES, Ética a Nicómaco, I, 1094a–1103a.
Luis Castillo Córdova
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desesencialessesatisfacenatravésdebienes humanos esenciales, y que
logradaesa satisfacción se consigue también—necesariamente—la
realizacióndelaPersonaenesasuesenciaonaturaleza.
Otrodato también incontestable,por lo menosendemocracias
occidentalescomolaperuana,eslaposiciónjurídicaqueselereconoce
alaPersonahoy.Ellaporserloqueesselereconocelacondiciónde
nen sí misma5. Esto signicaqueestá prohibido considerarla con
unvalorinstrumentalizado6 y que todo lo demás, particularmente el
Estado,más precisamente los poderes públicos,tienenla condición
demedioasuservicio.Unaconsecuencianecesariadereconocerque
laPersona tiene valorden, esreconocerque los poderespúblicos
tieneneldeber delograr su“plenarealizacióncomopersona”7. Este
eselcontenidodesuvalorodignidad.
Con base en estos datos incontestables puede ser sostenido que
losbieneshumanos esenciales se convierten en realidades debidas
a la Persona por tener la naturaleza y dignidad humanas que le sin-
gularizan;esdecir, porser loqueesyvaler loque vale.Estosbienes
humanos debidos (deuda) que corresponden a la persona humana por
tener naturaleza y dignidad humana (título) son derechos, más pre-
cisamente, son derechos humanos. Los derechos humanos, en este
contextodogmático,sedenencomoelconjuntodebieneshumanos
debidosalapersonaporserloqueesyvalerloquevale,ycuyogoce
oadquisiciónledepararágradosderealización8.
Estadeniciónpermitereconoceralosderechoshumanoscomo
esenciales exigencias de justicia que tienen existencia desde la Persona
misma.Apartirdeaquídosconsecuenciassonrelevantes.Laprimeraes
quelaexistenciayvinculatoriedaddelderechohumanonodependedel
actodepositivizacióninternacional(tratados)onacional(Constitución)9
5 KANT, Immanuel, Fundamentación de la metafísica de las costumbres,2ªedición,
Ariel Filosofía, Barcelona 1996, p. 187.
6 BLECKMAN, Albert. Staatsrecht II — Die grundrechte,4.Auage, KarlHey-
manns,Berlín,1997,p.539;BVerfGE6,32(36);BVerfGE27,1(6).
7 EXP. N.° 00005–2008–PI/TC, fundamento 21.
8 CASTILLOCÓRDOVA,Luis,“Lainterpretacióniusfundamentalenelmarco
delapersonacomoinicioyn delderecho”,enSOSASACIO,JuanManuel
(Coordinador), Pautas para interpretar la Constitución y los derechos fundamentales,
Gaceta Jurídica, Lima, 2009, pp. 31–43.
9 ComolohareconocidoelTribunalConstitucionalperuano,“lapersonahu-
mana, por su dignidad, tiene derechos naturales anteriores a la sociedad y al
Los derechos humanos y su constitucionalización
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quese realice. Y la segunda esquela validez de la norma positiva
(nacional o internacional) dependerá de su ajustamiento al derecho
humanoque pretendepositivar, demodoque unapositivación que
se aleja o contradiga el derecho humano que le sostiene, es injusta y,
consecuentemente,pierdevinculatoriedad,inclusoexistencia10.
Ejempliquemosloque se lleva dicho. Es posible dar razones
para sostener la existencia de una necesidad que brota de la esencia o
naturalezahumana:contarconunespaciopropioyajenoalamirada
delos demás,y enelcual desplegarnuestra propia individualidad.
Estanecesidadesencial sesatisface através deunbienhumanoque
podemosllamar“intimidad”11,ycuyocumplimientoplenofavorecela
plenarealizaciónhumana:enpalabrasdelTribunalConstitucional,este
bienhumano“protegeunámbitoestrictamentepersonal,yque,como
tal,resultaindispensableparalarealizacióndelserhumano”12. En la
medidaquelaPersonavalecomonensímismaydebeserpromovida
sumáximarealización,elbienhumanointimidadseconvierteenlo
debido a la Persona y, por ello, en el derecho humano a la intimidad.
2. El contenido esencial o constitucional de los derechos fun-
damentales
A. Denición del contenido esencial o constitucional
Losderechoshumanos denidos como bienes humanos debidos,
esdecir,comoexigenciasdejusticia,reclamanoperatividadpráctica.
Éstavendráde lamanodelcontenidojurídicodelderecho humano,
denidoentérminosbásicos,delasiguientemanera:el conjuntode
atribuciones que el derecho depara a tu titular. El bien humano debido
justicaelcontenidojurídicodeunderechohumano,demodoqueuna
atribuciónlointegrarásiesposiblevincularladealgúnmodoalbien
humanorespectivo.
Estado,inmanentesasímisma,loscualeshansidoprogresivamentereconoci-
doshastahoyensulegislaciónpositivacomoderechoshumanosdecarácter
universal”.EXP.N.º4637–2006–PA/TC,fundamento45.
10 Locualexige nocerrar comoposibilidadel queuna Convencióno Tratado
internacional,asícomounaConstitución,lleguenaserdisposicionesnorma-
tivasinjustaseinválidascuandoelcontenidodelosderechosahípositivados
contradigan las exigencias propias de los derechos humanos.
11 “Bienjurídicointimidad”,enpalabrasdelTribunalConstitucional.EXP.N.°
6712–2005–HC/TC, fundamento 30.
12 EXP. N.° 6712–2005–HC/TC, fundamento 38.

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