DECRETO DE ALCALDIA N° 020-2014/MDLCH - Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 210-MDL que concede beneficios extraordinarios de regularización de obligaciones tributarias sustanciales, formales, multas administrativas, formalización del servicio de agua potable y procedimiento de regularización de edificaciones dentro del distrito

Fecha de disposición29 Enero 2015
Fecha de publicación29 Enero 2015
El Peruano
Jueves 29 de enero de 2015
545806
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Prorrogan plazo de vigencia de
concede beneficios extraordinarios
de regularización de obligaciones
tributarias sustanciales, formales, multas
administrativas, formalización del
servicio de agua potable y procedimiento
de regularización de edificaciones dentro
del distrito
DECRETO DE ALCALDIA
N° 020-2014/MDLCH
Chosica, 22 de diciembre de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO - CHOSICA;
Visto el Informe Nº 321-2014/MDLCH-GR elevado al
despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas
remite el proyecto de Decreto de Alcaldía por el cual
solicita se amplíe la vigencia de la Ordenanza Nº 210/
MDL, hasta el 30 de enero del año 2015.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº210-MDL, publicado
el 01 de noviembre de 2014, se concede benef‌i cios
extraordinarios de regularización de obligaciones
tributarias sustanciales, formales, multas administrativas,
formalización del servicio de agua potable y procedimiento
de regularización de edif‌i caciones dentro del distrito, con
vigencia hasta el 30 de noviembre del 2014, facultándose
en la Segunda Disposición Final al señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas
complementarias para la prórroga de su vigencia.
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº019-2014/
MDLCH, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2014, el
plazo de vigencia de la Ordenanza Nº210-MDL.
Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las
facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la
SE DECRETA:
Primero.- PRORROGAR, hasta el día 30 de ENERO del
año 2015, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 210-MDL.
Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente
Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y Gerencia
de Obras Privadas para sus f‌i nes.
Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía
en el diario of‌i cial El Peruano, así como encargar a la Sub
Gerencia de Gestión Tecnológica su publicación en el
portal institucional.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
1193461-1
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
Aprueban la Reconversión de los
Términos Porcentuales de los Derechos
Administrativos vigentes contenidos en
el TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 001-2015-MPL-A
Pueblo Libre, 26 de enero de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
VISTOS:
El Memorando Nº 001-2015-MPL-GPP, 004-2015-
MPL-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,
Informe Nº 003-2015-MPL-GAF/SCON de la Subgerencia
de Contabilidad y el Memorando N° 24-2015-MPL/GAJ de
la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO;
Que, mediante Ordenanza Nº 430-MPL se aprobó el
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, en virtud
de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley
Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, y el
Que el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 062-
2009-PCM que aprueba el Formato del Texto Único
de Procedimiento Administrativos (TUPA), señala
que dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes
a la vigencia de la modificación del valor de la UIT,
las entidades deberán efectuar la reconversión de
los nuevos términos porcentuales aplicables como
resultado de la división del modo de cada derecho
de tramitación vigente, entre el nuevo valor de la UIT,
cuyo monto para el Año Fiscal 2015 ha sido fijado en
S/.3,850.00 ( Tres Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100
Nuevos Soles) mediante Decreto Supremo Nº 374-
2014-EF;
Que, conforme se aprecia en la norma acotada, la
modif‌i cación del valor de la UIT, no implica la modif‌i cación
automática del modo de los derechos de tramitación
contenidos en el TUPA; que la reconversión de los nuevos
términos porcentuales de los derechos administrativos
contenidos en el TUPA se debe publicar dentro del plazo
señalado en el considerando precedente, en el Portal de
Servicio al Ciudadano y Empresas, así como en el Portal
de la Municipalidad de Pueblo Libre;
Que mediante informe del visto, la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, presenta la Reconversión
de los Nuevos Términos Porcentuales de los Derechos
Administrativos vigentes contenidos en el TUPA vigente
de la Municipalidad actualizados en función a la UIT
establecida para el Año Fiscal 2015 en S/. 3,850.00 (Tres
Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles);
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Reconversión de los
Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos
vigentes contenidos en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Distrital de
Pueblo Libre, actualizados en función a la UIT establecida
para el año Fiscal 2015, en S/. 3,850.00 (Tres Mil
Ochocientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), según
el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto
de Alcaldía.
Artículo Segundo.- DISPONER que el texto del
presente Decreto será publicado en el Diario Of‌i cial
El Peruano y sus anexos serán publicados en el
Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ( www.
serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional
de esta Corporación Edil (www.muniplibre.gob.pe).
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y,
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento
del presente Decreto de Alcaldía, a la Secretaria General
el registro y su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano
y, a la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico su
publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad
Distrital de Pueblo Libre y en el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JHONEL LEGUIA JAMIS
Alcalde
1193483-1

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