El contrato de obra

AutorMario Castillo Freyre - Laura Castro Zapata
Cargo del AutorMagíster y Doctor en Derecho - Abogada por la Universidad Femenina del Sagrado Corazón
Páginas919-987

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El Contrato de obra

Mario Castillo Freyre* Laura Castro Zapata**

Sumario:. 1. Introducción.— 1.1. De lo abstracto a lo concreto.— 1.2. Las difíciles Obligaciones.— 1.3. Un modelo de éxito.— 1.4. 800 páginas frente a 80.— 1.5. El primer «diseño» de la obra.— 1.6. Mis verdaderos beneficios.— 2. Concepto.— 3. Objeto de las prestaciones de los contratantes.— 4. Características del contrato de obra.— 4.1. En cuanto al nombre.— 4.2. En cuanto a su regulación.— 4.3. En cuanto a su estructura.— 4.4. En cuanto a su contenido o área.— 4.5. En cuanto a su autonomía.— 4.6. En cuanto a su formación.— 4.7. En cuanto al tiempo.— 4.8. En cuanto a su negociación.— 4.9. En cuanto al rol económico.— 4.10. En cuanto a su función.— 4.11. En cuanto a los sujetos a quienes obliga.— 4.12. En cuanto a la prestación.— 4.13. En cuanto a la valoración.— 4.14. En cuanto al riesgo.— 4.15. En cuanto a sus efectos.— 5. El subcontrato de obra.— 5.1. Características.— 5.1.1. En cuanto al nombre.— 5.1.2. En cuanto a su regulación.— 5.1.3. En cuanto a su estructura.— 5.1.4. En cuanto a su contenido o área.— 5.1.5. En cuanto a su autonomía.— 5.1.6. En cuanto a su formación.— 5.1.7. En cuanto al tiempo.— 5.1.8. En cuanto a su negociación.— 5.1.9. En cuanto al rol económico.— 5.1.10. En cuanto a su función.—

∗ Magíster y Doctor en Derecho. Abogado por la Pontificia Universidad

Católica.del.Perú..Profesor.principal.en.dicha.universidad.y.en.la.Universidad.Femenina.del.Sagrado.Corazón..Profesor.en.la.Universidad.de. Lima..Socio.del.Estudio.que.lleva.su.nombre..www.castillofreyre.com. . ∗∗.. Abogada.por.la.Universidad.Femenina.del.Sagrado.Corazón..Profesora.en. dicha casa de estudios. Alumna del Doctorado en Derecho de la Pontificia Universidad.Católica.del.Perú..Socia.del.Estudio.Mario.Castillo.Freyre.

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5.1.11. En cuanto a los sujetos a quienes obliga.— 5.1.12. En cuanto a la prestación.— 5.1.13. En cuanto a la valoración.— 5.1.14. En cuanto al riesgo.— 5.1.15. En cuanto a sus efectos.— 5.2. La autorización escrita del comitente.— 5.2.1. Si se trata de una subcontratación por el íntegro de la obra.— 5.2.2. Si se trata de una subcontratación parcial de la obra.— 6. Los materiales necesarios para la elaboración de la obra.— 7. Obligaciones del contratista.— 7.1. Obligación de ejecutar la obra conforme a los principios que inspiran el pago.— 7.2. Obligación de dar aviso al comitente sobre eventuales defectos.— 7.3. Obligación de pagar los materiales, si éstos se perjudican.— 8. Prohibición de introducir variaciones.— 9. Obra por ajuste alzado.— 10. Derecho de inspección por el comitente.— 10.1. El derecho de inspección propiamente dicho.— 10.2. Cuando se compruebe que la obra no está siendo ejecutada conforme a lo convenido.— 10.3. Condiciones del inspector en obras destinadas a tener larga duración.— 10.4. Supuesto en el cual se compruebe la ejecución defectuosa de la obra.— 11. Derecho a la comprobación.— 11.1. Descuido del comitente en realizar la comprobación.— 11.2. Descuido del comitente en comunicar el resultado de la comprobación.— 12. Recepción sin reserva.— 13. Obra a satisfacción del comitente.— 14. Obra por pieza o medida.— 15. Responsabilidad por diversidades y vicios exteriores de la obra.— 15.1. Las diversidades.— 15.2. Los vicios de la obra.— 15.3. Descargo de responsabilidad.— 16. Acciones derivadas por diversidades o vicios exteriores.— 16.1. Supuesto en el cual las diversidades o vicios exteriores no hacen inútil la obra para el comitente.— 16.2. Supuesto en el cual las diversidades o vicios exteriores hacen inútil la obra para el comitente.— 16.3. Deber de comunicar la existencia de diversidades o vicios de la obra.— 17. Responsabilidad del contratista por destrucción, vicios o ruina sobreviniente.— 17.1. La destrucción o ruina de la obra.— 17.2. El plazo establecido por el artículo 1784 del Código Civil es de caducidad y no de prescripción.— 17.3. La responsabilidad civil de los constructores.— 18. Liberación de responsabilidad del contratista.— 19. Separación de la relación contractual por parte del comitente.— 20. Pago proporcional en caso de muerte del contratista.— 21. Pérdida de la obra sin culpa de las partes.— 22. Deterioro sustancial por causa no imputable a las partes.

1.. INTRODUCCIÓN

Como. la. mayor. parte. de. mi. generación,. conocí. a. Felipe. Osterling. a. través.de.la.televisión.y.los.periódicos..Concitaba.el.interés.general.su. estilo.de.hacer.política.bajo.el.régimen.constitucional.del.presidente. Fernando.Belaunde.Terry,.que.estaba.reconstruyendo.la.democracia.y. sus.instituciones.

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Cuando.Felipe.Osterling.prestó.juramento.al.cargo.de.ministro. de.Justicia,.en.julio.de.1980,.yo.cursaba.cuarto.año.de.secundaria.en.el. Colegio.de.los.Sagrados.Corazones,.Recoleta.(que.también.fue.el.colegio. de.Osterling)..La.única.experiencia.política.vivida.por.quienes.tenían. mi.edad.eran.los.doce.años.de.la.dictadura.militar.1968-1980.

Nos.parecía.un.acierto.del.nuevo.gobierno.haber. elegido.a.un. joven.jurista.y.catedrático.de.Derecho.como.ministro.de.Justicia,.capaz. de.renovar.profundamente.la.manera.de.hacer.política,.sentando.las. bases.de.varias.reformas.que.luego,.ya.como.abogados,.entendimos. como.sustanciales,.a.saber:.el.ordenamiento.jurídico.de.las.perversiones. heredadas.de.la.dictadura,.la.vigencia.de.la.nueva.Constitución.Política. de.1979,.el.sistema.penitenciario.y.el.caos.que.imperaba.en.los.penales. (como.probaron.los.atroces.episodios.de.El.Sexto.y.Lurigancho),.entre. otras.

A.diferencia.de.lo.que.ocurrió.posteriormente.con.muchos.minis-tros,.el.de.entonces.daba.la.cara.a.los.problemas,.afrontaba.su.responsabilidad.y.se.situaba.en.el.ojo.de.la.tormenta..Por.primera.vez.veíamos. en.Osterling.un.ministro.que.entendía.así.su.importante.y.difícil.papel. y.lo.cumplía.escrupulosamente..Día.de.por.medio.lo.veíamos.y.escuchábamos.en.la.televisión,.en.los.diarios.y.en.las.entrevistas.radiales.. Durante.el.año.de.su.gestión.en.el.recuperado.ministerio.de.Justicia,. Osterling. fue. —después. de. Luis. Bedoya. Reyes—. la. voz. del. Partido. Popular.Cristiano.y.se.convirtió.para.nosotros.en.un.personaje.habitual,. que.enseñaba.—en.el.ir.y.venir.de.la.vida.diaria—.en.qué.consistía.el. ejercicio.de.la.democracia..Para.quienes.nos.proponíamos.ingresar.a.la. universidad.y.ser.abogados,.la.trayectoria.de.este.joven.político.resultaba.sumamente.interesante.

En 1982 ingresé a Estudios Generales Letras, en la Pontificia Universidad. Católica. del. Perú.. Empecé. mis. estudios. de. Derecho. en. 1984..En.esta.Facultad,.sin.duda.el.personaje.más.admirado.por.los. alumnos.resultaba.ser.el.profesor.Felipe.Osterling,.quien.tenía.un.notorio.protagonismo.político.y.una.exposición.constante.en.los.medios. de.comunicación..En.1985.me.correspondió.llevar.el.curso.de.Derecho. de.Obligaciones..Curiosamente,.por.esas.cosas.que.tiene.la.vida,.me. matriculé.en.el.salón.y.el.horario.del.profesor.Carlos.Cárdenas.Quirós. y.no.en.el.de.Osterling..Pero.ocurrió.que.el.doctor.Cárdenas.debía.viajar. a.Europa.por.mes.y.medio..Tuvimos.que.conseguir.un.salón.enorme.

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(yo.era.delegado.de.aula).y.acomodar.los.horarios,.de.modo.que.los. alumnos.de.los.dos.cursos.pudiésemos.seguir.Obligaciones.con.el.único. profesor.que.quedaba:.Osterling.

1.1. de lo abstracto a lo concreto

Recuerdo. con. nitidez. la. principal. característica. de. Osterling. en. la. cátedra:. su. brillo. expositivo. y. su. gran. capacidad. didáctica,. lo. que. resultaba.sumamente.útil.en.un.asunto.tan.complejo.como.la.materia. de.Obligaciones..No.era.la.clase.del.profesor.que.en.cada.tema.ofrece. veinte. teorías. o. veinte. conceptos.. Por. el. contrario,. nos. explicaba. un. concepto y, por muy abstracto que fuese, lo graficaba de tal modo que lo.atrapábamos.para.siempre..

Osterling.era.un.docente.muy.hábil,.extremadamente.agudo.e.inteligente,.cuyo.amplio.conocimiento.sobre.los.temas.de.Derecho.y.sobre. la.vida.hacía.que.sus.clases.discurriesen.de.una.manera.amena.para.el. alumno,.sin.pretender.que.éste.asistiera.a.sus.clases.con.la.amenaza.de.la. inasistencia.o.con.la.zozobra.del.control.de.lectura.sorpresivo..Osterling. fue.siempre.el.profesor.en.cuyas.clases.nos.sentíamos.cómodos,.porque. a.ellas.asistíamos.por.vocación.y.no.por.obligación.

En.torno.a.los.contenidos,.Osterling.se.preocupa.con.rigor.por. cumplir fielmente el temario del curso, y es de aquellos que no falta a.clases,.hecho.que.todo.alumno.aprecia.como.una.señal.de.respeto.a. quienes.están.sentados.en.una.carpeta.y.a.la.propia.Universidad.

Es,. asimismo,. el. profesor. que. toca. los. temas. sin. rodeos. y. con. ideas.muy.claras.y.concisas,.teniendo.siempre.presente.que.una.clase. de.Derecho.debe.ser.el.ámbito.en.el.cual.el.alumno.aprenda.aquello.que. va.a.ser.esencial.y.útil.para.su.vida.profesional.y.no.el.lugar.donde.el. docente.exhiba.sus.enormes.conocimientos.frente.a.alumnos.que.todavía. no.pueden.distinguir.lo.accesorio.de.lo.principal.

Osterling.siempre.fue.el.profesor.serio,.la.persona.a.quien.todos. tuvimos.respeto.cuando.fuimos.sus.alumnos,.pero.nunca.dejó.de.soltar. esos.comentarios.graciosos,.relacionados.con.personajes.famosos.o.con. hechos. cotidianos. y. conocidos. por. todos,. que. hacían. que. uno. no. se. olvidara.nunca.del.tema.porque.lo.relacionaba.siempre.con.el.ejemplo. escuchado.

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1.2. las difíciles Obligaciones

En. la. actualidad,. cuando. yo. mismo. dicto. varios. cursos. de. Derecho. Civil.(Derecho.de.Obligaciones,.Contratos.-.Parte.General.y.Contratos. Típicos),.invariablemente.les.digo.a.mis.alumnos.que.el.Curso.de.Obligaciones.es.el.más.importante.de.la.carrera,.pero.también.el.más.difícil. de.dictar..El.concepto.mismo.de.obligación.constituye.una.abstracción.. La dificultad consiste en que, sobre la base de algo abstracto...

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