DECRETO DE ALCALDIA N° 006-2015-A/MDSJL - Prorrogan vigencia de los artículos 3°, 4° y 5° de la Ordenanza N° 287 que aprueba el “Cronograma de vencimiento de los Tributos Municipales 2015 y otorga beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de San Juan de Lurigancho”

Fecha de disposición31 Marzo 2015
Fecha de publicación31 Marzo 2015
El Peruano
Martes 31 de marzo de 2015 549857
Municipalidad de San Isidro el mismo que fue puesto
en conocimiento de la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Corporativo para la su
opinión técnica favorable;
Que, en atención a ello, la Subgerencia de Desarrollo
Corporativo con el Informe N° 117-2015-0520-SDC-
GPPDC/MSI de fecha 19 de marzo de 2015 el cual
hizo suyo la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y
Desarrollo Corporativo con el Informe N° 067-2015-0500-
GPPDC/MSI de la misma fecha, remitió su opinión técnica
favorable al proyecto de CAP Provisional, propuesto por
la Gerencia de Recursos Humanos; la misma que cuenta
con la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría
Jurídica a través del Informe N° 0253-2015-0400-GAJ/
MSI de fecha 19 de marzo de 2015;
Estando a los argumentos antes expuestos, resulta
necesario aprobar la nueva Estructura Orgánica, el
Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el
Cuadro de Asignación de Personal – CAP Provisional de
la Municipalidad de San Isidro;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9°
numeral 8) y Artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, por mayoría, y con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó la
siguiente;
ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA
ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES Y EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE
PERSONAL PROVISIONAL DE LA
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica
y Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la
Municipalidad de San Isidro, que como Anexos forman
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro de
Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad
de San Isidro, el mismo que como Anexo forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- DEROGAR la Estructura Orgánica,
el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro de
Asignación de Personal, aprobados mediante Ordenanza
N° 287-MSI y modif‌i catorias; así como toda norma que se
oponga a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General
que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° del
Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado por Decreto
Supremo N° 004-2008-PCM, la publicación del texto de
la presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial El Peruano, sin
los anexos correspondientes.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Comunicaciones e Imagen la publicación de la Estructura
Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones
– ROF y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional
de la Municipalidad de San Isidro, en el Portal Institucional
de la Municipalidad de San Isidro y en el Portal del Estado
Peruano.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Recursos Humanos, la remisión a la Autoridad Nacional
del Servicio Civil – SERVIR del archivo digital del Cuadro
de Asignación de Personal Provisional, dentro del plazo
de treinta (30) días de su aprobación.
Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Recursos Humanos y demás
unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo
dispuesto en la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.
MANUEL VELARDE DELLEPIANE
Alcalde
1218478-2
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Prorrogan vigencia de los artículos 3º,
4º y 5º de la Ordenanza Nº 287 que
aprueba el “Cronograma de vencimiento
de los Tributos Municipales 2015 y
otorga beneficios tributarios a favor de
los contribuyentes del distrito de San
Juan de Lurigancho”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2015-A/MDSJL
San Juan de Lurigancho, 27 de marzo de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
VISTO el Informe Nº 033-2015-GR/MDSJL, de fecha
23 de marzo de 2015, de la Gerencia de Administración
Tributaria, sobre prórroga de Ordenanza; y,
CONSIDERANDO:
Estado modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional,
Ley Nº 27680, establece que las municipalidades
provinciales y distritales son órganos de gobierno local
y tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el
órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y
atribuciones que la ley le señala;
Que, la Ordenanza Nº 287 del 26 de enero de 2015, en
su artículo 3º dispuso condonar el 100% de los intereses
moratorios, factor de reajustes por concepto de Impuesto
Predial y Arbitrios Municipales hasta el año 2014, y en los
artículos 4º y 5º condonar el 100% de las costas y gastos
de los procedimientos coactivos, asi como las multas
tributarias; de otro lado el artículo 6º de la citada Ordenanza
dispuso condonar y/ o exonerar el 25% del monto insoluto
de Arbitrios Municipales a aquellos contribuyentes cuyo
monto de autoavalúo y/o base imponible no supere las 3
UIT del año 2015, aplicándose a las deudas del año 2002
al 2015;
Que, en la Primera Disposición Transitoria y Final,
de la citada normativa se faculta al Sr. Alcalde, para
que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la fecha de
vencimiento y dicte las medidas complementarias para
la mejor aplicación de la Ordenanza; al respecto es
pertinente señalar que, mediante Decreto de Alcaldía
Nº 003-2015-A/MDSJL, se prorrogó el vencimiento de
la Ordenanza Nº 287, hasta el 31 de marzo del año en
curso;
Que, estando por vencer la fecha de vigencia de la
citada normativa, mediante Informe Nº 033-2015-GR/
MDSJL, de fecha 23 de Marzo del 2015, emitido por
la Gerencia de Administración Tributaria, se propone
prorrogar los artículos 3º, 4º y 5º, hasta el 20 de Abril del
2015, y el artículo 6º hasta el 31 de diciembre del 2015,
con la f‌i nalidad que nuestros contribuyentes regularicen el
pago de sus obligaciones tributarias;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de
la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº. 107
-2015-GAJ/MSJL, y de conformidad con lo dispuesto
en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de
los artículos 3º, 4º y 5º de la Ordenanza Nº 287 que
aprueba el “Cronograma de vencimiento de los Tributos
Municipales 2015 y otorga benef‌i cios tributarios a favor de
los contribuyentes del distrito de San Juan de Lurigancho”,
hasta el 20 de abril del 2015, y del artículo 6º hasta el 31
de diciembre del mismo año.

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