06 004-MDSA - Establecen disposiciones relativas a la Constitución, Reglamento de Elecciones y Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales Comunales del distrito

Fecha de publicación11 Marzo 2005
Fecha de disposición11 Marzo 2005
Pág. 288837
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 11 de marzo de 2005
Ley Nº 24565, goza de autonomía técnica, administra-
tiva, económica y financiera;
De conformidad a lo establecido en el Artículo 3º del
D.S. Nº 001-86-MIPRE, inciso I del Edicto Nº 250 de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, Acuerdo de Con-
cejo Nº 212 de fecha 23.10.03, Artículos 1º, 20º y 21º del
Reglamento de Organización y Funciones de la A.A.T.E.
aprobado por Resolución Ministerial Nº 024.1-88-MIPRE,
el D.S. Nº 048-2001-PCM modificado por el D.S. Nº 053-
2001-PCM y el D.S. Nº 047-2002-PCM;
Con las visaciones de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, Oficina de Asesoría Legal, Gerencia de
Administración y Finanzas y la Gerencia General;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor AR-
QUITECTO ALBERTO SANCHEZ-AIZCORBE CA-
RRANZA, Presidente Ejecutivo de la Autoridad Autóno-
ma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Trans-
porte Masivo de Lima y Callao - A.A.T.E., a la ciudad de
Madrid - España y a la ciudad de Roma - Italia del 12 al
20 de marzo de 2005, por los motivos expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos que demande el
cumplimiento de la comisión autorizada por la presente
Resolución, serán cubiertos por la A.A.T.E. de acuerdo
al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos US$ 1,300.00
Viáticos por día US$ 100.00
Tarifa Corpac US$ 28.24
Artículo Tercero.- La presente Resolución no da
derecho a exoneración de impuestos o derechos
aduaneros, cualesquiera fueran su clase o denomina-
ción.
Artículo Cuarto.- Encargar al Gerente General de
la A.A.T.E. Ing. Víctor Pacahuala Velásquez, ejercer la
Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Autónoma del Pro-
yecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo
de Lima y Callao - A.A.T.E., ante las autoridades y orga-
nismos del Sector Público Nacional y personas natura-
les y jurídicas de derecho público y privado, nacionales
y extranjeras, mientras dure al ausencia del Presidente
Ejecutivo de la A.A.T.E.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ALBERTO SÁNCHEZ-AIZCORBE C.
Presidente Ejecutivo
05287
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Aprueban Reglamento de Aplicación de
la Sanción de Tapiado en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 0014-2004-MDSL
San Luis, 14 de diciembre del 2004
CONSIDERANDO:
Que, los Decretos de Alcaldía establecen normas
reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, san-
cionan los procedimientos necesarios para la correcta y
eficiente administración municipal y resuelven o regulan
los asuntos de orden general y de interés para el vecin-
dario, que no sea de competencia del Concejo Munici-
pal, conforme lo señala el artículo 42º de la Ley Nº 27972
Que, conforme lo establece el artículo 46º de la Ley
Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, las nor-
mas municipales son de carácter obligatorio y su
incumplimiento acarrea las sanciones correspondien-
tes, sin perjuicio de las acciones judiciales sobre las
responsabilidades que hubiere lugar;
Asimismo y de conformidad con los artículos 49º y
78º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalida-
des disponen que las Municipalidades pueden disponer
la clausura transitoria o definitiva de establecimientos o
servicios, cuando su funcionamiento esté prohibido o
constituya peligro o cuando esté en contra de las nor-
mas reglamentarias o de seguridad de defensa civil o
produzcan humos, olores, ruidos que perjudiquen la sa-
lud o atenten contra la tranquilidad del vecindario;
Por lo que en uso de las facultades conferidas por el
numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley
Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de
Aplicación de la Sanción de Tapiado en el distrito de San
Luis, el mismo que cuenta con doce (12) artículos y
cuatro (4) Disposiciones Transitorias y Finales y que
forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a las Gerencias
de Servicios a la Ciudad y Desarrollo Urbano, a través
de sus Unidades Orgánicas, el cumplimiento de lo dis-
puesto en el presente Decreto.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
FERNANDO DURAND MEJÍA
Alcalde
05149
MUNICIPALIDAD
DE SANTA ANITA
Establecen disposiciones relativas a la
Constitución, Reglamento de Eleccio-
nes y Reglamento de Organización y
Funciones de las Juntas Vecinales Co-
munales del distrito
ORDENANZA Nº 004-MDSA
Santa Anita, 28 de febrero de 2005.
VISTO: El Dictamen Nº 004-2005-CAJ/MDSA de la
Comisión de Asuntos Jurídicos a través del cual propo-
nen aprobar la Ordenanza de Constitución, Reglamento
de Elecciones, Reglamento de Organización y Funcio-
nes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de
Santa Anita; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artícu-
lo 38º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley
Nº 27972, los Concejos Municipales ejercen sus funcio-
nes de gobierno mediante Ordenanzas y acuerdos, asi-
mismo las Ordenanzas de las municipalidades provin-
ciales y distritales, en materia de su competencia, son
normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal, por medio de la cual se
aprueba la organización interna, la regulación, adminis-
tración y supervisión de los servicios públicos y las
materias en que la Municipalidad tiene función normati-
va;Que, el artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipa-
lidades establece que la constitución y delimitación de
las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus dele-
gados, así como la forma de su elección y revocatoria,
es materia de competencia de la Municipalidad Distrital,
las cuales deben establecerse mediante Ordenanza;
Que, estando a la normatividad antes glosada el Pro-
yecto de Ordenanza referida a la Constitución, Regla-
mento de Elecciones, Reglamento de Organización y
Funciones de las Juntas de Vecinos Comunales del dis-
trito de Santa Anita, en su propio contenido y redacción,

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