La Constitución de 1993: Estudio Introductorio
Autor | Samuel B. Abad Yupanqui |
Páginas | 13-146 |
LA CONSTITUCIÓN DE 1993: ESTUDIO INTRODUCTORIO
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la constituciónde 1993:
estudiointroductorio
Samuel B. aBad Yupanqui
“Toda sociedad en la cual la garantía de los derechos no está asegurada ni la separación
de poderes establecida no tiene Constitución”
(Declaración de los Derechos del Hombre y del
Ciudadano, 26 de agosto de 1789, artículo 16)
Han pasado veinticinco años, y pese a su cuestionado origen y li-
mitaciones, la Constitución de 1993 sigue vigente. Resulta difícil
encontrar una sola respuesta que explique su permanencia. Por un lado,
la clase política no ha podido alcanzar un consenso para el cambio. De
otro lado, la ciudadanía no ha interiorizado la relevancia de una reforma
constitucional sustancial. El “sentimiento constitucional” se ha conver-
tido en una aspiración académica. Asimismo, algunos consideran que
el modelo económico que ella introdujo garantiza un marco normativo
que no se debe revertir. Y por ello no apuestan por un cambio.
Reconocemos que la Constitución vigente no es igual a su versión
original. Por ello, nos parece relevante recordar sus orígenes y evaluar
sus alcances. Luego de veinticinco años y de varios gobiernos distintos,
es legítimo preguntarnos ¿Cuánto ha aportado la Constitución a la
institucionalidad democrática y al desarrollo del país? ¿En qué medida
los cambios efectuados y su desarrollo jurisprudencial han servido para
encauzar el proceso político en el país? ¿Cuál debería será el camino a
SAMUEL B. ABAD YUPANQUI
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seguir? ¿Se habrá dado inicio —sin darnos cuenta— a un nuevo periodo
en nuestra historia constitucional?1
La teoría política, anota Gabriel Negretto, nos enseña que un cam-
bio constitucional que implica la “selección de reglas constitucionales”
presenta dos niveles: “los reformadores siempre tienen un interés común
en el desempeño eficiente de las constituciones y un interés partidista
en los beneficios políticos que se derivan de las reglas constitucionales
específicas”2. Esto se aprecia con la Carta de 1993, la cual, pese a introducir
algunas instituciones relevantes, surgió como un instrumento jurídico y
político destinado a legitimar el golpe del 5 de abril de 1992 y plasmar
reglas no previstas por la Constitución de 1979. Ella trató de consolidar
al gobierno no democrático y autoritario3 del ingeniero Alberto Fujimori.
A tal conclusión puede llegarse desde el análisis del procedimiento
empleado para elaborar el texto constitucional. Y, especialmente, a partir
del examen de las instituciones plasmadas en él: fortalecimiento del
Poder Ejecutivo, introducción de la reelección presidencial inmediata,
Congreso unicameral, reducción de atribuciones de los gobiernos lo-
cales y regionales, ampliación de la competencia de la justicia militar,
pretendida extensión de la pena de muerte, entre otras.
La ciudadanía no exigió un proceso constituyente ni el nacimiento de
una nueva Carta. Gran parte de ella estuvo desinformada de los alcances
de las normas que iban siendo aprobadas. Tampoco existieron canales
efectivos para la discusión e incorporación de sus propuestas. Ello deter-
minó la ausencia de un “clima constituyente”. Fue limitada la posibilidad
1 Domingo García Belaunde distingue hasta cuatro períodos en nuestra historia
constitucional. El primero de 1820 a 1860, el segundo de 1860 a 1920, el tercero
de 1920 a 1979, y el último de 1979 en adelante. GARCÍA BELAUNDE Domingo, “El
constitucionalismo peruano en la presente centuria”, en DERECHO, N° 43-44, Lima:
PUCP, 1989-1990, pp. 66-67.
2 NEGRETTO Gabriel L., “La política del cambio constitucional en América Latina”,
Argentina: Fondo de Cultura Económica, 2015, pp. 79-80.
3LÓPEZ JIMÉNEZ Sinesio, “Perú 2000-2001: La transición democrática y el gobierno
de transición”, en COMISIÓN ANDINA DE JURISTAS, “Las tareas de la transición
democrática”, Serie: Democracia Nº 1, Lima 2001, p. 66. El citado autor señala que
“Se puede definir el fujimorismo como un tipo de régimen político no democrático
(...) que fue más bien una de las modalidades de los regímenes autoritarios”.
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de formar conciencia ciudadana respecto al contenido del texto cuya
aprobación por referéndum se realizó el 31 de octubre de 1993.
La forma como se reguló el referéndum y el modo en que se condujo
la campaña electoral estuvieron destinados a favorecer al gobierno y
aprobar el texto constitucional. El principio de neutralidad, que garan-
tiza que las autoridades no favorezcan a una u otra opción electoral,
fue vulnerado. Ello, además, contribuyó a una marcada polarización
entre quienes estaban a favor de la propuesta oficial y quienes —desde
distintos sectores e ideologías— la cuestionaban.
En la actualidad, la versión original del texto constitucional presenta
cambios sustanciales. Se ha eliminado la reelección presidencial inmedia-
ta, se ha diseñado el marco constitucional básico de la descentralización,
se ha incrementado el número de congresistas, entre otras reformas.
Además, el aporte del Tribunal Constitucional ha sido fundamental. Ha
ido precisando y dotando de contenido a diversas disposiciones cons-
titucionales. Y es que una Constitución no se agota en las normas que
contiene sino, además, en las reglas que van siendo desarrolladas por la
jurisprudencia, especialmente del Tribunal Constitucional.
En las líneas que siguen pretendemos recordar el proceso de elabora-
ción de la Carta de 1993. Analizaremos el actual “modelo constitucional”,
las reformas introducidas, y el aporte a su “rediseño” realizado por el
Tribunal Constitucional. Culminaremos reflexionando sobre los avances
y limitaciones para la tutela de los principios y derechos constitucionales
luego de catorce años de vigencia del Código Procesal Constitucional,
y sobre la posibilidad de avanzar a una reforma sustancial del texto
constitucional.
Continúa siendo un tema pendiente proceder a una reforma del
Estado que garantice a las personas la plena vigencia de sus derechos y
una efectiva separación de poderes. Un componente importante es la
reforma constitucional. Y es que una democracia constitucional no sólo
requiere una economía estable, sino también una sólida institucionalidad
que garantice los derechos de las personas.
I. GOLPE DE ESTADO Y NUEVA CONSTITUCIÓN
Luego del triunfo del ingeniero Fujimori en la segunda vuelta electo-
ral realizada el 10 de junio de 1990 por una importante diferencia de votos
—62% vs. 38% de Mario Vargas Llosa—, se inició un gobierno que carecía
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