DECRETO SUPREMO N° 284-2015-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2015 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional

Fecha de disposición03 Octubre 2015
Fecha de publicación03 Octubre 2015
563231
NORMAS LEGALES
Sábado 3 de octubre de 2015
El Peruano
/
conformada mediante Resolución Ministerial N° 706-
2015-DE/SG, con el objeto que elabore el anteproyecto de
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1095, en adición
al anteproyecto de Manual Operacional encargado, a
efecto de garantizar un adecuado desarrollo normativo,
en concordancia con los alcances de la sentencia descrita
precedentemente;
Estando a lo propuesto; y,
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Ampliar la f‌i nalidad de la Comisión
Sectorial de Naturaleza Temporal, creada por Resolución
Ministerial N° 706-2015-DE/SG del 07 de agosto de 2015,
con el objeto que elabore el anteproyecto de Reglamento
del Decreto Legislativo N° 1095, en adición al anteproyecto
de Manual Operacional para las Fuerzas Armadas.
Artículo 2º.- Precisar que, a partir de lo dispuesto
en el artículo 1°, toda referencia a la Comisión Sectorial
creada por Resolución Ministerial N° 706-2015-DE/SG,
se entenderá como Comisión Sectorial de Naturaleza
Temporal encargada de la elaboración del anteproyecto
de Reglamento del Decreto Legislativo N° 1095 y
anteproyecto de Manual Operacional para las Fuerzas
Armadas.
Artículo 3°.- Disponer que la Comisión Sectorial antes
descrita incluya en su Plan de Trabajo lo concerniente a la
elaboración del anteproyecto de Reglamento del Decreto
Legislativo N° 1095; asimismo, deberá acompañar dicha
propuesta reglamentaria en su Informe Final, dentro
del plazo establecido en el artículo 7 de la Resolución
Ministerial N° 706-2015-DE/SG.
Artículo 4°.- Encargar a la Secretaría Técnica la
notif‌i cación de la presente Resolución a los integrantes
titulares y alternos de la Comisión Sectorial de Naturaleza
Temporal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1295247-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el año
Fiscal 2015 a favor de diversos pliegos del
Gobierno Nacional
DECRETO SUPREMO
Nº 284-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, se han aprobado,
entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos:
002 Instituto Nacional de Estadística e Informática, 114
Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
Tecnológica y 116 Instituto Nacional de Radio y Televisión
del Perú – IRTP;
Que, el Consejo Ministerial de la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE acordó,
el 18 de abril de 2014, invitar al Perú a participar en un
Programa País, tras la suscripción del Acuerdo entre
la República del Perú y el citado organismo, suscrito
el 8 de diciembre de 2014, en la ciudad de Veracruz,
Estados Unidos Mexicanos, se aceptó tomar parte en
la mencionada iniciativa, el mismo que fue ratif‌i cado por
Decreto Supremo N° 004-2015-RE;
Que, el Programa País del Perú tiene por objetivo
principal apoyar a nuestro país en el avance de sus
reformas y en el mejoramiento de sus políticas públicas,
a través de un esquema de trabajo enfocado en áreas
prioritarias, mediante la adhesión a instrumentos legales,
la participación en comités y grupos de trabajo y la efectiva
implementación de los estándares y mejores prácticas
estadísticas de la OCDE;
Que, mediante los Of‌i cios N°s. 211 y 239-2015-INEI/J
y 1396-2015-INEI/OTPP-OEPRE el Instituto Nacional de
Estadística e Informática solicita recursos adicionales para
el presente año f‌i scal, para dar inicio a las actividades
programadas INEI – OCDE, en el marco de la ejecución
del Programa País, a f‌i n que el Perú sea considerado como
país miembro de la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos – OCDE;
Que, el artículo 6 la Ley N° 28613, Ley del Consejo
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica
– CONCYTEC establece que la promoción y desarrollo
de la Ciencia, Tecnología e Innovación es responsabilidad
que asume el Estado a través del Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT),
bajo la dirección y coordinación del CONCYTEC;
Que, el artículo 4 del Reglamento de Organización y
Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación Tecnológica – CONCYTEC, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, determina como
funciones del citado pliego, entre otras, formular la política
y planes nacionales de desarrollo científ‌i co y tecnológico;
promover la articulación de la investigación científ‌i ca
y tecnológica, y la producción del conocimiento con los
diversos agentes económicos y sociales; y, promover
el establecimiento y desarrollo de una red nacional de
información científ‌i ca e interconexión telemática, para
un manejo ágil, oportuno y ef‌i ciente de la estadística
científ‌i co – tecnológica que permita la obtención de la
información necesaria para el planeamiento, operación y
promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación;
Que, mediante el Of‌i cio N° 392-2015-CONCYTEC-
SG el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación Tecnológica solicita recursos adicionales
para el presente año f‌i scal, para f‌i nanciar nuevas
acciones tendentes a fortalecer el desarrollo de la ciencia,
tecnología e innovación tecnológica del país, atendiendo
las necesidades de los actores del Sistema Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica –
SINACYT, tales como: universidades, institutos públicos
de investigación, empresas, investigadores y gobiernos
sub nacionales;
Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión
del Perú – IRTP, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 056-2001-ED, señala que el citado organismo tiene
por f‌i nalidad colaborar con la Política del Estado en
la Educación y en la formación moral y cultural de los
peruanos, su objetivo es llegar a toda la población
nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora
y por televisión a su cargo, con programas educativos,
culturales, informativos y de esparcimiento;
Que, mediante los Of‌i cios N°s. 037, 045 y 050-2015-
PE/IRTP el Instituto Nacional de Radio y Televisión del
Perú – IRTP solicita recursos adicionales para el presente
año f‌i scal, por el incremento de las necesidades operativas
de funcionamiento relacionadas al proceso gradual de la
implementación de la televisión digital terrestre, operando
cuatro (04) señales digitales (7.1, 7.2, 7.3 y 7.4), pues
se suscitan en la coyuntura y el incremento sostenido
de actividades derivadas de la actividad periodística y
de difusión cultural, tales como: gastos incrementales en
viáticos, pasajes, consumo de señal satelital, gastos de
movilización, servicios temporales, entre otros;
Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado
de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N°
304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del
Sector Público consideran una Reserva de Contingencia
que constituye un crédito presupuestario global dentro
del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas,
destinada a f‌i nanciar los gastos que por su naturaleza y
coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos

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