DECRETO DE ALCALDIA N° 006-2015-A/MDSJL - Prorrogan vigencia de los artículos 3°, 4° y 5° de la Ordenanza N° 287 que aprueba el “Cronograma de vencimiento de los Tributos Municipales 2015 y otorga beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de San Juan de Lurigancho”
Fecha de disposición | 31 Marzo 2015 |
Fecha de publicación | 31 Marzo 2015 |
El Peruano
Martes 31 de marzo de 2015 549857
Municipalidad de San Isidro el mismo que fue puesto
en conocimiento de la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Corporativo para la su
opinión técnica favorable;
Que, en atención a ello, la Subgerencia de Desarrollo
Corporativo con el Informe N° 117-2015-0520-SDC-
GPPDC/MSI de fecha 19 de marzo de 2015 el cual
hizo suyo la Gerencia de Planeamiento Presupuesto y
Desarrollo Corporativo con el Informe N° 067-2015-0500-
GPPDC/MSI de la misma fecha, remitió su opinión técnica
favorable al proyecto de CAP Provisional, propuesto por
la Gerencia de Recursos Humanos; la misma que cuenta
con la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría
Jurídica a través del Informe N° 0253-2015-0400-GAJ/
MSI de fecha 19 de marzo de 2015;
Estando a los argumentos antes expuestos, resulta
necesario aprobar la nueva Estructura Orgánica, el
Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el
Cuadro de Asignación de Personal – CAP Provisional de
la Municipalidad de San Isidro;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 9°
numeral 8) y Artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, por mayoría, y con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó la
siguiente;
ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA
ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES Y EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE
PERSONAL PROVISIONAL DE LA
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica
y Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la
Municipalidad de San Isidro, que como Anexos forman
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro de
Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad
de San Isidro, el mismo que como Anexo forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- DEROGAR la Estructura Orgánica,
el Reglamento de Organización y Funciones y el Cuadro de
Asignación de Personal, aprobados mediante Ordenanza
N° 287-MSI y modifi catorias; así como toda norma que se
oponga a la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General
que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° del
Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado por Decreto
Supremo N° 004-2008-PCM, la publicación del texto de
la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, sin
los anexos correspondientes.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Ofi cina de
Comunicaciones e Imagen la publicación de la Estructura
Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones
– ROF y el Cuadro de Asignación de Personal Provisional
de la Municipalidad de San Isidro, en el Portal Institucional
de la Municipalidad de San Isidro y en el Portal del Estado
Peruano.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Recursos Humanos, la remisión a la Autoridad Nacional
del Servicio Civil – SERVIR del archivo digital del Cuadro
de Asignación de Personal Provisional, dentro del plazo
de treinta (30) días de su aprobación.
Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Recursos Humanos y demás
unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo
dispuesto en la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.
MANUEL VELARDE DELLEPIANE
Alcalde
1218478-2
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Prorrogan vigencia de los artículos 3º,
4º y 5º de la Ordenanza Nº 287 que
aprueba el “Cronograma de vencimiento
de los Tributos Municipales 2015 y
otorga beneficios tributarios a favor de
los contribuyentes del distrito de San
Juan de Lurigancho”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2015-A/MDSJL
San Juan de Lurigancho, 27 de marzo de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
VISTO el Informe Nº 033-2015-GR/MDSJL, de fecha
23 de marzo de 2015, de la Gerencia de Administración
Tributaria, sobre prórroga de Ordenanza; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Estado modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional,
Ley Nº 27680, establece que las municipalidades
provinciales y distritales son órganos de gobierno local
y tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía el
órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y
atribuciones que la ley le señala;
Que, la Ordenanza Nº 287 del 26 de enero de 2015, en
su artículo 3º dispuso condonar el 100% de los intereses
moratorios, factor de reajustes por concepto de Impuesto
Predial y Arbitrios Municipales hasta el año 2014, y en los
artículos 4º y 5º condonar el 100% de las costas y gastos
de los procedimientos coactivos, asi como las multas
tributarias; de otro lado el artículo 6º de la citada Ordenanza
dispuso condonar y/ o exonerar el 25% del monto insoluto
de Arbitrios Municipales a aquellos contribuyentes cuyo
monto de autoavalúo y/o base imponible no supere las 3
UIT del año 2015, aplicándose a las deudas del año 2002
al 2015;
Que, en la Primera Disposición Transitoria y Final,
de la citada normativa se faculta al Sr. Alcalde, para
que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la fecha de
vencimiento y dicte las medidas complementarias para
la mejor aplicación de la Ordenanza; al respecto es
pertinente señalar que, mediante Decreto de Alcaldía
Nº 003-2015-A/MDSJL, se prorrogó el vencimiento de
la Ordenanza Nº 287, hasta el 31 de marzo del año en
curso;
Que, estando por vencer la fecha de vigencia de la
citada normativa, mediante Informe Nº 033-2015-GR/
MDSJL, de fecha 23 de Marzo del 2015, emitido por
la Gerencia de Administración Tributaria, se propone
prorrogar los artículos 3º, 4º y 5º, hasta el 20 de Abril del
2015, y el artículo 6º hasta el 31 de diciembre del 2015,
con la fi nalidad que nuestros contribuyentes regularicen el
pago de sus obligaciones tributarias;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de
la Gerencia de Asesoría Jurídica según Informe Nº. 107
-2015-GAJ/MSJL, y de conformidad con lo dispuesto
en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de
los artículos 3º, 4º y 5º de la Ordenanza Nº 287 que
aprueba el “Cronograma de vencimiento de los Tributos
Municipales 2015 y otorga benefi cios tributarios a favor de
los contribuyentes del distrito de San Juan de Lurigancho”,
hasta el 20 de abril del 2015, y del artículo 6º hasta el 31
de diciembre del mismo año.
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