77 7917 - Ratifican resolución de la Municipalidad de Santiago de Surco que declaró cumplidas obras de habilitación urbana de terreno para uso residencial

Fecha de publicación06 Diciembre 2000
Fecha de disposición06 Diciembre 2000
Pág. 195652
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 6 de diciembre de 2000
Que, la propuesta de Actualización de la Zonificación
del distrito de Miraflores se ha desarrollado dentro del
marco del Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima -
Callao 1990-2010 vigente y el Plan Urbano de Miraflores
aprobado por la Ordenanza Nº 143-MML, constituyendo
el principal instrumento técnico normativo urbanístico
dentro de su jurisdicción;
De conformidad con el Dictamen Nº 051-2000-MML-
CDU de la Comisión de Desarrollo Urbano y lo establecido
en el Artículo 134º, incisos 2) y 4) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 23853, y los Artículos 18º, 24º y 30º del
Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarro-
llo Urbano y Medio Ambiente, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 007-85-VC;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
DE ACTUALIZACION DE LA ZONIFICACION
DEL DISTRITO DE MIRAFLORES 2000-2010
Artículo 1º.- Aprobar la Actualización de la Zonifica-
ción General de los Usos del Suelo del distrito de Mira-
flores al año 2010, como instrumento técnico normativo
de ordenamiento, promoción y control del uso del suelo.
Artículo 2º.- La Zonificación General de los Usos del
Suelo del distrito de Miraflores tiene como objetivo gene-
ral propiciar la racional distribución de las actividades
urbanas en su territorio y el tratamiento urbanístico
adecuado y progresivo en función de la consolidación
urbana existente y su crecimiento y desarrollo urbano
armónico y sostenido.
Artículo 3º.- La Zonificación General de los Usos del
Suelo de Miraflores, constituye un instrumento técnico
normativo de aplicación general y cumplimiento obliga-
torio, y se aplicará en concordancia con el Plano de
Zonificación, el Plano de Alturas de Edificación, el Regla-
mento de Zonificación y el Indice de Usos para la Ubica-
ción de Actividades Urbanas del distrito, que como anexos
forman parte de la presente Ordenanza, siendo de aplica-
ción supletoria el Reglamento de Zonificación General de
Lima Metropolitana y el Indice para la Ubicación de
Actividades Urbanas de Lima.
Artículo 4º.- Aprobar las modificaciones del Plano de
Zonificación General de los Usos del Suelo del distrito de
Miraflores, en los términos que se encuentran graficados
en el Plano Nº Z-01-MDLM, que como Anexo Nº 1 forma
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 5º.- Aprobar las modificaciones al Reglamento
de Zonificación para el distrito de Miraflores, en los
términos que se especifica en el Anexo Nº 2 que forma
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 6º.- Aprobar las modificaciones del Indice de
Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas corres-
pondiente al distrito de Miraflores, en los términos que se
señala en el Anexo Nº 3 que forma parte integrante de la
presente Ordenanza.
Artículo 7º.- Aprobar las modificaciones del Plano de
Alturas de Edificación del distrito de Miraflores, Plano Nº
Z-02-MDM, que se especifica en el Anexo Nº 4, que forma
parte integrante de la presente Ordenanza, con excepción
de la zona comprendida entre el Malecón de los France-
ses, esquina con la avenida Benavides y el Malecón Ar-
mendáriz, esquina con la avenida del mismo nombre, que
estará sujeta a una revisión y propuesta específica por la
Municipalidad Distrital de Miraflores, de conformidad
con lo establecido en la Primera Disposición Transitoria y
Final de la presente Ordenanza.
Artículo 8º.- El reajuste y/o cambio de zonificación en
la jurisdicción del distrito de Miraflores, se realizará una
(1) vez al año, a partir del año 2001, con excepción de casos
en que exista probado interés público o local en determi-
nado sector o sectores del distrito, debidamente funda-
mentado, de conformidad con lo establecido por la Orde-
nanza Nº 134 de la Municipalidad Metropolitana de Lima
y el Artículo 34º del Reglamento de Acondicionamiento
Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente aproba-
do por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC.
Artículo 9º.- En todos los casos, los cambios de zonifi-
cación que formulen los particulares, de conformidad con lo
establecido por el Artículo VI del Título Preliminar del
Código del Medio Ambiente aprobado por el Decreto Legis-
lativo Nº 613, el Artículo 34º del Reglamento de Acondicio-
namiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambien-
te aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-85-VC y los
Artículos 15º y 16º de la Ordenanza Nº 134 de la Municipa-
lidad Metropolitana de Lima, deberán ser previamente
consultados por la Municipalidad Distrital al vecindario.
Artículo 10º.- Precísase que las normas especiales de
Zonificación y el Indice de Usos para la Ubicación de
Actividades Urbanas del distrito de Miraflores que se
aprueban por la presente Ordenanza, tendrán vigencia
hasta tanto el Concejo Metropolitano de Lima apruebe el
nuevo Reglamento de Zonificación General de Lima Me-
tropolitana y el Indice para la Ubicación de Actividades
Urbanas para Lima Metropolitana.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- La Municipalidad Distrital de Miraflores
queda encargada de elaborar el "Estudio de Impacto Vial"
que contenga la evaluación de la infraestructura vial y sus
efectos en el tránsito y el transporte público para el tramo
comprendido entre el Malecón de los Franceses, esquina
con la Av. Benavides y el Malecón Armendáriz, esquina
con la avenida del mismo nombre, a fin que la misma
elabore y sustente técnicamente el planteamiento de
alturas para los lotes ubicados con frente a los malecones
de dicho tramo.
Segunda.- Ratifícase el numeral IV.6 del Reglamento
de Zonificación General de Lima Metropolitana vigente,
en el sentido de que la determinación de las Zonas de
Comercio Local (C1), corresponden en su planeamiento y
aprobación mediante ordenanza a las Municipalidades
Distritales.
Tercera.- Déjase sin efecto cualquier Norma que se
oponga a la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, a los siete días del mes de noviembre del dos mil.
GERMAN APARICIO LEMBCKE
Teniente Alcalde de Lima
Encargado de la Alcaldía
13828
Ratifican resolución de la Municipali-
dad de Santiago de Surco que declaró
cumplidas obras de habilitación urba-
na de terreno para uso residencial
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 7917
Lima, 20 de octubre de 2000
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
VISTOS; el Documento Simple Nº 26366-90, Expediente
Nº 12112-98 promovidos por la ASOCIACION CULTURAL
"LA FAMILIA" y el Oficio Nº 333-2000-DDU-MSS, cursado
por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, conteni-
do en el Codificado Nº 33413-2000 de fecha 6 de setiembre del
2000; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución MLM/AM-SMDU Nº 206, de fecha
2 de abril de 1990, se aprueban, los Estudios Preliminares
de Habilitación Urbana para Uso de Vivienda "R-5", del
terreno de 13,530.00 m2, ubicado en el distrito de Santia-
go de Surco, provincia y departamento de Lima;
Que, por Resolución Nº 008-91-MLM/SMDU-DMDU,
de fecha 14 de febrero de 1991, se aprueban, de conformi-

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