Los conocimientos tradicionales y el régimen legal de acceso y distribución de beneficios

AutorTeodora Zamudio
CargoDoctora en Filosofía del Derecho por la Universidad de Buenos Aires
Páginas259-279
Los conocimientos tradicionales y el régimen
legal de acceso y distribución de beneficios
Traditional knowledge and legal regime of access and bene-
fits distribution
T EO D OR A Z AM U DI O *
Resumen: La ponencia pone en evidencia los intereses entorno al acceso
a los conocimientos tradicionales de las comunidades indígenas y locales y
marca la necesidad de definir los institutos en juego para dar una respuesta
legal eficiente en el marco político, científico y económico. Pasa revista,
críticamente, a los conceptos que han sido desarrollados entorno de la
temática en los ámbitos internacionales, regionales y locales, y desarrolla la
tesis de la aplicación del derecho consuetudinario en especial en lo atinente
al consentimiento fundamentado previo y la distribución de beneficios. Sin
desdeñar el tratamiento de los conflictos planteados, y los que se avizoran
en un inminente futuro, se abordan las implicaciones y escenarios en los que
la determinación de los Estados y de los organismos internacionales han de
enfrentar en la materia.
Palabras clave: conocimientos tradicionales – derecho consuetudinario –
comunidades indígenas – biodiversidad
Summary: This work highlights interests around traditional knowledge
access of local and indigenous communities stressing the need to establish
institutions involved in order to give an efficient legal answer within the
political, scientific and economic framework. The author critically reviews
ideas developed about this issue among international, regional and local
spheres formulating the thesis of application of customary law, in particular
about prior informed consent and benefits-sharing. Without disregard present
conflicts management and those envisaged in the near future, implications
and scenarios where State and international organizations determination
must face this subject are addressed.
Keywords: traditional knowledge – customary law indigenous communities –
biodiversity
CONT ENIDO: I. INTR ODUCCI ÓN. II . DEFI NICION ES Y OBJ ETIVO S. III . ACCE
SO A LOS CONO CIMIE NTOS T RADICI ONALE S. PE RTINE NCIA DEL DEREC HO
CONS UETUD INARIO PARA SU REGUL ACIÓN . IV. CONSEN TIMIE NTO FUNDA 
MENTAD O PREVIO.  V. CONDI CIONE S ACTUALE S DE SU PROTE CCIÓN LEG AL.
* DoctoraenFilosofíadelDerechoporlaUniversidaddeBuenosAires.Profesora-investigadorade la
FacultaddeDerecho dela Universidadde BuenosAires.Directora delPrograma dePosgrado en
PropiedadIntelectual/IndustrialyMercado enlaFacultadde DerechodelaUniversidadde Buenos
Aires.Directorade Cuadernos de Bioética (Argentina).Presidentedel ProgramaPanamericanode
DesarrolloyDefensadelaDiversidadbiológica,culturalysocialProDiversitas.
N° 69, 2012
pp. 259-279
T EO D OR A Z AM U DI O
260
Derecho PUCP, N° 69, 2012 / ISSN 0251-3420
I . I N T R O DU C C I Ó N
Quizás lo más importante que ha de ser rescatado de la historia de
la naturaleza sea su dinámica: la combinación y recombinación de
ingredientes, eso es la biodiversidad, la eterna posibilidad de renovarse
para dar —en cualquier contexto— una nueva respuesta al viejo drama
de la vida. En esa historia lo más valioso que el hombre ha logrado es
el talento para «leer» en la naturaleza, su riqueza; y «pintar» en ella, su
destino1.
Conservar la biodiversidad es conservar no solo sus elementos, sino más
bien la aptitud de estos —su inclinación— para recombinarse ante el
desafío ambiental y, por ello, fundar un nuevo escenario, cada vez más
lúcido, cada vez más sofisticado, cada vez más fuerte, porque contiene
desde antes, desde siempre, esa capacidad y no porque la innovación
supere esencialmente lo que ya es, sino porque el continuum solo posibilita
su aparición o expresión evidente, el recuerdo de lo olvidado. Quizás el
único elemento irrepetible y esencial de esa biodiversidad que se intenta
desesperadamente proteger y conservar, sea —por lejos— el hombre
mismo, su destreza para «cultivarla»… y son esas «culturas», que han
conservado una íntima relación con la naturaleza, las que pueden hoy
enseñarnos a hablar con ella, a entablar un diálogo del que no solo se
extraigan secretos comerciales y científicos, sino la sabiduría necesaria
para vivir en ella y con nosotros mismos.
No obstante que la cuestión aparece vital y sin posibles disensos, se
ha considerado necesario fijar reglas, establecer categorías y precisar
términos. Ha prevalecido —persiguiendo claridad y honestidad— el
criterio de «[…] cambiar la práctica de “hacer amigos” por la de “firmar
contratos”, tan apreciados por los occidentales bien intencionados»2.
Así las cosas, el intento de definir el conocimiento tradicional como
categoría jurídica —y por tanto, vinculante para su consideración
política y económica— se viene dando simultáneamente en diferentes
escenarios y niveles.
Las discusiones que intentan superar las llamadas «desigualdades
fundamentales» entre los actores de las transacciones de acceso a los
conocimientos tradicionales puntualizan que un régimen socialmente
responsable para implementar un proceso de construcción de
definiciones sobre los derechos de propiedad sobre tales conocimientos,
1 zamudio,Teodora.«The ConventiononBiological Diversityin LatinAmerica».En sCovazzi,Tullio
(ed.).The Protection of the Environment in a Context of Regional Economic Integration. The Case of
the European Community, the Mercosur and the Nafta.Milán:Giuffré,2001.
2 Lafrasecorresponde a Jorge Ishizawa, PrateC, reproducida por mulligaN,Shane. «For Whose
Benefit?Limits to Sharing in the Bioprospecting Regime». Environmental Politics, VIII, 4 (1999),
pp.35-65.

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