ORDENANZA N° 010-2012-RMDD/CR - Declaran de interés regional la regularización de inscripciones de nacimiento de personas indocumentadas y las rectificaciones de datos en las partidas del registro de estado civil del departamento de Madre de Dios

Fecha de disposición07 Julio 2012
Fecha de publicación07 Julio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 7 de julio de 2012 470205
En la ciudad de Puerto Maldonado, a los dieciocho
días del mes de abril del año dos mil doce.
CARLOS H. MANRIQUE DE LARA ESTRADA
Consejero Delegado
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de
Dios, a los dieciocho días del mes de abril del año dos
mil doce.
JOSÉ LUIS AGUIRRE PASTOR
Presidente Regional
810253-1
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Regional Nº 006-2011-RMDD/CR
ORDENANZA REGIONAL
Nº 008-2012-GRMDD/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre
de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de
abril del 2012,
CONSIDERANDO:
que la descentralización es una forma de organización
democrática y constituye una política permanente de
Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo
fundamentalmente el desarrollo integral del país; con
ese propósito, se ha otorgado a los gobiernos regionales
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, de conformidad con el artículo 13 de la Ley
Consejo Regional es el órgano normativo y f‌i scalizador
del Gobierno Regional; el artículo 15, inciso a) de la
norma señalada, establece que es atribución del Consejo
Regional, aprobar, modif‌i car o derogar las normas
que regulen o reglamenten los asuntos y materias de
competencia y funciones del Gobierno Regional; artículo
37, Inciso a), indica que el Consejo Regional dicta
Ordenanzas y Acuerdos de Consejo Regional;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 032-2010-
RMDD/CR, se Declara de Interés Público Regional la
Protección y Defensa de los Derechos de los Pueblos
Indígenas en Aislamiento Voluntario.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 006-2011-
RMDD/CR, el Consejo Regional de Madre de Dios, ha
Declarado Temporalmente como Zona de Tránsito Fluvial
Restringido el Sector denominado Yanayacu, ubicado en la
zona de amortiguamiento del Parque Nacional del Manu,
distrito de Fitzcarrald, Provincia de Manu, Departamento
de Madre de Dios, según consta en su primer artículo, y
además de otras disposiciones. Asimismo, en su artículo
quinto, ha encargado a la Comisión Especial conformada
en su artículo precedente, el monitoreo, seguimiento y
evaluación de los avances del proceso de implementación
de la Ordenanza Regional Nº 032-2010-GRMDD/CR, así
como la elaboración e implementación de un “Programa
de Protección y Defensa de los Derechos de los Pueblos
Indígenas en Aislamiento Voluntario y Contacto Inicial de
la Región Madre de Dios”.
Que, mediante Of‌i cio Nº 373-2012-GOREMAD/PR, el
señor José Luís Aguirre Pastor, ha solicitado la prórroga
por un (01) año, de la medida restrictiva contenida en
la Ordenanza Regional Nº 006-2011-RMDD/CR, en
mérito a lo expresado y sugerido en el Informe Nº 008-
2012-GOREMAD/GRDS/SGPCYCCNN/HSY, debido a
la presencia de indígenas en aislamiento voluntario y a
la necesidad de continuar desarrollando acciones de
protección y defensa de dichos pueblos.
Que, mediante Informe Legal Nº 285-2012-GOREMAD/
ORAJ, la Dirección Regional de Asesoría jurídica, emite
opinión concordante con dicha prórroga, por los mismos
fundamentos y considerando que el tiempo de vigencia
de su aplicación por cuatro (04) meses se halla sujeto a
prórroga “si el caso lo requiere”.
Que, mediante Dictamen Nº 001-2012-GOREMAD/
CAMAAYCCNN, la Comisión Agraria, Medio Ambiente,
Amazonía y Comunidades Nativas, conforme al análisis
efectuado, se pronuncia en forma favorable a la solicitud
de prórroga efectuada, proponiendo y recomendando
al Pleno del Consejo Regional, su debate y aprobación
correspondiente.
Que, el Consejo Regional en Pleno, en Sesión
Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente,
con el voto aprobatorio por mayoría de los Consejeros
Regionales, ha considerado necesario aprobar el
Dictamen referido precedentemente.
Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso
de las facultades conferidas por la Constitución Política
del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos
Regionales y sus modif‌i catorias.
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo Primero.- PRORROGAR, por 01 (UN) año, a
partir de la fecha de publicación de la presente, la vigencia
de los artículos 1 y 5 de la Ordenanza Regional Nº 006-
2011-RMDD/CR, sobre Declaración Temporal de Zona
de Tránsito Fluvial Restringido, el Sector denominado
Yanayacu, ubicado en el Distrito de Fitzcarrald, Provincia
de Manu, Departamento de Madre de Dios, por los
fundamentos expuestos en la parte considerativa de la
presente ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaría
Técnica del Consejo Regional del Gobierno Regional de
Madre de Dios, la publicación de la presente Ordenanza
en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal Electrónico
del Gobierno Regional de Madre de Dios.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Madre de Dios, para su promulgación.
En la ciudad de Puerto Maldonado, a los dieciocho
días del mes de abril del año dos mil doce.
CARLOS H. MANRIQUE DE LARA ESTRADA
Consejero Delegado
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de
Dios, a los dieciocho días del mes de abril del año dos
mil doce.
JOSÉ LUIS AGUIRRE PASTOR
Presidente Regional
810257-1
Declaran de interés regional la
regularización de inscripciones
de nacimiento de personas
indocumentadas y las rectificaciones
de datos en las partidas del registro de
estado civil del departamento de Madre
de Dios
ORDENANZA REGIONAL
Nº 010-2012-GRMDD/CR
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre
de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 17 de
abril del 2012,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son personas de derecho público, con autonomía
política, económica y administrativa, teniendo por misión
la de organizar y conducir la gestión pública regional, de

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