De las Cortes de León a la Constitución de Cádiz

AutorLourdes Y. Zegarra Miranda
CargoAbogada Constitucionalista y de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Páginas48-67
DE LAS CORTES DE LEÓN A LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ
Por: Lourdes Y. Zegarra Miranda1
Abogada Constitucionalista y de Derechos Humanos
de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
“… Vale un Perú solamente aquel que conduzca al mundo por caminos de
decencia hacia rumbos de Libertad. Solamente las cosas dignas y capaces de
llevar la felicidad y la igualdad todos los hombres valen un Perú.
La reivindicación del nombre y la fama del Perú esta en borrar todo recuerdo
del aura sacra fames.
No más Perú igual oro. Estaremos orgullosos los peruanos cuando estas
cuatro letras de Perú sean inseparables de su recto sentido: pro justitiae”.
Luis E. Valcárcel2.
I
INTRODUCCIÓN
niciar cualquier estudio acerca de las Cortes de Cádiz nos remonta a épocas en las que luchas
y revoluciones importantes en la historia nos muestran a muchos inmolándose por ideales
de igualdad y justicia, lo que incluso puede llevarnos a comprender la necesidad del respeto
de los derechos y de su reconocimiento un texto que asuma el carácter de directriz de un Estado:
La Constitución.
Aún cuando los años han pasado, no se puede olvidar la importancia de las fuentes
históricas del derecho constitucional, siendo importante considerar en este aspecto, la historia
de las constituciones, que tiene en cuenta lo que cada una ha signicado en la evolución de las
sociedades; y en nuestro caso, a aquellos primeros indicios de que han inuenciado la vida
Constitucional del Perú, como lo fueron: la primera Carta Magna de 1215 dada por Juan sin
Tierra; también la Constitución de Filadela promulgada en 1787 en los Estados Unidos, y en
Francia la Declaración de los Derechos del Hombre y del ciudadano en 1789.
I
Bicentenario Constitución de Cádiz 1812 - 2012
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En nuestra Historia Constitucional, la mayoría de tratadistas han señalado que la primera
Constitución que rigió al Perú fue aquella promulgada tras la proclama de la independencia: La
Constitución 1823; desconociéndose de manera arbitraria inuencias foráneas que marcaron
nuestra historia constitucional y que también rigieron el orden normativo de nuestro país cuando
aún no era la república independiente que es hoy.
Sin ánimos de contradecir las tesis planteadas, y con respeto de las opiniones señaladas,
resultaría importante el incluir dentro del desarrollo de nuestra historia Constitucional a las
Cortes de Cádiz y la Constitución que estas proclamaron, cuyo texto rigió al Perú durante cerca
de dos años, como una de las fuentes primigenias de nuestro constitucionalismo.
Quizá sea esta la mejor justicación para la pequeña investigación que a continuación
se presenta, pues resulta relevante conocer los aportes de la Constitución de Cádiz a nuestra
historia, y como ello inuyó en cada una de las Constituciones que el Perú ha tenido en su vida
republicana.
En este sentido, la presente investigación toma en cuenta los antecedentes y el contexto
histórico que se vivía en España y sus colonias desde inicios del siglo XIX, para luego analizar la
convocatoria, el traslado y la apertura de las Cortes de Cádiz, la promulgación de la Constitución
de Cádiz, así como su posterior debacle con el retorno del absolutismo; así también de manera
paralela revisar la situación que atravesaba el Perú mientras entraba en vigencia la denominada
Constitución Gaditana en nuestro país.
II
ANTECEDENTES Y CONTEXTO HISTÓRICO
Se ha señalado que entre España y Francia existía una alianza político-militar de
apoyo contra Inglaterra, en virtud de la cual apoyaron la independencia de las trece colonias
de Norteamérica, con armamento y nanzas. Así también, en 1805, enfrentaron a Inglaterra en
el Combate de Trafalgar, en donde fueron derrotados, sin embargo esta fue una derrota dura de
aceptar ya que España perdió allí toda su armada y gastó 10 millones de pesos provenientes de las
rentas de Lima, hecho que golpeó más la alicaída posición de los criollos3.
En 1808, el interés de controlar más territorios y recursos hizo que Francia invadiera
España y Portugal, para que contando con mayores recursos pudiera enfrentar a su mayor
enemigo, que hasta ese entonces continuaba siendo Inglaterra. Entonces el Imperio Napoleónico
transgredió el pacto con España al invadir su territorio. No conforme con la invasión napoleónica
a España, fueron tomados prisioneros Carlos IV y Fernando VII, obligándolos a abandonar
el trono en la Conferencia de Bayona. Napoleón entregó el poder a su hermano José, siendo
nombrado rey.
Lourdes Zegar ra Miranda
Abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Lima. Egresada de la Maestría en Derecho Constitucional y Derechos
Humanos de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
Texto tomado de su Libro: “La Ruta Cultural del Perú”. Pág. 15
ADUNI. Compendio de Historia del Perú. Pág. 298 y 299
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