Las condiciones eximentes de responsabilidad administrativa en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y su incidencia en la legislación ambiental

AutorCésar Abraham Neyra Cruzado
CargoPresidente del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
Páginas333-360
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201801.009
Las condiciones eximentes de responsabilidad
administrativa en el Texto Único Ordenado
General y su incidencia en la legislación
ambiental
Exemption conditions of liability in the Law on General
Administrative Procedure and its incidence in the
environmental legislation
CÉSAR ABRAHAM NEYRA CRUZADO*
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
Resumen: con ocasión de las modificaciones legislativas contenidas en el Texto
se analiza la naturaleza jurídica de los novísimos eximentes de responsabilidad
administrativa. Asimismo, se hace un recuento de los eximentes que ya
existían en la legislación ambiental y cómo venían operando. Finalmente,
se establece los puntos de contacto entre un régimen de responsabilidad
subjetiva, basado en la culpabilidad, y un sistema de responsabilidad objetiva
relativa, basado en el riesgo.
Palabras clave: eximentes de responsabilidad, responsabilidad objetiva,
responsabilidad subjetiva, subsanación voluntaria, caso fortuito, fuerza mayor,
hecho determinante de tercero, fiscalización ambiental
Abstract: on the occasion of the recent legislative changes contained in
the Ordered Text of law 27444, Law on General Administrative Procedure,
the legal nature of the most recent exemptions of administrative liability is
analyzed. Likewise, a count is made of the exemptions that already existed in
the environmental legislation and how they had been operating; in order to
see the points of contact between a subjective liability regime, based on guilt,
and a relative, risk-based objective liability system.
Key words: exemptions of responsibility, objective responsibility, subjective
responsibility, voluntary correction, administrative sanctioning procedure,
environmental protection
CONTENIDO: I. INTRODUCCIÓN.– II. DERECHO ADMINISTRATIVO SAN–
CIONADOR GENERAL.– II.1. EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD.– II.1.1.CASO
FORTUITO Y FUERZA MAYOR.– II.1.2. CUMPLIMIENTO DE UN DEBER LEGAL
Y LEGÍTIMA DEFENSA.– II.1.3. INCAPACIDAD MENTAL.– II.1.4. ORDEN
N° 80, 2018
junio-noviembre
pp.333-360
* Presidente del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental. Abogado y Magíster en Derecho de la Empresa por la Pontificia Universidad Católica
del Perú. Actualmente sigue estudios de Doctorado en Derecho y Ciencia Política en la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos.
Código ORCID: 0000-0002-3544-8687. Correos electrónicos: cneyra@oefa.gob.pe y neyra.ca@
pucp.edu.pe
CÉSAR ABRAHAM NEYRA CRUZADO
334
Derecho PUCP, N° 80, 2018 / ISSN 0251-3420
OBLIGATORIA DE AUTORIDAD COMPETENTE.– II.1.5. EL ERROR INDUCIDO
POR LA ADMINISTRACIÓN.– II.1.6. LA SUBSANACIÓN VOLUNTARIA.–
II.2.CONFIGURACIÓN DE LOS EXIMENTES.– III. DERECHO ADMINISTRATIVO
SANCIONADOR AMBIENTAL.– III.1. SISTEMA DE RESPONSABILIDAD
OBJETIVA RELATIVA.– III.2. MEDIDAS DE MITIGACIÓN O REMEDIACIÓN.–
III.3. PERSECUCIÓN DEL DAÑO Y DEL RIESGO.– III.4. EXIMENTES DE
RESPONSABILIDAD.– III.4.1. SUBSANACIÓN VOLUNTARIA.– III.4.2. CASO
FORTUITO Y FUERZA MAYOR.– III.5. LA CARGA DE LA PRUEBA DE LOS
EXIMENTES EN MATERIA AMBIENTAL.– IV.CONCLUSIONES.
I. INTRODUCCIÓN
el 11 de abril de 2001, estableciendo y consolidando las principales
instituciones que debían regular el derecho administrativo peruano.
Durante su vigencia, ha sido modificada en varias ocasiones. Destacan
las modificaciones realizadas por el decreto legislativo 1029, publicado
el 24 de junio de 2008, así como las modificaciones introducidas por el
decreto legislativo 1272, publicado el 21 de diciembre de 2016. Todo
lo cual ha sido sistematizado y compilado en el Texto Único Ordenado
aprobado por decreto supremo 006-2017-JUS, publicado el 20 de marzo
de 2017 (en adelante TUO de la LPAG).
En el artículo II del Título Preliminar del TUO de la LPAG se señala que
dicha norma contiene las normas comunes, esto es las normas mínimas,
que se debe seguir en todas las actuaciones de la función administrativa
del Estado, incluyendo los procedimientos especiales. Esto implica un
cambio importante pues anteriormente las normas administrativas
generales operaban supletoriamente, esto es, cuando existía un vacío en
las normas que regulaban los procedimientos especiales.
Adicionalmente, en el marco de la responsabilidad administrativa
subjetiva se ha introducido en el artículo 255 del TUO de la LPAG
seis causales eximentes de responsabilidad administrativa. Estas causales
eximentes permiten al infractor verse liberado de la sanción aplicable
aun cuando haya cometido una infracción administrativa.
de Evaluación y Fiscalización Ambiental, entre otras normas sectoriales,
parten de supuestos distintos. Uno de ellos es que la responsabilidad
administrativa es de naturaleza objetiva. Otro, no menos importante,
es que los daños o riesgos generados como parte de una actividad
económica deben ser mitigados por el administrado, más allá de que sea
aplicable una sanción o no.
En tal sentido, resulta necesario considerar cómo interactúan entre sí
y cómo conciliamos este derecho administrativo sancionador general

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