DECRETO SUPREMO N° 005-2015-MTC - Modifican el TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones y los Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones del Perú

Fecha de disposición03 Septiembre 2015
Fecha de publicación03 Septiembre 2015
SecciónSección Única
560659
NORMAS LEGALES
Jueves 3 de setiembre de 2015
El Peruano
/
Que, en la perspectiva e implementación de los
esquemas de Gabinetes Binacionales que el Perú viene
impulsando con varios países de la región, resulta
crucial contar con la asesoría técnica y especializada
del mencionado Banco, especialmente en el ámbito del
desarrollo e integración fronterizos;
Que, es necesario que el Director General de América
viaje a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de
Venezuela, del 3 al 4 de setiembre de 2015, para sostener
reuniones con funcionarios del Banco de Desarrollo de
América Latina (CAF), a f‌i n de conocer el procedimiento
formal para llevar a cabo el acompañamiento de dicho
órgano a las actividades orientadas al desarrollo e integración
fronterizos en el marco de los Gabinetes Binacionales;
Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.° 1645,
del Despacho Ministerial, del 1 de setiembre de 2015; y el
Memorando (OPR) N.° OPR0269/2015, de la Of‌i cina de
Programación y Presupuesto, del 2 de setiembre de 2015,
que otorga certif‌i cación de crédito presupuestario al presente
viaje;
De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, modif‌i cada por la Ley N.º 28807, y
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-
2002-PCM, modif‌i cado por Decreto Supremo N.º 056-
2013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático
de la República, su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo N.º 130-2003-RE y sus modif‌i catorias; la Ley N.º
29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1
del artículo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2015;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del
Embajador en el Servicio Diplomático de la República José
Luis Salinas Montes, Director General de América, a la ciudad
de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 3 al 4
de setiembre de 2015, por las razones expuestas en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente comisión de servicios serán cubiertos
por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática
y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior,
debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no
mayor de quince (15) días calendario, al término del
referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos
Pasaje
aéreo clase
económica
US$
Viáticos
por día
US$
N° de
días
Total
Viáticos
US$
José Luis Salinas Montes 1 490,00 370,00 2+1 1110,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
posteriores a su retorno al país, el citado funcionario
diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones
Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas
y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores
1282638-1
SALUD
Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de la
Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas
de la Dirección de Salud II Lima Sur
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 542-2015/MINSA
Lima, 31 de agosto de 2015
Visto, el expediente Nº 15-075506-001, que contiene
el Of‌i cio N° 4365-2015-DG-DISA-II-LS/MINSA, emitido
por el Director General de la Dirección de Salud II Lima
Sur del Ministerio de Salud; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1023-2014/
MINSA, de fecha 31 de diciembre de 2014, se designó al
médico cirujano Luis Alberto Vergara Fernández en el cargo
de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de
Salud de las Personas de la Dirección de Salud II Lima Sur;
Que, con el documento del visto, el Director General de
la Dirección de Salud II Lima Sur, comunica de la renuncia
formulada por el profesional citado en el considerando
precedente, por lo que solicita disponer la emisión del
correspondiente acto resolutivo;
Que, con el Informe N° 633-2015-EIE-OGGRH/MINSA,
remitido mediante Memorando N° 1546-2015-OGGRH-
OARH-EIE/MINSA, la Of‌i cina General de Gestión
de Recursos Humanos del Ministerio de Salud emite
opinión favorable sobre la solicitud del Director General
de la Dirección de Salud II Lima Sur, señalando que es
procedente aceptar la renuncia formulada;
Que, en mérito a lo señalado en los considerandos
precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones
necesarias a f‌i n de asegurar el normal funcionamiento de
la citada Dirección de Salud;
Con el visado de la Directora General de la Of‌i cina
General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora
General de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, del
Viceministro de Salud Pública y de la Secretaria General; y,
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo
Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de
Remuneraciones del Sector Público y en su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en el
de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar la renuncia del médico cirujano
Luis Alberto Vergara Fernández al cargo de Director Ejecutivo,
Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas
de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1281884-1
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican el TUO del Reglamento General
de la Ley de Telecomunicaciones y los
Lineamientos de Política de Apertura del
Mercado de Telecomunicaciones del Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 005-2015-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 75º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado
por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece
dentro de las funciones del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, f‌i jar la política de telecomunicaciones a
seguir y controlar sus resultados;
Que, el artículo 37° del referido Texto Único Ordenado
establece que en virtud del principio de neutralidad las
entidades explotadoras de telecomunicaciones que
sean titulares de concesiones o autorizaciones para
prestar dos o más servicios de telecomunicaciones en
forma simultánea, están obligadas a llevar contabilidad
separada de sus actividades;

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