Derecho al trabajo y la adecuada protección contra el despido arbitrario

AutorLuis Castillo Córdova
Páginas123-146
Derecho al trabajo y
la adecuada protección contra
el despido arbitrario
Luis Castillo Córdova
Resumen:
El derecho al trabajo como derecho fundamental presenta muchas singularidades,
las cuales deben ser atendidas desde el concreto ordenamiento jurídico en el que se
le reconoce. Una de ellas es analizada en este trabajo: la referida a la validez mate-
rial de la decisión constituyente de permitir el despido arbitrario a cambio de una
adecuada protección. Si la Constitución proscribe la arbitrariedad sin excepción
alguna, parece que sería inconstitucional la decisión del Constituyente de no solo
no proscribir el despido arbitrario, sino de permitirlo a cambio de una adecuada
protección. La solución de esta cuestión no solo es un asunto teórico, sino que so-
lucionaría muchos problemas de validez constitucional. Así, por ejemplo, ayuda-
ría a determinar la constitucionalidad tanto de la ley que dispone que la adecuada
protección contra el despido arbitrario es solo la indemnización para el trabajador
privado, como de la norma creada por el Tribunal Constitucional según la cual la
adecuada protección contra el despido arbitrario de un trabajador privado es la re-
posición o la indemnización a elección del trabajador.
Palabras clave:
Derecho humano al trabajo, despido arbitrario, políticas de promoción del empleo,
validez material, Tribunal Constitucional.
Abstract:
e human right to work has many singularities, which should be attended from the
specic legal system where it is recognized. is paper analyzed one of them: material
validity of the constituent decision to allow arbitrary dismissal as adequate protection.
DATOS DEL ARTÍCULO:
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Cuadernos sobre Jurisprudencia Constitucional - N°  - S 
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LUIS CASTILLO CÓRDOVA
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If Constitution banish arbitrariness without exception, it seems that would be uncons-
titutional this decision not only to allow arbitrary dismissal, but also to consider it as
an adequate protection. Answering to this question will not only resolve this theoretical
problem, but will solve many problems of constitutional validity. As for example, will
help to dene constitutional validity both to the law stablishing compensation as the
only adequate protection against the arbitrary dismissal at the private sector, and to
the law created by the Constitutional Court stablishing that employee at private sec-
tor can choose between replacement, or compensation as adequate protection against
arbitrary dismissal.
Key words:
Human Right to Work, Arbitrary Dismissal, Employment Promotion Polities, Material
Validity, Constitutional Court.
Sumario:
I. INTRODUCCIÓN: LA PERSONA Y LOS DERECHOS HUMANOS.- II. EL DE-
RECHO HUMANO AL TRABAJO Y SU CONTENIDO ESENCIAL. 2.1. El trabajo
como bien humano debido 2.2. Elementos del contenido esencial del derecho al
trabajo 2.3. El contenido constitucional del derecho fundamental al trabajo 2.3.1. La
constitucionalización del contenido esencial del derecho humano al trabajo 2.3.2. La
constitucionalización del deber de promover la creación de empleo 2.3.3. La cons-
titucionalización del derecho de acceso en condiciones de libertad y de igualdad
2.3.4. La constitucionalización del derecho de permanencia en el puesto de trabajo.-
III. LA VALIDEZ MATERIAL DE LA NORMA CONSTITUCIONAL QUE REGU-
LA EL DESPIDO ARBITRARIO 3.1. Planteamiento de los problemas jurídicos 3.2.
Respuesta al primer problema jurídico planteado 3.2.1. Enunciado de la respuesta
3.2.2. Justicación de la respuesta 3.2.2.1. El despido arbitrario como despido que
no se sostiene en causa subjetiva 3.2.2.2. La causa objetiva del despido y la llamada
exiseguridad 3.2.2.3. La norma N27 es materialmente constitucional cuando prevé
el despido arbitrario 3.3. Respuesta al segundo problema jurídico 3.3.1. Formula-
ción de la respuesta 3.3.2. Justicación de la respuesta 3.3.2.1. La constitucionalidad
material de la previsión de una “adecuada protección” 3.3.2.2. El Gobierno como
encargado de decidir la exibilización laboral a través de la ley.- IV. CONCLUSIÓN.

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