El derecho del espacio exterior y el futuro de la humanidad

AutorMIchael Dodge
Páginas227-246
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Revista de Derecho
THEMIS 58
Michael S. Dodge
EL DERECHO DEL ESPACIO EXTERIOR Y EL FUTURO DE LA
HUMANIDAD*
Michael S. Dodge**
Luego de cuarenta años de la llegada
del hombre a la luna, la exploración y
la utilización del Espacio (incluso como
objetivo turístico) se ha vuelto cada vez más
común, cumpliendo con un sinnúmero de
funciones esenciales para el desarrollo de
la humanidad como la conocemos hoy. En
este contexto, resulta de vital importancia
conocer los factores que gobiernan el
Derecho Espacial, una rama especializada
que combina elementos del Derecho
Internacional y del Derecho Aeronáutico.
En lo que constituye la publicación de
un ar tículo totalmente innovador en
nuestro lado del globo, el primer graduado
especializado en Derecho Espacial del
mundo escribe para THEMIS-Revista
de Derecho, explicando el motivo y la
importancia del Derecho Espacial, e
indicando cuáles son los problemas que hoy
en día ponen en peligro nuestra utilización
de este importante recurso, en el cual
–sostiene– yace el futuro de la humanidad.
* El presente ar tículo fue escrito originalmente bajo el título “The Law of Outer Space and humanity’s future”. La traducción fue
realizada por Mariano Peró, director de la comisión de Contenido de THEMIS. Agradecemos al doctor Aldo Reggiardo, abogado,
Magíster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de Nueva York, ex-miembro de THEMIS y socio de Payet, Rey, Cauvi Abogados, por
la supervisión de la traducción.
** Abogado por la Universidad de Mississippi. Magíster en Derecho (LL.M.) por la Universidad de McGill con el Instituto de Derecho
Aeronáutico y Espacial. Asistente del Consejo de Investigación del National Center for Remote Sensing, Air, and Space Law. Boeing
Fellow in Air and Space Law.
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La civilización humana requiere del ejercicio
del Derecho, tanto para constreñir nuestras
proclividades más salvajes como para formar
positivamente las interaccione sociales. A nivel
local, esta necesidad es facilitada por la regulación
doméstica, pero internacionalmente un rama de
Derecho especial ha sido desarrollado a través de
los años para dirigir las variantes y únicas exigencias
de las interacciones multiestatales. El Derecho
Internacional pretende equipar a los Estados para
manejar apropiadamente las dicultades legales
que se originan en el contexto de la interacción
Estado a Estado. El Derecho EspacialI es una rama
relativamente nueva del Derecho Internacional,
y tiene como objetivo guiar la exploración y el
gobierno de la existencia de la humanidad en
el Espacio Exterior. Como con otros campos del
régimen legal internacional, el Derecho Espacial
confronta los juicios y las tribulaciones del Derecho
Internacional y las formaciones de política; sin
embargo, su naturaleza única lo convierte en una
fuente tanto de fascinación como de frustración.
Es fascinante porque toca casi cada aspecto
del Derecho I nternacional y muchos temas
que, a primera vista, pueden parecer no estar
relacionados con asuntos legales o, como mucho,
sólo tangencialmente relacionados. Estos aspectos
incluyen preocupaciones en el Espacio, tales
como necesidades de propiedad (tanto real como
intelectual), penales, ambientales y humanitarias,
y temas terrestres como las telecomunicaciones
y la responsabilidad por daños a personas y
bienes en la Tierra, por parte de naves errantes. Es
frustrante, por otro lado, debido a su naturaleza un
tanto vaga, que es un problema agravado por la
condición adolescente y de rápida evolución de la
expansión de la humanidad en el Espacio. Si bien
la legislación en la Tierra es un precedente para
guiar a los legisladores y a la judicatura, el Espacio
es un ámbito al que pocos han ido antes, y como
tal hay muchas preguntas sin respuesta en torno
a la extensión de la ley fuera de las fronteras de la
atmósfera. Este artículo es un intento de exponer
tanto la naturaleza del Derecho Espacial y los temas
íntimamente afectados por su aplicación. Dado
que la cantidad de temas implicados es tan vasta,
el ensayo discutirá la mayoría de estos en la forma
más breve. Sin embargo, mientras que la primera
parte del ensayo está diseñado para dar el alcance
y la aplicación del Derecho Espacial, la segunda
parte está diseñada para dar un ejemplo más
profundo de la utilización del Derecho Espacial,
tanto a nivel nacional como internacional.
Explicar en extenso la gran cantidad de temas
relacionados con el régimen espacial consumiría
mucho más espacio del asignado para este
artículo. No obstante, sería benecioso tocar los
temas relevantes para propósitos edicatorios.
En primer lugar, las preguntas sobre la naturaleza
del Derecho Espacial y su efecto en la población
general son examinados. En segundo lugar, un
análisis de la soberanía servirá para la discusión
sobre el régimen único creado por las fuentes
del Derecho Espacial. En seguida, las fuentes del
Derecho Espacial son discutidas y revisadas, con
énfasis en el régimen de tratados de las Naciones
Unidas. La segunda parte del artículo delimita
el ámbito de la discusión enfocándose en una
cuestión particularmente urgente en la protección
ambiental del entorno espacial. Especícamente,
el problema de la “basura espacial”, o desechos
orbitales, es analizado con la mirada puesta en los
medios por los cuales la regulación procesal local
puede mejorar una situación en deterioro.
I. DERECHO ESPACIAL
A. Cuestiones generales
¿Qué es, exactamente, el Derecho Espacial?
Como se mencionó anteriormente, es una rama
especializada del Derecho Internacional que se
ocupa de los asuntos jurídicos de las actividades
humanas en el Espacio. Hay varios métodos
por los cuales las leyes que regulan el Espacio
pueden ser creadas. El principal de ellos es el
régimen de tratados del Espacio, que es una serie
de cinco tratados internacionales creados por las
Naciones Unidas. Estos tratados se han dado a
conocer como el Tratado del Espacio Exterior1,
el Acuerdo de Rescate y Retorno2, el Convenio
de Responsabilidad3, el Convenio de Registro4
y el Tratado de la Luna5. De estos, sólo los cuatro
primeros han sido ampliamente adoptados,
mientras que cier tas disposiciones del Tratado de
la Luna han demostrado ser un obstáculo para su
aceptación por la comunidad mundial. También
hay tratados y reglamentos que rigen diversas
materias, desde la colocación de armas nucleares en
el Espacio6 hasta el uso de telecomunicaciones7.
I Nota del traductor: En esta edición utilizaremos indistintamente los términos “Derecho Espacial” y “Derecho del Espacio” para refer-
irnos al Space Law o Law of Outer Space, al ser ambas acepciones aceptadas por la doctrina; y según su uso y delidad al original del
autor.
1 Treaty on Principles Governing the Activities of States in the Exploration and Use of Outer Space, including the Moon and Other
Celestial Bodies. 27 de enero de 1967. 18 U.S.T. 2410, 610 U.N.T.S. 205.
2 Agreement on the Rescue of Astronauts, the Return of Astronauts, and the Return of Objects Launched into Outer Space. 22 de
abril de 1968. 19 U.S.T. 7570, 672 U.N.T.S. 119.
3 Convention on International Liability for Damage Caused by Space Objects. 29 de marzo de 1972. 24 U.S.T. 2389, 961 U.N.T.S. 187.
4 Convention on Registration of Objects Launched into Outer Space. 12 de noviembre de 1974. 28 U.S.T. 695, 1023 U.N.T.S. 15.
5 Agreement Governing the Activities of States on the Moon and Other Celestial Bodies. 1363 UNTS 3.
6 Treaty Banning Nuclear Weapon Tests in the Atmosphere, in Outer Space and Under Water. 480 U.N.T.S. 43.
7 Principles Governing the Use by States of Articial Earth Satellites for International Direct Television Broadcasting. Documentos de
las Naciones Unidas. A/RES/37/92 del 10 de diciembre de 1982, y A/37/PV.100 del 17 de diciembre de 1982.

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