CONVENIO, INTERNACIONALES, CONVENIOS INTERNACIONALES, RELACIONES EXTERIORES - Convenio de Financiación N° DCI-ALA/2020/041-767 para el Proyecto “Violencia contra las Mujeres: Fortalecer la Prevención y la Justicia”, firmado por la Unión Europea y la República del Perú-CONVENIO-INTERNACIONALES

EmisorConvenios Internacionales
Fecha de la disposición10 de Marzo de 2021

Convenio de Financiación N° DCI-ALA/2020/041-767 para el Proyecto “Violencia contra las Mujeres: Fortalecer la Prevención y la Justicia”, firmado por la Unión Europea y la República del Perú

CONVENIO DE FINANCIACIÓN

CONDICIONES PARTICULARES

La Comisión Europea, en lo sucesivo denominada «la Comisión», en nombre de la Unión Europea, en lo sucesivo denominada «la UE»,

por una parte, y

la República del Perú, en los sucesivo denominada «el Socio», representada por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional en su calidad de Coordinador Nacional, considerando que el presente Convenio de Financiación se enmarca en el “Convenio Marco relativo a la Ejecución de la Ayuda Financiera y Técnica y de la Cooperación Económica en la república del Perú en virtud del Reglamento ALA” y, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Poder Judicial, como Organismos Ejecutores,.

por otra,

han convenido en lo siguiente:

Cláusula 1 — Naturaleza de la acción

1.1. La UE se compromete a conceder y el socio se compromete a aceptar la financiación de la siguiente acción:

Denominación: Violencia contra las mujeres: fortalecer la prevención y la justicia

Número de decisión CRIS: DCI-ALA/2020/041-767

Esta acción se financiará con cargo al presupuesto de la UE en el marco del siguiente acto de base: Instrumento de Cooperación al Desarrollo.

1.2. El coste total estimado de la acción asciende a 6.750.000 EUR (seis millones setecientos cincuenta mil euros), y el importe máximo de la contribución de la UE a esta acción se fija en 5.000.000 EUR (cinco millones de euros).

1.3. El socio no cofinanciará la acción.

La acción es cofinanciada en régimen de financiación paralela por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y por Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) GmbH. El desglose de esta contribución financiera figura en el anexo I (Disposiciones Técnicas y Administrativas).

Cláusula 2 — Período de ejecución

2.1. El período de ejecución del presente Convenio de Financiación, tal y como se define en la cláusula 15 del anexo II (Condiciones Generales), comenzará a correr en el momento de la entrada en vigor del presente Convenio de Financiación y finalizará 72 meses después de esa fecha.

2.2. La duración de la fase de ejecución operativa se fija en 48 meses.

2.3. La duración de la fase de cierre se fija en 24 meses.

Cláusula 3 - Destinatarios

Todas las comunicaciones relativas a la ejecución del presente convenio se cursarán por escrito, harán referencia expresa a esta acción, tal y como se define en la cláusula 1.1 de las presentes Condiciones Particulares, y se enviarán a las siguientes direcciones:

  1. Para la Comisión

    Delegación de la Unión Europea en el Perú Jefe de la Delegación

    Av. Victor Andrés Belaúnde 332, 5º piso, Edificio CROMO Lima 27, PERÚ

    Tel. (51-1) 415 0800

    Fax. (51-1) 421 4563

  2. Para el socio

    ORGANISMO EJECUTOR

    Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Ministra

    Jr. Camaná 616 616 Cercado de Lima – Lima Perú

    Tel.: (511) 626 1600

    ORGANISMO EJECUTOR

    Poder Judicial Presidente

    Av. Paseo de la República S/N Palacio Nacional de Justicia, Cercado, Lima Perú

    Tel.: (511) 410 1010 Anexo 1154

    Correo: octi@pj.gob.pe

    Con copia a:

    Agencia Peruana de Cooperación Internacional

    Director Ejecutivo Avenida José Pardo 261 Miraflores – Lima 18 Perú Tel.: (511) 617 3600

    Correo: mesadepartes@apci.gob.pe

    Cláusula 4 — Punto de contacto de la OLAF

    El punto de contacto del socio que esté debidamente facultado para cooperar directamente con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) a fin de facilitar las actividades operativas de la OLAF será: Luis Canales, E-mail: lcanales@apci.gob.pe

    Cláusula 5 - Anexos

    5.1. El presente convenio de financiación se compone de:

  3. Las presentes Condiciones Particulares.

  4. El anexo I: Disposiciones Técnicas y Administrativas, en las que se exponen detalladamente los objetivos, los resultados previstos, las actividades, la descripción de las tareas de ejecución del presupuesto encomendadas y el presupuesto de esta acción.

  5. El anexo II: Condiciones Generales.

    5.2. En caso de conflicto entre, por una parte, las disposiciones de los anexos y, por otra, las disposiciones de las presentes Condiciones Particulares, prevalecerá lo dispuesto en estas últimas. En caso de conflicto entre, por una parte, las disposiciones del anexo I (Disposiciones Técnicas y Administrativas) y, por otra, las disposiciones del anexo II (Condiciones Generales), prevalecerá lo dispuesto en estas últimas.

    Cláusula 6 — Disposiciones de inaplicación excepcional o complementarias del anexo II (Condiciones Generales)

    No aplicable.

    Cláusula 7 — Entrada en vigor

    El presente convenio de financiación entrará en vigor en la fecha en que la Comisión reciba una notificación del socio que confirme la finalización de los procedimientos internos del socio necesarios para tal fin. La Comisión informará al socio de la fecha de recepción de esta notificación. El presente convenio de financiación no entrará en vigor si la Comisión no recibe dicha notificación a más tardar el 31/12/2021.

    Hecho en 6 ejemplares con valor de original, habiéndose entregado 3 ejemplares a la Comisión y 3 al socio.

    POR EL SOCIO Coordinador Nacional José Antonio Gonzales Norris Director Ejecutivo Agencia Peruana de Cooperación Internacional Firma: Fecha:________________ POR LA COMISIÓN Jolita Butkeviciene Directora para América Latina y el Caribe Dirección General para la Cooperación Internacional y el Desarrollo Firma: (e-signed) Fecha: 27 de noviembre de 2020
Anexo I DISPOSICIONES

TÉCNICAS ADMINISTRATIVAS

Violencia contra las mujeres: fortalecer la prevención y la justicia

1.Título/número CRIS Violencia de género contra las mujeres: fortalecer la prevención y la justicia Nº CRIS: DCI-ALA/2020/041-767 Financiado bajo el Instrumento de Cooperación al Desarrollo
2.Zona beneficiaria de la acción/localización Perú
3.Documento de programación Programa indicativo plurianual 2014-2020
4.Objetivos de desarrollo sostenible ODS 5: Igualdad de género ODS 10: Reducción de las desigualdades SDC 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
5.Sector de concentración/ ámbito temático Igualdad de género Ayuda al Desarrollo: SÍ
6. Importes y contribución concernidos Costo total estimado: 6 750 000 EUR 5 000 000 EUR contribución de la UE 1 750 000 EUR contribución de terceros (socios de ejecución): a ser implementado por las agencias bilaterales de Alemania (GIZ / 750 000 EUR) y de España (AECID / 1 000 000 EUR).
7. Modalidad (es) de ayuda y modalidad de implementación Modalidad de proyecto — Gestión indirecta con la GIZ (socio de ejecución) — Agencia Alemana para la Cooperación Internacional: Acuerdo de Contribución con GIZ — Gestión indirecta con la AECID (socio de ejecución) — Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo : Acuerdo de Contribución con AECID Gestión directa : a través de la contratación pública.
8. a) Código (s) CAD 15180: Eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas 15130: Desarrollo legal y judicial
b) Principal canal de distribución 13000 — Gobierno del tercer país (cooperación delegada)
9. Marcadores (del Formulario CAD de CRIS) Objetivo político general No específico Objetivo significativo Objetivo principal
Desarrollo participativo/buena gobernanza
Ayuda al medio ambiente
Igualdad de género y capacitación de la mujer y la niña
Desarrollo del comercio
Salud reproductora, materna, neonatal y salud infantil
Indicadores del Convenio RIO No dirigida Objetivo significativo Objetivo principal
Biodiversidad
Desertificación
Mitigación del cambio climático;
Adaptación al cambio climático;
10.Iniciativas temáticas emblemáticas del programa «Retos y bienes públicos globales » NA

RESUMEN

La violencia contra las mujeres en el Perú sufre elevadas tasas de impunidad y tolerancia social. Se trata de un problema generalizado en todos los ámbitos, incluidos el hogar, la escuela, el trabajo y los espacios públicos, y la investigación, procesamiento y condena de los delitos siguen sin recibir la prioridad que merecen. En 2017, el Ministerio Público recibió 13,685 denuncias de agresiones sexuales, aunque solo fueron dictadas 1,199 condenas (9 %). El Defensor del Pueblo declaró que uno de cada cuatro feminicidios fue precedido de una denuncia formal ante la policía, que no había dado lugar a mecanismos eficaces de prevención y represión.

En 2018, el Presidente Vizcarra declaró la lucha contra la violencia contra la mujer una de las prioridades del Estado y, mediante Decreto Legislativo Nº 1368 se creó el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. La garantía del acceso a la justicia y el castigo a los agresores sigue siendo un reto, ya que persisten los hábitos, las percepciones y las prácticas culturales que legitiman la violencia contra la mujer. Las políticas públicas no se han centrado suficientemente en la prevención y han estado dominadas por pequeñas acciones específicas que carecen de coordinación.

La pandemia COVID-19 y las medidas de confinamiento habrían provocado un aumento del número de casos de violencia contra la mujer. Entre marzo y abril de 2020, 3,060 personas fueron encarceladas por agresión sexual y heridas a mujeres o miembros de la familia. El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, reforzó sus líneas directas, enseñó a docentes a detectar la violencia en línea, emitió vídeos, publicó y distribuyó materiales informativos. El Gobierno, mediante Decreto Legislativo Nº 1470, de fecha 27 de abril de 2020, estableció medidas específicas para reforzar la actuación del Estado peruano a fin de...

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