Sobre el contenido económico y salarial de la negociación colectiva en el trabajo
Autor | Christian Sánchez Reyes |
Cargo | Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú |
Páginas | 527-534 |
Sobre el contenido económico y salarial de la
negociación colectiva en el trabajo
About economics and salaries content of collective
bargaining
CHristian sánCHez reYes*
Resumen: El caso analizado corresponde a una demanda de
inconstitucionalidad presentada por 34 congresistas de la República contra
varios artículos de la Ley de Servicio Civil, ley 30057. En el presente
comentario se analiza la resolución emitida por tres miembros del Tribunal
Constitucional que declara infundada la demanda de inconstitucionalidad
respecto de la prohibición de negociar colectivamente materia económica y
salarial en el Estado.
i. el Caso Y sus anteCedentes
La demanda de inconstitucionalidad fue presentada por un grupo de
congresistas de la República con fecha 22 de julio de 2013. En ella se
solicitaba que se declaren inconstitucionales los artículos 26, 31.2, 34.b,
40, 42, 44.b, 49.i, 49.k, 65, 72 y 77 de la ley 30057, Ley del Servicio
Civil, publicada en el diario oficial El Peruano el 4 de julio de 2013.
Asimismo, se solicitaba declarar inconstitucionales algunas disposiciones
complementarias finales y transitorias.
El presente comentario analiza el pronunciamiento de los magistrados
Urviola Hani, Eto Cruz y Álvarez Miranda (expediente 00018-2013-PI/
TC), en particular los fundamentos utilizados para declarar infundado
el pedido de inconstitucionalidad de los artículos que prohíben el
contenido económico y salarial de la negociación colectiva en el Estado.
Los referidos magistrados plantean como puntos controvertidos al
respecto los siguientes:
−¿Respetaelmandatoconstitucionalalanegociacióncolectivala
limitación reconocida en la Ley del Servicio Civil?
− ¿Cómo se configura tal derecho dentro de la Administración
Pública?
−¿Cuáleselcarácterdeestederechofundamental?
−¿Lascompensacioneseconómicassolopuedenserdefinidasentre
empleador y trabajador a través de la negociación colectiva?
* Profesor de Derecho Laboral de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Correo electrónico:
csanchezreyes@gmail.com
N° 74, 2015
pp. 527-534
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