DECRETO SUPREMO N° 036-2014-EF - Autorizan Crédito Suplementario para la incorporación de los recursos del FONIPREL en el Año Fiscal 2014 a favor de los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales ganadores de la convocatoria FONIPREL 2013

Fecha de disposición15 Febrero 2014
Fecha de publicación15 Febrero 2014
El Peruano
Sábado 15 de febrero de 2014 516901
Autorizan Crédito Suplementario
para la incorporación de los recursos
del FONIPREL en el Año Fiscal 2014
a favor de los Gobiernos Locales y
Gobiernos Regionales ganadores de la
convocatoria FONIPREL 2013
DECRETO SUPREMO
Nº 036-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba Crédito
Suplementario y Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,
dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, creó
el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional
y Local – FONIPREL, cuya f‌i nalidad es el f‌i nanciamiento
o cof‌i nanciamiento de proyectos de inversión pública de
los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, para lo
cual podrán destinarse los recursos al f‌i nanciamiento o
cof‌i nanciamiento de estudios de preinversión;
Que, la Ley N° 29125, Ley que establece la
implementación y el funcionamiento del Fondo de
Promoción a la Inversión Pública Regional y Local –
FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 204-2007-EF, establecieron que los estudios
de preinversión o proyectos de inversión pública antes
referidos, deben estar orientados a reducir las brechas en
la provisión de los servicios e infraestructura básicos, que
tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza y
pobreza extrema en el país;
Que, la Ley N° 29125 y su Reglamento establecieron
la implementación y el funcionamiento del FONIPREL,
disponiendo que la Secretaría Técnica presenta la
lista de los estudios de preinversión y/o proyectos de
inversión pública que hayan resultado seleccionados al
Consejo Directivo del FONIPREL, el cual procede a su
aprobación;
Que, el numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº
29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2013, autorizó a la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público a depositar en las
cuentas del FONIPREL, con cargo a los saldos de los
recursos del Tesoro Público al 31 de diciembre de 2012,
la suma de CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00), los que se sujetan
a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 030-2008,
así como a las disposiciones legales vigentes que regulan
el referido fondo, quedando dichos recursos exceptuados
de lo establecido en el literal a) del numeral 7.1 del artículo
7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27245, Ley de
Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modif‌i catorias,
Que, los ingresos del FONIPREL se encuentran
constituidos por los recursos señalados en el artículo 6 de
la Ley N° 29125;
Que, en tal sentido, la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público, reporta que los recursos
del FONIPREL depositados en el Banco Central de Reserva
del Perú, ascienden en la Cuenta Moneda Nacional,
a un monto de SETECIENTOS TRECE MILLONES
DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA
Y TRES Y 69/100 NUEVOS SOLES (S/. 713 273,133,69)
y en la Cuenta Moneda Extranjera que ascienden a un
monto de NOVENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS
TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA
Y UNO Y 30/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 95
535,971,30);
Que, el numeral 1.3 del artículo 1 del Decreto
de Urgencia N° 030-2008 y la Única Disposición
Complementaria de la Ley N° 29125, disponen que los
recursos del FONIPREL se depositan en la cuenta del
Fondo y se incorporan anualmente mediante Decreto
Supremo refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas en la fuente de f‌i nanciamiento “Recursos
Determinados” del Presupuesto Institucional de las
entidades cuyos estudios de preinversión o proyectos de
inversión resulten ganadores del concurso a solicitud de
la Secretaría Técnica del FONIPREL;
Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión
ordinaria del 16 de octubre de 2013, aprobó la lista de los
estudios de preinversión y proyectos de inversión pública
de la Convocatoria FONIPREL 2013 seleccionados por la
Secretaría Técnica para el respectivo cof‌i nanciamiento,
por un monto total de SEISCIENTOS TRES MILLONES
SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS
TREINTA Y CINCO Y 16/100 NUEVOS SOLES (S/. 603
793 235,16);
Que, la Secretaría Técnica del FONIPREL suscribió
los respectivos convenios de cof‌i nanciamiento con
Nº Ubigeo Departamento Provincia Distrito Clasif‌i cación municipal Asignación de recursos
por el cumplimiento de
metas PI al 31 de Julio
de 2013
(S/.)
Asignación adicional
por cumplimiento de
todas las metas (31 de
diciembre de 2012 y 31
de julio de 2013)
(S/.)
Asignación
total 2do
periodo 2013
(S/.)
8 60702 CAJAMARCA HUALGAYOC CHUGUR No CP, menos de 500 VVUU 229,782 0.00 229,782
9 80105 CUSCO CUSCO SAN SEBASTIAN CPB 616,226 0.00 616,226
10 81301 CUSCO URUBAMBA URUBAMBA No CP, más de 500 VVUU 521,766 375,125 896,891
11 90101 HUANCAVELICA HUANCAVELICA HUANCAVELICA CPB 1,502,778 1,647,292 3,150,070
12 140111 LAMBAYEQUE CHICLAYO PICSI No CP, más de 500 VVUU 115,513 179,641 295,154
13 150115 LIMA LIMA LA VICTORIA CPA 522,502 0.00 522,502
14 150123 LIMA LIMA PACHACAMAC CPB 2,271,109 0.00 2,271,109
15 150128 LIMA LIMA RIMAC CPA 494,457 0.00 494,457
16 150132 LIMA LIMA SAN JUAN DE LURIGANCHO CPA 5,457,621 0.00 5,457,621
17 150133 LIMA LIMA SAN JUAN DE MIRAFLORES CPA 1,057,564 0.00 1,057,564
18 150137 LIMA LIMA SANTA ANITA CPA 556,334 0.00 556,334
19 150201 LIMA BARRANCA BARRANCA CPB 882,318 0.00 882,318
20 150607 LIMA HUARAL LAMPIAN No CP, menos de 500 VVUU 16,325 0.00 16,325
21 150805 LIMA HUAURA HUALMAY CPB 225,145 0.00 225,145
22 150906 LIMA OYON PACHANGARA No CP, más de 500 VVUU 26,645 0.00 26,645
23 200104 PIURA PIURA CASTILLA CPB 1,307,618 0.00 1,307,618
24 200804 PIURA SECHURA CRISTO NOS VALGA No CP, más de 500 VVUU 85,243 69,167.00 154,410
25 210402 PUNO CHUCUITO DESAGUADERO No CP, más de 500 VVUU 283,392 0.00 283,392
26 230110 TACNA TACNA CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIP CPB 539,189 0.00 539,189
27 230301 TACNA JORGE BASADRE LOCUMBA No CP, menos de 500 VVUU 29,023 0.00 29,023
28 240203 TUMBES CONTRALM IRANT E
VILLAR CANOAS DE PUNTA SAL No CP, más de 500 VVUU 56,858 0.00 56,858
TOTAL 18,498,688 2,789,069 21,287,757
1051301-7

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