La Constitución de 1948 y la cultura jurídica de los comienzos de la posguerra

AutorLuigi Ferrajoli
Páginas57-68
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Con la caída del fascismo, el nacimiento de la Repú-
blica y la aprobación de la Constitución, se modificó
radicalmente la forma del Estado italiano y, con ella,
todo el paradigma del Derecho. Esta transformación, de la que
tardará largo tiempo en tomar conciencia la cultura jurídica,
se manifiesta esencialmente en esa breve pero intensa fase de
la democracia neonata que fuera la Asamblea Constituyente,
de la que la Carta constitucional fue un “producto autógeno”
consecuencia de la calidad de sus componentes y de las fuertes
tensiones civiles y políticas que animaron los trabajos1.
1 Se trata de la opinión de CHELI, E. Il problema storico della Costituente
(1973), ahora en Íd., Costituzione e sviluppo delle istituzioni in Italia, Bolo-
nia, Il Mulino, 1978. Sobre las culturas de la Asamblea Constituyente,
Cf. además De Siervo, U. (editor), Scelte della Costituente e cultura giu-
ridica, Bolonia, Il Mulino, 1980, 2 vol., con artículos de Silvio Basile,
Sara Volterra, Ugo De Siervo, Paolo Barile, Fernanda Bruno, Stefano
Grassi, Enzo Balboni, Aldo Travi, Pietro Ciarlo, Carmen Carissimi,
Antonio Cassese; ROMEO, G. A., La stagione costituente in Italia (1943-
1947). Rassegna della storiografia, Angeli, Milán, 1992; Franceschini,
C IV
La Constitución de 1948
y la cultura jurídica de los
comienzos de la posguerra

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