RESOLUCION Nº 069-2009-MML-GDU-SPHU - Establecen conformidad de resolución expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco que resuelve aprobar habilitación urbana nueva de terreno rústico

Fecha de disposición26 Junio 2009
Fecha de publicación26 Junio 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 26 de junio de 2009 398151
aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 100 siendo publicado
en el Diario Of‌i cial El Peruano el 1 de enero del 2006;
De comformidad con los Artículos Nº 20º numeral
6), 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades y el Artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley
de Procedimiento Administrativo General;
DECRETA:
Artículo Primero.- Fíjese la tarifa social mensual por
albergado en el “Albergue Muncipal María Rosario Araoz”,
segun su situación socio familiar y económica, de acuerdo
al siguiente detalle:
Categoría Nuevos Soles S/.
A 560.00
B 420.00
C 280.00
D 140.00
E Exoneración Total
Artículo Segundo.- La Subgerencia de Bienestar
Social, perteneciente a la Gerencia de Desarrollo Social,
evaluará la situación socio familiar y económica del
albergado antes del pago por admisión, a f‌i n de determinar
la categoría que le corresponde en el cuadro establecido
en el Artículo Primero del presente decreto de alcaldía.
La Gerencia de Desarrollo Social mediante una de
sus resoluciones aprobará un instructivo en el que se
establecerán los lineamientos y criterios que deberá
considerar la Subgerencia de Bienestar Social para
determinar la categoría que le corresponde al albergado
para efecto del pago por admisión.
Los adultos mayores en desamparo y/o pobreza
extrema estarán exonerados del pago por los servicios
del albergue.
Artículo Tercero.- Inclúyase en el Texto Unico de Servicios
No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, el servicio de albergue en el “Albergue María Rosario
Araoz”, de acuerdo al detalle consignado en el anexo adjunto,
que forma parte del presente Decreto de Alcaldía.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
ANEXO
TEXTO UNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS - TUSNE
SERVICOS NO EXCLUSIVOS REQUISITOS PRECIO S/. PLAZO EN
DIAS
GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL
Categorías (*)
11 SERVICIO DE ALBERGUE EN EL 1. Solicitud de Admisión A 560 15 días hábiles
“ALBERGUE MARíA ROSARIO 2. Evaluación Social, Médica y Psicológica B 420 para atender
ARAOZ” 3. Informe a la Sub Gerencia de Bienestar Social C 280 la solicitud.
declarando apto al postulante y solicitando D 140
aprobación de admisión. E Exoneración Total
4. Aprobación de Admisión al Albergue
* Se ha establecido 5 categorías de pago mensual A,B,C,D, y E, las que estarán sujetas a la evaluación socio económica familiar del solicitante,
que contempla el pago total o el otorgamiento de una exoneración del 25%, 50%, 75% y 100%.
365047-1
Establecen conformidad de resolución
expedida por la Municipalidad Distrital
de Santiago de Surco que resuelve
aprobar habilitación urbana nueva de
terreno rústico
RESOLUCIÓN N° 069-2009-MML-GDU-SPHU
Lima, 7 de mayo de 2009
LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO
Y HABILITACIONES URBANAS
VISTO, el Codif‌i cado Nº 49706-2009, mediante el cual
la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, remite los
actuados administrativos, conteniendo la Resolución Sub-
Gerencial Nº 1996-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 17
de noviembre de 2008, aprobando la Habilitación Urbana
Nueva de Lote Único con Construcción Simultánea de
Vivienda, solicitada por la INMOBILIARIA RUTTINI
S.A.C.; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Sub-Gerencial Nº 1996-
2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 17 de noviembre de
2008 (fs. 146 al 151), expedida por la Municipalidad Distrital
de Santiago de Surco se resuelve, Aprobar la Habilitación
Urbana Nueva de Lote Único con Construcción Simultánea
de Vivienda, para Uso Residencial Densidad Media, del
terreno rústico de 4,053.30 m², constituido por el Lote
3, ubicado frente a la Avenida Mariscal Ramón Castilla
(antes Av. Los Tallanes), esquina con Jirón Puerto Eten
(antes Jirón Manuel Scorza), en el distrito de Santiago de
Surco, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo
con los planos signados con el Nº 082.01-2008-SGLAU-
GDU-MSS al Nº 082.03-2008-SGLAU-GDU-MSS;
Que, a través del Informe Nº 059-2009-MML-GDU-
SPHU-DRD, de fecha 30 de abril de 2009 (fs. 167 al 169),
la División de Revisión de Diseño de esta Subgerencia
manif‌i esta, que la presente Habilitación Urbana Nueva
de Lote Único con Construcción Simultánea de Vivienda,
para Uso Residencial Densidad Media RDM, el terreno
de 4,053.30 m², aprobada por la Municipalidad Distrital
de Santiago de Surco, mediante la Resolución Sub-
Gerencial Nº 1996-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 17
de noviembre de 2008, cumple los Planes Urbanos en lo
referente a zonif‌i cación, vías y aportes reglamentarios
de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas
Metropolitanas Nº 912-MML, Nº 341-MML y Nº 836-MML;
Que, mediante Informe Nº 087-2009-MML-GDU-
SPHU-AL, de fecha 04 de mayo de 2009 (fs.170 al
172), el Área Legal de esta Subgerencia manif‌i esta, que
se encuentra acreditada la calidad de propietaria a la
INMOBILIARIA RUTTINI S.A.C., del terreno de 4,053.30
m², materia del presente trámite de Habilitación Urbana,
el mismo que consta inscrito en la Partida Nº 44917106,
Asiento C00002, del Registro de Predios, de la Zona
Registral Nº IX –Sede Lima (fs. 06 al 15); de igual manera
la administrada ha acreditado su condición de persona
jurídica y la representatividad de la misma, conforme
consta en la Partida Nº 12110051(fs. 02 al 05);
Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal,
señaladas en los Informes Nº 059-2009-MML-GDU-
SPHU-DRD, de fecha 30 de abril de 2009 y Nº 087-
2009-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 04 de mayo de
2009; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes
Urbanos, en lo referente a zonif‌i cación, vías y aportes
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