CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 257-2007-CE-PJ - Cesan por lImite de edad a Vocal titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 257-2007-CE-PJ

Fecha de disposición15 Noviembre 2007
Fecha de publicación15 Noviembre 2007
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 15 de noviembre de 2007 357559
mil y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos
Ordinarios a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE SANDIA, distrito de Sandia, provincia de Sandia,
departamento de Puno para la elaboración del Expediente
Técnico del proyecto descrito en el Anexo A que forma
parte integrante de la presente Resolución Ministerial,
tomando como referencia el cronograma de desembolsos
contenido en el Anexo B que de igual modo integra la
presente Resolución.
Los recursos materia de la presente transferencia
nanciera serán destinados exclusivamente para la
ejecución y/o conclusión del proyecto detallado en el
Anexo A, quedando prohibido que la MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE SANDIA efectúe anulaciones
presupuestales con cargo a tales recursos.
Artículo 2°.- La transferencia nanciera a que se
reere el artículo precedente se realizará con cargo al
presupuesto aprobado del presente año scal 2007, de
la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos
en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios
y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de
Compromisos correspondiente.
Artículo 3°.- De conformidad con la Ley Nº 28979,
los desembolsos sólo se efectivizarán luego que la
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA presente
al Programa Agua Para Todos, el contrato de ejecución
de estudios, obra o supervisión del proyecto, así como
las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u
otro documento relacionado a componentes aprobados
en la viabilidad del proyecto, según corresponda; y
de conformidad con los artículos 237º, 243º, 246º y
demás normas pertinentes del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremos Nº 084-2004-PCM que le sean
aplicables.
El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo
B podrá ser materia de modicación en función de los
resultados de la ejecución del proyecto, así como por
factores externos no previsibles. El cronograma actualizado
(o modicado) deberá contar con la conformidad de la
Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua para
Todos.
Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente
transferencia nanciera se encuentran previstos en el
Convenio Especíco para el nanciamiento del proyecto
de saneamiento a suscribirse entre la MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE SANDIA, y el Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento.
Artículo 5º.- El Programa Agua para Todos es
responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio
referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así
como del seguimiento y monitoreo del proyecto contenido
en el mismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ
Ministro de Vivienda,
Construcción y Saneamiento
ANEXO A
PROYECTO DE INVERSIÓN
UNIDAD EJECUTORA :
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA
COD
SNIP PROYECTO
TIPO DE
EJECUCIÓN
PRESU-
PUESTARIA
PPTO. PIM
2007
TRANS.
FINANC.
HASTA POR
S/.
53844
MEJORAMIENTO Y
REHABILITACIÓN DEL
SISTEMA DE AGUA POTABLE
Y ALCANTARILLADO DE LA
LOCALIDAD DE SANDIA,
PROVINCIA DE SANDIA - PUNO
INDIRECTA 314,606.00 230,000.00
TOTAL 314,606.00 230,000.00
ANEXO B
PROYECTO DE INVERSIÓN
UNIDAD EJECUTORA :
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANDIA
COD
SNIP PROYECTO
TIPO DE
EJECUCIÓN
PRESU-
PUESTARIA
CRONOGRAMA DE
DESEMBOLSOS PROYECTADO
S/.
TRANS.
FINANC.
HASTA
POR
S/.
MES 01 MES 02 MES 03
53844
MEJORAMIENTO Y
REHABILITACION DEL
SISTEMA DE AGUA
POTABLE
Y ALCANTARILLADO
DE LA LOCALIDAD DE
SANDIA,
PROVINCIA DE
SANDIA - PUNO
INDIRECTA 75,000.00 75,000.00 80,000.00 230,000.00
TOTAL 75,000.00 75,000.00 80,000.00 230,000.00
Administración Indirecta : El primer desembolso se iniciara con la fecha de suscripción
del contrato.
132038-3
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Cesan por límite de edad a Vocal titular
de la Corte Superior de Justicia de
Ayacucho
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 257-2007-CE-PJ
Lima, 12 de noviembre del 2007
VISTO:
El informe Nº 014-2007-GPEJ-GG/PJ remitido por la
Gerencia de Personal y Escalafón Judicial de la Gerencia
General del Poder Judicial, con relación al cese por límite
de edad del señor Félix Alberto Huailla Guillén, Vocal
titular de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Que, mediante Resolución Suprema
N° 094-83-JUS, de fecha 29 de marzo de 1983, se
nombró al señor Félix Alberto Huailla Guillén Vocal titular
de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; asimismo,
a través de la Resolución N° 163-2004-CNM, de fecha 24
de mayo del 2004, el Consejo Nacional de la Magistratura
reincorporó al señor Félix Alberto Huailla Guillén, como
Vocal de la citada Corte Superior de Justicia;
Segundo: Que, el artículo 245° del Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece
que el cargo de magistrado termina, entre otras causales,
por cesantía o jubilación;
Tercero: Que, al respecto, del informe Nº 014-2007-
GPEJ-GG/PJ, remitido por la Gerencia de Personal y
Escalafón Judicial de la Gerencia General del Poder
Judicial, así como de la partida de nacimiento y de la
fotocopia de la cha del Registro de Identidad - RENIEC
anexa, aparece que el señor Félix Alberto Huailla Guillén
nació el 15 de noviembre de 1937, y en consecuencia el 15
de noviembre próximo cumplirá 70 años de edad; razón por
la que corresponde, disponer su cese por límite de edad, de
conformidad con lo previsto en el inciso a) del artículo 35°
del Decreto Legislativo N° 276, concordado con el artículo
186°, inciso a), del Decreto Supremo N° 005-90-PCM;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto

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