Corsi e ricorsi del certiorari constitucional

AutorCésar Landa Arroyo
Páginas41-70
Corsi e ricorsi del certiorari
constitucional
sar Landa Arroyo
SUMARIO: 1. PRESENTACIÓN. 2. EL CERTIORARI EN EL DERECHO
CONSTITUCIONAL PROCESAL COMPARADO. 3. LOS AVANCES EN LA IN-
CORPORACIÓN DEL CERTIORARI CONSTITUCIONAL VÍA EL RECURSO
DE AGRAVIO CONSTITUCIONAL. 4. FUNDAMENTOS QUE SIRVIERON
PARA INTRODUCIR EL CERTIORARI CONSTITUCIONAL VÍA EL RAC. 5.
LA CONFIGURACIÓN JURISPRUDENCIAL DEL RAC A PARTIR DE LOS
PRECEDENTES VINCULANTES DE LOS EXPS. N° 02877-2005-PHC/TC Y
4853-2004-PA/TC. 6. NUEVO PRECEDENTE DEL TC SOBRE EL RAC:
LA SENTENCIA DEL EXP. N° 00987-2014-PA/TC, CASO FRANCISCA LILIA
VÁSQUEZ ROMERO, PRIVILEGIO DE LA DIMENSIÓN NEGATIVA DEL
RAC. 7. CONCLUSIONES.
1. PRESENTACIÓN
Desde el Derecho Romano la justicia que tarda no es justicia;
por eso el célebre Séneca decía que: “nada se parece tanto
a la injusticia, como la justicia que tarda”. En el actual Es-
tado constitucional se considera como un derecho fundamental
del ciudadano acudir a la justicia, para que esta resuelva su caso
en el plazo previsto por la ley. Sin embargo, es una realidad en
los sistemas de impartición de justicia que los plazos legales no se
cumplen; en cuyo caso es exigible que la autoridad se pronuncie
en un plazo razonable.
Las dilaciones judiciales indebidas en la tramitación de los
procesos constitucionales, tiene como efecto que la carga procesal
en el corto plazo se convierta en una sobre carga procesal, si no se
afronta directamente el problema de la impartición oportuna de
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la justicia constitucional. La eciencia o ineciencia en el manejo de la carga
procesal se puede medir a través de los indicadores de congestión judicial
elaborados por el Banco Mundial.1
Al respecto, cuando el número pendiente de expedientes por resolver, al
nal de un período, es superior a un quinto (20%) del total de casos existentes
pendientes e ingresados—, dividido por el número de casos resueltos, resulta
inmanejable dicha carga procesal, sino hay cambios sustantivos y cuantitativos
de los procesos de tramitación de los expedientes. Lo cierto es que la ratio de
causas pendientes del Tribunal se ha ido incrementando en los últimos años.
Pero, también, el número de expedientes resueltos ha disminuido y en algunos
casos incrementado y en plazos más rápidos, debido a la mayor tasa de pro-
ductividad judicial2. Motivo por el cual, no por un mayor esfuerzo y agilidad
procesal los magistrados han logrado disminuir el número de expedientes
pendientes por año. Lo que exige del Tribunal tomar medidas y previsiones
para afrontar el evidente problema de la congestión y sobrecarga procesal.
Pero, cabe aclarar que la eciencia de la justicia constitucional no solo es
una cuestión cuantitativa de resolución de causas pendientes, sino, fundamen-
talmente, cualitativa. Por eso se ha señalado que: “la ecacia de la justicia se
encuentra en la actualidad íntimamente ligada a la de un modelo de proceso
que, sin olvidar sus principios consustanciales (contradicción igualdad de
armas, dispositivo en las democracias occidentales), posibilite una rápida
solución del conicto…”3, en aras a tutelas los derechos fundamentales y
asegurar la supremacía constitucional.
Por ello, desde la reinstalación del Tribunal Constitucional (en adelante
TC o el Tribunal) en el año 2000, con la reincorporación de los magistrados
destituidos por la dictadura fujimorista en 1997, y, la renovación de la compo-
sición de los magistrados constitucionales en los años 2002 y 2004, la justicia
1 World Bank. Perú. Judicial Reform Project, Report N° 17137-PE, Latin America and
the Caribbean Region, Country Management Unit 6, Poverty Reduction and Economic
Management, s/l, October 27, 1997, p. 64.
2 Tribunal Constitucional. Proyecto de Fortalecimiento Institucional del Tribunal
Constitucional del Perú. Estudio de Perl de Proyecto. Lima, noviembre de 2005, pp. 14
ss. En el Poder Judicial se produce un fenómeno similar, de un progresivo incremento
anual de los expedientes pendientes de resolución; lo que genera un incremento del
índice de congestionamiento judicial a nivel nacional, pero sin visos de solución. Ver:
Hernández, Wilson. “Indicadores Judiciales: ¿Sirvió invertir en Módulos Básicos de
Justicia para reducir la carga procesal?”. Justicia Viva N° 33, Lima, 16 de junio de 2003.
Informativo electrónico del Consorcio Justicia Viva.
3 Gimeno sendra, Vicente “Causas históricas de la inecacia de la justicia”. En W.
Wedekind (editor). Justice and Efciency. General reports and discussions, The eight world
conference on procedural law. Deventer: Dutch Association for Procedural Law, Kluwer
Law and Taxation Publishers, 1989, p. 19

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