RESOLUCION Nº 020-024-0000120/SUNAT - Dejan sin efecto designación y designan auxiliares coactivos de la Intendencia Regional Lima

Fecha de disposición17 Noviembre 2011
Fecha de publicación17 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 17 de noviembre de 2011 453445
Artículo 2º.- Las Cartas Fianzas o Pólizas de Seguro de
Caución deberán tener una vigencia desde el 01 de enero
de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012 inclusive, éstas
deberán garantizar las obligaciones y responsabilidades
como Agencia Marítima, Fluvial y Lacustre, así como de
Empresa o Cooperativa de Estiba y Desestiba, según
corresponda, en el Puerto que realice sus actividades,
conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto
Supremo Nº 010-99-MTC y demás normas modif‌i catorias
y/o complementarias.
Artículo 3º.- Autorizar al Presidente del Directorio a
publicar la presente Resolución.
Artículo 4º.- La presente Resolución regirá a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANK BOYLE ALVARADO
Presidente del Directorio
Autoridad Portuaria Nacional
717449-2
ORGANISMOS EJECUTORES
INSTITUTO NACIONAL
DE DEFENSA CIVIL
Aprueban Directiva “Lineamientos
para el planeamiento, organización,
preparacion, ejecución y evaluación de
la simulación y simulacro por sismo y
tsunami a nivel nacional”
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 299-2011-INDECI
8 de noviembre de 2011
VISTOS; La Resolución Ministerial Nº 290-2011-
PCM, de fecha 08.Nov.2011 y el Proyecto de Directiva
“Lineamientos para el Planeamiento, Organización,
Preparación, Ejecución y Evaluación de la Simulación
y Simulacro por Sismo y Tsunami a Nivel Nacional”,
propuesto por la Dirección Nacional de Operaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Ley Nº 29664 y su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-
PCM, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es
un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia
del Consejo de Ministros – PCM, conformante del Sistema
Nacional de Gestión del Riesgo y Desastres – SINAGERD,
responsable técnico, coordinador, facilitador y supervisor
de la implementación de la Política Nacional y el Plan
Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, en los
procesos de preparación, respuesta y rehabilitación;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 290-2011-
PCM, se aprobó la realización del “Ejercicio de Simulación
y Simulacro por Sismo y Tsunami a Nivel Nacional”, que se
llevará a cabo el martes 29 de noviembre de 2011 a las 11:00
horas en todo el territorio nacional, con la participación de los
Sistemas Regionales y Locales de Defensa Civil, habiéndose
recomendado la activación del Consejo Nacional de Gestión
de Riesgo de Desastres – CONAGERD;
Que, el resolutivo señalado, dispone que el “Ejercicio
de Simulación y Simulacro por Sismo y Tsunami a Nivel
Nacional”, se llevará a cabo en dos Fases, siendo la
primera, el “Ejercicio de Simulación y Simulacro por
Sismo y Tsunami a Nivel Nacional” y la segunda Fase,
el “Ejercicio de Toma de Decisiones de Emergencia en
cada jurisdicción de forma simultánea a Nivel Nacional,
con la f‌i nalidad de probar las comunicaciones alternas y
principales y los protocolos existentes”, para lo cual se ha
designado al Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI,
como entidad Coordinadora General del Evento;
Que, el artículo 3º de la citada norma, establece que
el INDECI aprobará y publicará una Directiva Nacional con
los Lineamientos y Disposiciones Generales y específ‌i cas
para la ejecución de la simulación y simulacro para todas
las Instancias del Estado, en cuyo contexto, resulta
necesario aprobar los lineamientos y parámetros para la
realización del “Ejercicio de Simulación y Simulacro por
Sismo y Tsunami a Nivel Nacional” a que hace referencia
la Resolución Ministerial Nº 290-2011-PCM, acorde a la
propuesta por la Dirección Nacional de Operaciones;
De conformidad con la Ley Nº 29664, Ley Nº 29158,
Decreto Supremo Nº 098-2007-PCM, que aprueba el Plan
Nacional de Operaciones de Emergencia, y en uso de las
atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización
y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo
Nº 059-2001-PCM, y sus normas modif‌i catorias aprobadas
por los Decretos Supremos Nos. 005-2003-PCM y 095-
2005-PCM;
Con la visación de la Sub Jefatura, de la Dirección
Nacional de Operaciones y de la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 012-2011-INDECI/
DNO “LINEAMIENTOS PARA EL PLANEAMIENTO,
ORGANIZACIÓN, PREPARACION, EJECUCION Y
EVALUACION DE LA SIMULACIÓN Y SIMULACRO POR
SISMO Y TSUNAMI A NIVEL NACIONAL”, a llevarse a
cabo el Martes, 29 de noviembre de 2011 a las 11:00
horas, que en 29 folios, forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- La Secretaría General del INDECI, en
coordinación con la Dirección Nacional de Logística
ejecutará las acciones pertinentes para la publicación y
difusión del presente resolutivo, a través del Diario Of‌i cial
El Peruano, disponiéndose que el texto de la Directiva se
publique a través de la página web del INDECI.
Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría General
ingrese la presente Resolución en el Archivo General
Institucional, y remita copia a las Unidades Orgánicas y
Órganos Desconcentrados del INDECI.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO E. MURGUEYTIO ESPINOZA
General de División (R)
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
717222-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designación y designan
auxiliares coactivos de la Intendencia
Regional Lima
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 020-024-0000120/SUNAT
Lima, 26 de octubre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, es necesario designar a nuevos Auxiliares
Coactivos de la Intendencia Regional Lima para garantizar
el normal funcionamiento de su cobranza coactiva;
conforme al artículo 114º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 135-99-EF y modif‌i catorias, se establece los requisitos
que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo
de Auxiliar Coactivo; habiendo el personal propuesto
presentado una Declaración Jurada manifestando reunir
los requisitos antes indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º de la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR