DECRETO DE ALCALDIA N° 015 - Disponen celebración del Quinto Matrimonio Civil Comunitario 2014

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2014
El Peruano
Sábado 25 de octubre de 2014 535923
Que, el numeral 40.1 del artículo 40º de la Ley del
Procedimiento Administrativo General señala que “para
el inicio, prosecución o conclusión de un procedimiento,
las entidades quedan prohibidas de solicitar a los
administrados la presentación de la siguiente información o
la documentación que la contenga: (…) 40.1.8 Constancia
de pago realizado ante la propia entidad por algún
trámite, en cuyo caso el administrado sólo queda obligado
a informar en su escrito el día de pago y el número de
constancia de pago, correspondiendo a la administración
la veri cación inmediata.”
Que, la Ley Nº 27444 en su “Artículo 41 señala: 41.1.
Para el cumplimiento de los requisitos correspondientes
a los procedimientos administrativos, las entidades
están obligadas a recibir los siguientes documentos e
informaciones en vez de la documentación o cial, a la cual
reemplazan con el mismo mérito probatorio: 41.1.1. Copias
simples o autenticadas por los fedatarios institucionales, en
reemplazo de documentos originales o copias legalizadas
notarialmente de tales documentos. Las copias simples
serán aceptadas, estén o no certi cadas por notarios,
funcionarios o servidores públicos en el ejercicio de sus
funciones y tendrán el mismo valor que los documentos
originales para el cumplimiento de los requisitos
correspondientes a la tramitación de procedimientos
administrativos seguidos ante cualquier entidad. Solo se
exigirán copias autenticadas por fedatarios institucionales
en los casos en que sea razonablemente indispensable.
Que, asimismo la Ley Nº 27444 dispone en su “Artículo
115.1.- Para la tramitación ordinaria de los procedimientos,
es requerido poder general formalizado mediante simple
designación de persona cierta en el escrito, o acreditando
una carta poder con rma del administrado (…)”
Que, la Ley 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo
General establece en su artículo 38º, numeral 38.5, establece
que una vez aprobado el TUPA, toda modi cación que no
implique creación de nuevos procedimientos o incremento
de derechos de tramitación o requisitos, se podrán efectuar
por Decreto de Alcaldía y su publicación;
Que, es necesario modi car algunos de los requisitos
de los procedimientos Nº 12, 13, 14 y 15 de la Gerencia
de Rentas contenidos en el TUPA de la Municipalidad, a
n de que se encuentren enmarcados a las disposiciones
legales vigentes.
Estando a mérito de lo expuesto, con aprobación de la
Gerencia Municipal, opinión favorable de la Gerencia de
Asesoría Jurídica y en uso de sus facultades conferidas
por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
SE DECRETA:
Artículo 1º.- Modi car el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de
Lurigancho, especí camente respecto a los procedimientos
Nº 12, 13, 14 y 15 a cargo de la Gerencia de Rentas,
conforme al Anexo que forma parte de la presente norma.
Los procedimientos materia de modi cación son los
siguientes:
• 12 - Autorización para la ubicación de elementos
de publicidad exterior y/o anuncios en: Paneles
Monumentales: - Simples, - Unipolares;
• 13 – Avisos Publicitarios con un área de exhibición
hasta 12 m2. – Simples, - Luminosos, - Iluminados, -
Especiales;
• 14 – Avisos Publicitarios con un área de exhibición
mayor a 12 m2. – Simples, - Luminosos, - Iluminados, -
Especiales”; y
• 15 – A ches o Banderolas de Campañas y Eventos
Temporales.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Rentas el cumplimiento de la presente
norma.
Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente
norma en el Diario O cial El Peruano y en la página web
de la Municipalidad (www.munichosica.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
1154289-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Disponen celebración del Quinto
Matrimonio Civil Comunitario 2014
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015
San Juan de Lurigancho, 23 de octubre de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
VISTO: El Informe Nº 067-2014-SGRRCC-SG/MDSJL,
de fecha 21 de octubre del 2014 de la Sub Gerencia de
Registro Civil;
CONSIDERANDO:
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos
de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho,
aprobado por Ordenanza Nº 176-2009 complementarias
y modi catorias contiene en el Procedimiento Nº 3, todos
los requisitos para contraer matrimonio civil;
Que, siendo el objetivo primordial de la actual gestión
municipal propiciar las bases sólidas de formación de la
familia, contribuyendo a su consolidación, fortalecimiento,
protección y formalización como célula básica de la
sociedad en armonía con nuestro ordenamiento jurídico,
e igualmente es labor funcional administrativa, crear
medios para la formalización de las uniones de hecho
otorgando facilidades a las parejas para la celebración
del matrimonio civil, consolidando legalmente vínculos
de paternidad y protección a la familia en armonía con
Que, el Artículo 252º del Código Civil vigente faculta al
Alcalde dispensar la publicación de los avisos si median
causas razonables y siempre que se presenten todos los
documentos exigidos en el artículo 248º del mismo cuerpo
legal;
Que, el numeral 36.3) del artículo 36º de la Ley
Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo
General, señala que las disposiciones concernientes
a la eliminación de procedimientos o requisitos o la
simpli cación de los mismos, podrán aprobarse para el
caso de municipalidades por Decretos de Alcaldía;
Que, de acuerdo al Plan Operativo Institucional de
la Sub Gerencia de Registro Civil aprobado para el año
2014, dicha Sub Gerencia tiene programado llevar a cabo
el 5to. Matrimonio Civil Comunitario 2014, con ocasión
de celebrar “Las Fiestas Navideñas”, el día sábado 13
de diciembre del presente año, a las 11.00 horas, en el
Módulo Siglo XXI del Gran Parque Zonal Wiracocha;
Por las consideraciones antes expuestas, y estando
a lo establecido en el numeral 6) del Artículo 20º de la
248º y 252º del Código Civil vigente y el numeral 36.3)
del artículo 36º de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento
Administrativo General;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER la celebración del 5to.
Matrimonio Civil Comunitario 2014, con ocasión de celebrar
“Las Fiestas Navideñas”, el mismo que se llevará a cabo
el día sábado 13 de diciembre del 2014, a las 11.00 horas
en el Módulo Siglo XXI del Gran Parque Zonal Wiracocha,
ubicado en la Av. Próceres de la Independencia Cuadra
15 – San Juan de Lurigancho.
Artículo Segundo.- DISPENSAR la publicación de
los avisos a los que hace referencia el artículo 252º del
Código Civil, para la celebración del 5to. Matrimonio Civil
Comunitario 2014.
Artículo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho
de Matrimonio Civil para el 5to. Matrimonio Civil Comunitario
2014, la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles),
los mismos que estarán disgregados de la manera siguiente:
- POR GASTOS ADMINISTRATIVOS:
Pagar en Caja del Local Central por Expediente
Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100
Nuevos Soles).

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