Consideraciones para la implementación del derecho a la consulta previa en el Sector Minero

AutorMiguel Ángel Soto Palacios
CargoAsociado del Área de Recursos Naturales en Rubio Leguía Normand
Páginas143-158
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Derecho & Sociedad
Asociación Civil
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Consideraciones Para la
Implementación del Derecho a la
Consulta Previa en el Sector Minero
Miguel Ángel Soto Palacios*
RESUMEN:
El Derecho a la consulta previa, no debe ser entendido solo como una obligación legal,
sino debe ser entendido principalmente como una herramienta de dialogo intelectual y
reconciliación. Asimismo, debemos entender que el mencionado derecho es complejo en
tanto que incluye diversos derechos conexos como la participación ciudadana. Dentro del
artículo, se mencionan diversas dicultades para poder regular y aplicar la consulta previa;
asimismo, se recalca que no debe ser entendido como el único instrumento para alcanzar
sus nes acordes; así, el autor propone la evaluación ambiental comoun espacio de dialogo
e información.
PALABRAS-CLAVE:
Consulta Previa - Minería - Participación - Pueblos Indígenas - Gestion Ambiental -
Actividades Extractivas
SUMARIO:
1. INTRODUCCIÓN.
2. FUNDAMENTO NORMATIVO: DE LA REGLA AL PRINCIPIO.
3. TRANSPARENCIA CORPORATIVA, PARTICIPACIÓN Y CONSULTA PREVIA.
4. IMPLEMENTACIÓN DE LA CONSULTA PREVIA EN EL SECTOR ENERGÍA Y MINAS.
5. OPORTUNIDAD DE LA CONSULTA PREVIA.
6. LA CONSULTA PREVIA EN ACTIVIDADES MINERAS.
7. A MODO DE CONCLUSIÓN.
* Asociado del Área de Recursos Naturales en Rubio Leguía Normand. Abogado por la Ponticia Universidad Católica del Perú con
Segunda Especialidad en Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales por la misma casa de estudios.
El autor agradece el valioso aporte de Carmen Rubiños en la elaboración del presente artículo.
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| Derecho Constitucional Aplicado |
1. INTRODUCCIÓN
Aún cuando los indicadores macroeconómicos
muestren un crecimiento de nuestra economía,
producto principalmente de la evolución
positiva de los sectores minería e hidrocarburos,
es innegable que en los últimos años se ha
evidenciado con mayor claridad una serie de
conictos entre las poblaciones locales y los
operadores de dichos sectores, manifestándose
a través de enfrentamientos que, lejos de
generar benecios, producen la postergación del
calendario de inversiones y, por consiguiente,
la pérdida de oportunidad en la generación de
trabajo e ingresos para las regiones y el país.
Según el Reporte Mensual de Conictos Sociales
de la Defensoría del Pueblo, en abril de 2013 se
registraron 154 conictos socio ambientales (67.2
% del total), de los cuales 112 corresponden a
conictos relacionados con actividades mineras y
20 con actividades de hidrocarburos.
El conicto en torno al aprovechamiento de
recursos naturales y la desconanza hacia los
operadores son de larga data en el Perú, teniendo
su origen principalmente en aquella percepción
de exclusión que el desarrollo de las actividades
extractivas pudo haber generado en los
pobladores del área de inuencia de los proyectos.
Y es que en un escenario donde la presencia del
Estado, como autoridad y proveedora de servicios
básicos, es casi nula; la relación de los operadores
con la población se inicia bajo demandas que
pueden resultar desbordadas.
El rechazo hacia un proyecto puede manifestarse
de manera total o parcial; sin embargo, el reclamo
de las poblaciones locales por lo general gira en
torno al temor de una inadecuada gestión de los
recursos naturales, que pueden ser escasos, así
como los impactos en su vida y costumbres.
Ahora bien, es claro que el Perú es un país con un
enorme potencial geológico por explotar, lo cual
trae consigo el deber de desarrollar operaciones
de manera sostenible, en armonía con el
ambiente y, principalmente, con el entorno social;
preocupación que se ha visto plasmada en una
serie de dispositivos legales y políticas internas
de los operadores que desarrollan actividades en
nuestro país.
En ese contexto, la reivindicación de los derechos,
individuales y colectivos, de los pueblos indígenas,
ha cobrado un creciente interés que ha sido
canalizado a través de movimientos sociales que
han propugnado la aprobación de una serie de
instrumentos legales, tanto a nivel nacional como
de organizaciones internacionales.
Al respecto, debe tenerse en consideración que
el Convenio 169 de la Organización Internacional
del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales
(«Convenio 169 de la OIT») así como la Declaración
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las
Naciones Unidas («Declaración ONU») constituyen
los principales instrumentos internacionales que
denen y garantizan el respeto de los derechos
de dichos pueblos, siendo uno de ellos –y no el
único que garantiza la participación en la toma de
decisiones por parte del Estado– el de la consulta,
en caso se prevea la aprobación de medidas
legislativas o administrativas susceptibles de
afectarles directamente
Siendo así, la consulta previa se erige como
una herramienta de diálogo intercultural y
reconciliación que, en nuestra realidad, tiene
como uno de sus objetivos dar legitimidad al
desarrollo de proyectos de inversión, a través de
la participación de los pueblos indígenas en la
toma de decisión del Estado para autorizar o no su
emprendimiento; buscando superar de ese modo
aquella desconanza generada en los pueblos
indígenas y reducir la incidencia de conictos
sociales.
En ese sentido, en el presente artículo analizaremos
las principales consideraciones a tomar en cuenta
para la aplicación práctica de la herramienta de la
consulta previa en el caso de actividades mineras,
así como los problemas que actualmente enfrenta
su implementación en el país. La pregunta clave que
guiará nuestro análisis es: ¿cuándo y cómo debe
llevarse a cabo un proceso de consulta previa?.
2. TRANSPARENCIA CORPORATIVA,
PARTICIPACIÓN Y CONSULTA PREVIA
En el ámbito de las industrias extractivas, la
principal causa del surgimiento de conictos
sociales radica en la escasa importancia que se
le ha dado a la participación de la población que
podría verse afectada por la puesta en marcha
de un proyecto, desde una etapa temprana que
posibilite un conocimiento claro y cabal acerca de
las implicancias de la actividad a desarrollar.
2.1. El Contexto Internacional y su Incidencia
en las Regulaciones Nacionales
En primer lugar, resulta importante resaltar que es
a partir de las últimas décadas que se incorporaron
los conceptos de responsabilidad social ambiental
así como de desarrollo sostenible, producto de los
procesos globales que permitieron que la opinión
pública internacional tome conocimiento de
muchos de los conictos sociales y ambientales
que ocasionaba el desarrollo de actividades
mineras.

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