Lo debido y lo indebido en el juicio político. Entre el indulto y la vacancia

AutorCésar Delgado-Guembes
Páginas165-214
165
Lo debido y lo indebido en el juicio político. Entre el
indulto y la vacancia1
César Delgado-Guembes2
INTRODUCCIÓN
Quizá la aspiración colectiva más gaseosa y espiritualmente menos asible sea
la de regir nuestros actos individuales desde el modelo o desde la perspectiva
de los valores y de los principios democráticos3. Nuestra vida cuotidiana no suele
integrarse con modos de convivencia en los que nuestras decisiones se muevan
por la voluntad de vivir como si creyéramos que es mejor regirnos por pautas de
comportamiento democrático, antes que por instintos de convivencia basados en
1 Este artículo tiene como antecedente y se basa, parcialmente, en el que previamente publicó el autor
en la revista Palestra en el enlace: http://palestraextramuros.blogspot.com/2017/12/inimputabili-
dad-y-vacancia-presidencial.html. Por esta razón se glosa y aprovecha parcialmente las reexiones
adelantadas en la referida publicación.
2 El autor es profesor de derecho y gestión parlamentaria en la Facultad de Derecho de la Ponticia
Universidad Católica del Perú, y de la Maestría en Derecho Constitucional en la Escuela de Posgrado
de la Universidad San Martín de Porres.
3 Una evidencia de la dicultad en el propósito de coexistir colectivamente según las pautas inherentes
a valores y principios democráticos es la tendencia a perder de vista que las decisiones en condicio-
nes de convivencia en una comunidad no admiten el abuso ni formas de ejercicio ilimitado de las
posiciones que se ejercen en la vida diaria. Democracia e indiferencia con la pluralidad son términos
antitéticos. Desprenderse del apetito de dominio o imponer la intolerancia con las diferencias son
hábitos y modos de vida contrarios a una civilización democráticamente constituida.
El artículo que se presenta muestra precisamente cómo formas insensibles de ejercicio del poder
causan ilegitimidad y falta de salud política. Sea porque se preere retener el poder en menoscabo
de la verdad, como porque se opta por armar ciega y convulsamente el poder de la mayoría para
forzar que el adversario reciba el castigo por haber ganado una elección. Democracia y verdad se
presuponen recíprocamente; no se contradicen como supuestos de una república virtuosa. Por la
misma razón democracia e hidalguía también se complementan, y no se oponen, cuando una elección
popular da como resultado una derrota que debe aceptarse con nobleza y humildad. La mentira y
la soberbia, en este sentido, son enemigos declarados de un Estado democrático de derecho. Estos
son dos de los aspectos que anidan debajo de la discusión periférica de la licitud o de la moralidad
de los comportamientos en los operadores de los procesos estatales.
CÉSAR DELGADOGUEMBES
166
las necesidades de sobrevivencia del más fuerte, del más poderoso, o del que más
recursos posee bajo su discreción. La vida y cultura de nuestro pueblo, en general,
se caracteriza por bolsones inconexos y espasmódicos de episodios democráticos.
Esa falta de modos efectivos, consistentes y sostenidos de comportamiento de-
mocrático en la cotidianeidad de nuestra existencia y de nuestras rutinas diarias
impacta notablemente en usos del poder, carentes también de la misma legitimidad
democrática en el ejercicio de la autoridad.
El camino para la afirmación y consolidación de una cultura y de un
Estado democráticos está sembrado de aristas difíciles y retos cuya comple-
jidad no es sencillo comprender, ni asimilar, tanto en el mundo objetivo de
la gobernabilidad que se concreta en la experiencia, las convicciones y las
vivencias personales, como, y no menos, que en la subterránea dimensión de
los afectos y de las percepciones. Uno de los aspectos característicos de un
régimen y sociedad democráticos es la lealtad y el respeto que compromete
los hábitos y decisiones de los actores en las instituciones de conformidad
con las reglas que ordenan y estructuran el mundo de la vida y los actos co-
lectivos y personales.
En situaciones de crisis es cuando las carencias agudizan la fragilidad de
su naturaleza y desbordan de manera incontenible e irrefrenable los diques del
derecho. Tanto más frágil es la sostenibilidad de las vigas democráticas cuando
el sujeto que vive en la cultura y en el Estado debe valerse más de su juicio,
de su criterio, de su discernimiento y de su discrecionalidad, que de la letra y
del texto superyoico de una norma. Es desde ese sujeto que debe armarse y
sostenerse la corrección política y moral de un Estado que apuesta y arriesga su
identidad y la operatividad funcional de su rol conando en quienes razonan y
deciden qué es lo debido, y qué es lo indebido, en lo representativo de nuestra
vida política.
Lo singular del tema que se intenta examinar es la ausencia de parámetros
normativos para el ejercicio democrático del criterio político entre quienes tie-
nen la misión de usarlo lealmente según los valores y principios propios de un
documento que deliberadamente plantea el uso del poder sin restricciones claras
e inconfundibles para denir en qué consiste una causal de remoción del mandato
del Presidente de la República, ni cuáles son los contenidos válidos y razonables
para la causal de incapacidad moral. De la corrección con que se use ese juicio o
criterio político dependen también las consecuencias del proceso y del acto de
clasicación que realiza el operador del proceso parlamentario. Pero la corrección
de esos mismos juicio y criterio es a su vez consecuencia de buenas o de malas
prácticas políticas en el ámbito de la visión democrática de nuestro proyecto de
convivencia en la república de la que somos parte.
En este artículo se plantea la elaboración de preguntas que pretenden perlar
la lógica y los límites de la vacancia presidencial a propósito de imputaciones
LO DEBIDO Y LO INDEBIDO EN EL JUICIO POLÍTICO. ENTRE EL INDULTO Y LA VACANCIA
167
basadas en la incapacidad moral. ¿Es político el juicio que se emite y articula sobre
la persona o sobre los actos del Presidente de la República cuando se calica su
conducta como moralmente reprensible? ¿Es el carácter moral que se evalúa en
un proceso de vacancia un aspecto especícamente ético? ¿Son jurídicamente
sostenibles imputaciones de orden moral, a criterio y discreción de la repre-
sentación política? ¿Qué límites son factibles de enunciar para establecer qué
comportamiento moral merece la expulsión legal del más alto puesto público
en el Perú?
La pertinencia de preguntas como las mencionadas se sustenta en el desen-
lace de acontecimientos que precipitaron la renuncia del Presidente Pedro Pablo
Kuczynski Godard en marzo de 2018, luego de una agónica y sinuosa línea de
obstáculos con los que el Congreso marcó el tablero sobre el que se debilitó la
capacidad de acción y de negociación del gobierno. Se trató de la segunda ocasión
en que se procesó, al amparo de la Constitución de 1993, un pedido de vacancia
presidencial por incapacidad moral4, y pudo acaso convertirse en el cuarto en la
historia del Perú5.
El examen que se pretende realizar tiene por nalidad, primero, comprender la
lógica del proceso que escaló hasta el agudo debilitamiento y arrinconamiento del
gobierno del presidente Kuczynski, como consecuencia de la disimilitud y oposición
de mayorías entre el gobierno y el Congreso, que resultó de las elecciones generales
de 2016; y segundo, discernir los aprendizajes que dejan los usos del proceso de
vacancia presidencia (colateral y ocasionalmente vinculado al uso constitucional
de la gracia del indulto por el presidente de la república), para determinar formas
idóneas y equitativas de su proposición, administración y gestión en la asamblea
de representantes.
Una advertencia relevante antes del desarrollo de estas reexiones sea la
breve explicación que planteo sobre la relación entre la vacancia y el indulto.
Se trabaja la cuestión de la vacancia presidencial y su relación con el indulto,
no porque el segundo sea ni se haya vinculado en sentido estricto la causa de la
primera, sino porque el perl del proceso de vacancia y el desenlace de la misma
estuvo colateral, aunque decisivamente inuenciado o afectado por la decisión
relacionada con el indulto.
4 El primer caso tuvo lugar en noviembre del año 2000, luego que se aceptaran las renuncias de los
vicepresidentes Tudela, y Márquez, y de rechazada la renuncia que mediante fax presentara desde
Tokio el ingeniero Alberto Fujimori, luego que incumpliera el permiso otorgado por el Congreso
para viajar a Brunei.
5 El primero ocurrió al inicio de la república, el año 1823, cuando se vaca al presidente José Mariano
de la Riva Agüero y Sánchez Boquete. El segundo, en 1914, se dirigió contra Guillermo Enrique
Billinghurst Angulo. Al primero por negarse a trasladar la sede del gobierno a Trujillo; al segundo
por pretender disolver el Congreso y realizar una convocatoria plebiscitaria.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR