DECRETO DE ALCALDIA N° 010-2015-MDCH - Aprueban el Tarifario del Servicio No Exclusivo del Centro Técnico de Capacitación Municipal - Convenio de Cooperación Institucional entre el CETPRO Huaral, la UGEL N° 10 de Huaral y la Municipalidad Distrital de Chancay

Fecha de disposición11 Julio 2015
Fecha de publicación11 Julio 2015
El Peruano
Sábado 11 de julio de 2015 557211
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
Aprueban el Tarifario del Servicio
No Exclusivo para los servicios del
Centro de Desarrollo de Capacidades
y Habilidades Humanas - Talleres
Productivos de la Municipalidad
Distrital de Chancay
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2015-MDCH
Chancay, 28 de mayo de 2015.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY
VISTO: La Resolución de Alcaldía Nº 455-2015-
MDCH/A, el Informe Nº 112-2015-MDCH/DDETYPS, y el
Informe Legal Nº 356-2015-MDCH/DAL; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Art. 194º de la
Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos
de gobierno local, con autonomía política, administrativa y
económica en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 455-2015-
MDCH/A, se aprobó el Proyecto: “DESARROLLO DE
CAPACIDADES HUMANAS TALLERES PRODUCTIVOS
2015”, que tiene una duración de 9 meses, cuyo costo
para su implementación y ejecución asciende a la suma
de S/. 141,750.00 nuevos soles;
Que, los Talleres Productivos del Centro de Desarrollo
de Capacidades y Habilidades Humanas de la Municipalidad
del distrito de Chancay, constituye un programa inclusivo y
de desarrollo de capacidades y habilidades en benef‌i cio de
la población, otorgando herramientas de emprendimiento
a hombres y mujeres, y a partir de ello aprovechar la
oportunidades del mercado laboral.
Que, mediante Informe Nº 112-2015-MDCH/DDETyPS
la Directora de Desarrollo, Económico, Turístico y Promoción
Social señala que los Talleres Productivos del Centro de
Desarrollo de Capacidades y Habilidades Humanas de la
Municipalidad del distrito de Chancay generaran gastos
como por ejemplo el mantenimiento del local, consumo de
servicios, remuneración de personal profesional y técnico,
asimismo el personal de apoyo (limpieza y guardianía),
por ello propone que estos gastos se podrían compensar
con un Tarifario señalando un monto simbólico por servicio
según el taller (gastronomía, industria del vestido, arte y
creatividad manual y jardinería);
Que, el Art. 37º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento
Administrativo General dispone que para aquellos
servicios que no sean prestados en exclusividad las
entidades a través de Resolución del Titular de la entidad,
se establecerán los requisitos y costos correspondientes a
los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos;
Que el Art. 42º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para
la correcta y ef‌i ciente administración municipal y resuelven
o regulan asuntos de orden general y de interés para el
vecindario, que no sean de competencia del Concejo
Municipal
Que, el Art. 20º numeral 6 del mismo cuerpo normativo,
establece que una de las atribuciones del Alcalde es la
emitir Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción
a las leyes y ordenanzas;
Que, teniendo en cuenta las normas mencionadas
y los informes de la referencia en los cuales hacen
llegar la propuesta económica de la tarifa a cobrarse
mensualmente por los servicios de Taller de Gastronomía,
de Arte y Creatividad Manual, de Industria del vestido y
de Jardinería, resulta necesario recomendar se apruebe
mediante Decreto de Alcaldía el Tarifario del Servicio No
Exclusivo para los Talleres Productivos del Centro de
Desarrollo de Capacidades y Habilidades Humanas de la
Municipalidad del distrito de Chancay;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo
Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el TARIFARIO DEL
SERVICIO NO EXCLUSIVO PARA LOS SERVICIOS
DEL CENTRO DE DESARROLLO DE CAPACIDADES Y
HABILIDADES HUMANAS – TALLERES PRODUCTIVOS
DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, el
mismo que como Anexo forma parte integrante de la
presente norma, por los motivos expuestos en la parte
considerativa del presente Decreto.
Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el presente Decreto
de Alcaldía, en el Diario Of‌i cial El Peruano y su anexo en el
Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Chancay.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Planeamiento y Presupuesto la generación de los
clasif‌i cadores de ingreso correspondiente.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Dirección de Desarrollo Económico, Turístico y
Promoción Social, Of‌i cina de Administración y Finanzas,
Of‌i cina de Planeamiento y Presupuesto y a la Of‌i cina de
Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto
de Alcaldía, en cuanto les corresponda.
Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase.
JUAN A. ALVAREZ ANDRADE
Alcalde
1261001-1
Aprueban el Tarifario del Servicio
No Exclusivo del Centro Técnico de
Capacitación Municipal - Convenio
de Cooperación Institucional entre el
CETPRO Huaral, la UGEL Nº 10 de Huaral
y la Municipalidad Distrital de Chancay
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 010-2015-MDCH
Chancay, 1 de junio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY
VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 043-2015-MDCH, el
Informe Nº 002-2015-MDCH/CETPROMCH, el Informe Nº
115-2015-MDCH/DDETYPS, y el Informe Legal Nº 361-
2015-MDCH/DAL; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Art. 194º de la
Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos
de gobierno local, con autonomía política, administrativa y
económica en los asuntos de su competencia;
Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 043-
2015-MDCH de Visto, se aprobó el “CONVENIO DE
COOPERACIÓN INSTITUCIONAL ENTRE EL CENTRO
DE EDUCACIÓN TÉCNICO PRODUCTIVA DE HUARAL
– CETPRO HUARAL, UGEL Nº 10 – HUARAL Y LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY”, el cual
consta de 14 cláusulas;
Que, mediante Informe Nº 002-2015-MDCH/
CETPROMCH, la Coordinadora del CETPRO MUNICIPAL
remite el Cuadro Tarifario del Servicio No Exclusivo del Centro
Técnico de Capacitación Municipal , en virtud al Convenio de
Cooperación Institucional entre el CETPRO Huaral, la UGEL
Nº 10 de Huaral y la Municipalidad Distrital de Chancay, en el
cual se considerará un único pago por S/. 100.00 por concepto
de matrícula y que éste se justif‌i ca por la inversión realizada
en la implementación y pago del personal;
Que, mediante Informe Nº 115-2015-MDCH/DDETyPS
la Directora de Desarrollo, Económico, Turístico y Promoción
Social señala que el Convenio de Cooperación Institucional
entre el CETPRO Huaral, la UGEL Nº 10 de Huaral y nuestra
comuna edil tiene como f‌i nalidad capacitar a los jóvenes

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