Control difuso por parte de los tribunales administrativos. A propósito de la sentencia dictada por el Tribunal Constitucional, de fecha 14 de noviembre de 2005, en el expediente N.º 3714-2004-AA/TC

AutorJuan Morales Godo
CargoProfesor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Páginas115-126
Control difuso por parte de los tribunales administrativos 115
Sumario: I. Introducción. II. Del Estado de Derecho al Estado Constitucio-
nal. III. El principio de legalidad. IV. Jerarquía de las normas, interpreta-
ción y argumentación en el Estado Constitucional. V. Análisis del caso en lo
referente al control de constitucionalidad y control de legalidad de los actos
de la administración. VI. A manera de conclusión.
I. INTRODUCCIÓN
La sentencia dictada por el Tribunal Constitucional perua-
no, con fecha 14 de noviembre de 2005, recaída en el ex
pediente N.º 3741-2004-AA/TC, y su aclaratoria de fe-
cha 13 de octubre de 2006, considerada como precedente cons-
titucional, analiza y determina la posibilidad de ejercer el control
difuso por parte de los organismos administrativos o tribuna-
les administrativos que dicen Derecho, lo que constituye una
posición novísima, ya que se ha entendido –tradicionalmente–
que se trata de una atribución que sólo la tienen los órganos
jurisdiccionales, en nuestro caso el Poder Judicial y el Tribunal
Constitucional.
Control difuso por parte de los
tribunales administrativos
A propósito de la sentencia dictada por el Tribunal
Constitucional, de fecha 14 de noviembre de 2005, en
el expediente N.º 3714-2004-AA/TC
JUAN MORALES GODO*
*Profesor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y de la
Pontificia Universidad Católica del Perú.

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