El derecho de los contratos públicos en España: novedades y propuestas de futuro

AutorJosé María Gimeno Feliu
CargoCatedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza. Presidente del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (desde el 11 de marzo de 2011 hasta el 03 de enero de 2018). Miembro del Comité Académico de Dirección de la Red Iberoamericana de Contratación Pública y miembro del Comité Científico del Osservatorio di...
Páginas111-130
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Revista IUS ET VERITAS Nº 62, junio 2021 / ISSN 1995-2929 (impreso) / ISSN 2411-8834 (en línea)
https://doi.org/10.18800/iusetveritas.202101.006
El derecho de los contratos públicos en España:
novedades y propuestas de futuro(*)
The law of public contracts in Spain: news and proposals for the future
José María Gimeno Feliu(**)
Universidad de Zaragoza (Zaragoza, España)
Resumen: Este trabajo da cuenta de la regulación de la contratación pública en
España con id eas de prospectiva sobre cuál debe ser el futuro. Se presta atención a
las princ ipales líneas de la regulación e spañola, y sus nes, para nal izar con unas
conclusiones pr opositivas sobre la fundamentación re gulatoria.
Palabras clave: Contr atación pública en España - Contratació n pública y estrategia -
Aspectos prácticos de las novedades de la regulación de contratos públicos en España
- Futuro y retos de la contratac ión pública
Abstract: This paper gives an account of the regulation of public procurement in Spain
with prospective idea s on what the future should be. Attention is paid to the main lines
of Spanish regulation, and its aim s, to end with some propositional conclusion s on the
regulatory ratio nale.
Keywords: Procurement in Spain - Public procurement and strategy - Practical aspects
of new developments in the regulation of public pro curement in Spain - Future and
challenges of public pr ocurement
(*) Nota del Editor: Este artículo fue recibido el 13 de marzo de 2021 y su publicación fue aprobada el 22 de marzo de 2021.
(**) Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza. Presidente del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos
de Aragón (desde el 11 de marzo de 2011 hasta el 03 de enero de 2018). Miembro del Comité Académico de Dirección de la Red
Iberoamericana de Contratación Pública y miembro del Comité Cientíco del Osservatorio di diritto comunitario e nazionale sugli
appalti publicci (Italia). ORCID: orcid.org/0000-0001-6760-9222. Correo electrónico: gimenof@unizar.es.
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José María Gimeno Feliu
Revista IUS ET VERITAS Nº 62, junio 2021 / ISSN 1995-2929 (impreso) / ISSN 2411-8834 (en línea)
1. Evolución y contexto de la
contratación pública en España. La
inencia el ereco eroeo
La mater ia de contr atación pública se ha convertido en una
de las materias claves desde una p erspectiva dogmática
(dire ctamen te relaci onada con las se ñas de identi dad del
Derecho administrativo) y la gestión prác tica en tanto afecta
a la correcta ecacia de imp ortantes políticas públicas y tiene
un c laro impacto desde la perspectiva presupuestaria (o, si
se preere, de sostenibilidad nanciera)(1). Esto explica que la
contratación pública -y su fundamento- ha cambiado de forma
muy notable en los últimos años. De una visión burocrática de la
compra pública, diseñada desde una perspectiva hacendística
y con escasa pr ospectiva se ha evoluci onado hacia la idea la
contratación pública como “herramienta jurídica al servicio
de los poderes públicos para el cumplimiento efectivo de sus
nes o sus políticas públicas(2). Por ello la contratación pública
(que su pone el 22 por ci ento de los presupue stos públicos
según los últimos datos) debe ser re- contextualizada desde
la persp ectiva de inversión y no d e gasto. Y como inversión
interesa su correcta articula ción como actividad estratégica(3).
Desde una lógica inicial de las primeras Directivas europeas
en los años 70 basada en el objetivo de un mercado interior
europeo, se ha evolucionado hacia una visión estratégica (e
integral) de la contratación pública asentada en la idea del
derecho a una buena administración: las Directivas 23, 24 y 25 de
2014, de 26 de febrero, respectivamente, de cuarta generación(4).
Nos encontramos en Europ a y en España ante una nueva
realidad jurídico -económica de la contratación pública, que
exige una v isión estratégic a en un co ntexto económic o
globalizado. Una correcta utilización del
contrato público, como instrumento al
servici o de políticas pública, debe permi tir
reforzar los principios inherentes al modelo
social europeo y garantizar su sosteni bilidad
en una situación geopolítica cada vez más
tensionada desde los mercados orientales,
que obligan a repensar y reforzar la estrategia
del mercado interio r europeo (Gimeno Feliu,
2014, p. 213). La contratación púb lica puede
ser una palanca del cambi o económico.
El Informe Especial del Tribunal de Cuentas
Europeo número 10 de 2015, rela tivo a la
necesidad de intensicar los esfuerzos para
resolver los problemas de contratación pública
que afectan al gasto de la UE en el ámbito de la
cohesión, recuerd a que la polític a de la U nión
Europea en relación a la cont ratación públic a
constituye un pilar fundamental en relación
a la consolidación del mercado interior y en
torno a la consecución de una racionalización
de los fondos públicos que garantice la
sostenibilidad del sistema. La normativa
europea de contratación pública ha pretendido
desde sus inicios conseguir una correcta
gestión de los fondo s públic os optando por
una delimitación objetiva: el contrato público.
Es decir, existe una clara metodología jurídica
de carácter funcional -y no formal- que obliga,
a determinar si determinado ente es o no poder
adjudicador y si un negocio jurídico es, o no
un contrato público.
(1) Sobre el fundamento europeo y la nueva regulación española y sus aspectos prácticos véase, en extenso, a Gimeno Feliu, J. M.
(2019). La Ley de Contratos del Sector Público 9/2017. Sus principales novedades, los problemas interpretativos y las posibles
soluciones. Aranzadi.
(2) Las Instituciones europeas insisten en la visión estratégica de la contratación pública: “Comunicación de la Comisión “Europa
2020. Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. En esta línea se posiciona claramente, por cierto, el
Consejo de la Unión Europea, en el documento “Conclusiones del Consejo: Inversión pública a través de la contratación pública:
recuperación sostenible y reactivación de una economía de la UE resiliente (2020/C 412I/01), en el que, tras hacer una prospectiva
de la contratación pública insiste en la necesidad de su función estratégica.
(3) Véase Gimeno Feliu, J. (2020). La visión estratégica en la contratación pública en la LCSP: hacia una contratación socialmente
responsable y de calidad. Revista Economía Industrial, 415, 89-97.
(4) Pero, además, no puede desconocerse la existencia de un derecho pretoriano que vertebra el sistema. En una materia tan sensible
y a la vez tan cambiante, existe una importante fuente de derecho, ya que la jurisprudencia del TJUE de la Unión Europea ha
conformado un sólido y coherente derecho pretoriano, que sirve de fuente interpretativa y que limita aquellas opciones que puedan
contravenir las reglas de la Unión Europea. De hecho, son, en la práctica, una especie de codicación, que dota de coherencia
y seguridad jurídica al sistema (tanto a nivel comunitario como de aplicación práctica en los ordenamientos nacionales). Así, los
conceptos comunitarios deben ser interpretados de conformidad con la doctrina jada por el TJUE. Doctrina que debe ser conocida y
respetada por los distintos intérpretes o aplicadores de las reglas de la contratación pública, lo que limita interpretaciones o prácticas
nacionales que pretendan una visión local de las normas de contratos públicos. Véase Gimeno Feliu, J. (2015). La codicación
de la contratación pública mediante el derecho pretoriano derivado de la jurisprudencia del TJUE. Revista Española de Derecho
Administrativo, 172, 81-122. De especial interés véase el trabajo de Berbero, D. (2018). La doctrina del Tribunal de Justicia de la
Unión Europea en la contratación pública como condicionante interpretativo. En J. Gimeno Feliu (dir.), Estudio Sistemático de la
Ley de Contratos del Sector Público (pp. 163-202). Aranzadi & Cizur Menor.

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