69 291-2002-PCM - Dan por concluida designación de Director General de Operaciones de Cooperación Técnica Internacional
Fecha de disposición | 13 Agosto 2002 |
Fecha de publicación | 13 Agosto 2002 |
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 13 de agosto de 2002
actividades de la Agencia Peruana de Cooperación Inter-
nacional -APCI-;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 117-2002-EF, del
25 de julio de 2002, se autorizó la transferencia de las
partidas presupuestarias del Sector Público a la Agencia
Peruana de Cooperación Internacional -APCI-;
Que, habiendo concluido la transferencia de la Secre-
taría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional -
SECTI- a la Agencia Peruana de Cooperación Internacio-
nal -APCI-, con su consecuente desactivación, resulta
necesario dar por concluida la designación de referido
funcionario al cargo que viene desempeñando;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594,
Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo - y
el Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida la designación del
ingeniero VÍCTOR MANUEL LOYOLA ROSARIO como
Director General de Cooperación Horizontal y Temas Es-
peciales de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Téc-
nica Internacional, dispuesta en la Resolución Suprema
Nº 640-2001-PCM, dándosele las gracias por los servi-
cios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS SOLARI DE LA FUENTE
Presidente del Consejo de Ministros
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Dan por concluida designación de
Director General de Operaciones de
Cooperación Técnica Internacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 291-2002-PCM
Lima, 8 de agosto de 2002
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 641-2001-
PCM, de fecha 12 de diciembre de 2001, se designó al
doctor Carlos Salazar Couto como Director General de
Operaciones de Cooperación Técnica Internacional de la
Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacio-
nal de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, de acuerdo a la Primera Disposición Transitoria
de la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Pe-
ruana de Cooperación Internacional -APCI-, ésta asume
las funciones, el personal necesario, acervo documenta-
rio, recursos financieros y bienes de propiedad o asigna-
dos al uso de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación
Técnica Internacional -SECTI- la misma que quedaría
desactivada en un plazo no mayor a tres meses conta-
dos desde la vigencia de la ley;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 254-2002-RE,
de fecha 11 de julio de 2002, se formalizó el inicio de las
actividades de la Agencia Peruana de Cooperación Inter-
nacional -APCI-;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 117-2002-EF, del
25 de julio de 2002, se autorizó la transferencia de las
partidas presupuestarias del Sector Público a la Agencia
Peruana de Cooperación Internacional -APCI-;
Que, habiendo concluido la transferencia de la Secre-
taría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional -
SECTI- a la Agencia Peruana de Cooperación Interna-
cional -APCI-, con su consecuente desactivación, resul-
ta necesario dar por concluida la designación de referido
funcionario al cargo que viene desempeñando;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594,
Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo- y el
Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida la designación del
doctor CARLOS SALAZAR COUTO como Director Ge-
neral de Operaciones de Cooperación Técnica Inter-
nacional de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Téc-
nica Internacional, dispuesta en la Resolución Suprema
Nº 641-2001-PCM, dándosele las gracias por los servi-
cios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS SOLARI DE LA FUENTE
Presidente del Consejo de Ministros
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AGRICULTURA
Autorizan viaje a representantes del
Ministerio en reuniones de coordina-
ción andina y del Grupo de Negociación
de Agricultura, en el marco del ALCA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0749-2002-AG
Lima, 9 de agosto de 2002
VISTO:
El FAX Nº 23-2002-MINCETUR/VMCE/DNINCI de fe-
cha 1 de agosto de 2002, cursada por el Director Nacio-
nal de Integración y Negociaciones Comerciales Interna-
cionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de Panamá, República de Panamá
se desarrollará el día 11 de agosto de 2002 la Reunión
de Coordinación de los Países Andinos y del 12 al 16 de
agosto de 2002, la XX Reunión del Grupo de Negocia-
ción de Agricultura en el marco del Área de Libre Comer-
cio de las Américas- ALCA;
Que, el inciso b) del numeral 3.1 del Artículo 3º del
Decreto de Urgencia Nº 030-2002, establece medidas
complementarias de austeridad y racionalidad en el gas-
to público para el año 2002 y señala que se puede auto-
rizar viajes al exterior con cargo a recursos públicos cuan-
do los viajes tienen por finalidad efectuar acciones de
promoción y/o negociación económica y comercial;
Que, es de interés para el país como miembro del
ALCA participar en los mencionados eventos que se rea-
lizarán con el propósito de establecer una Zona de Libre
Comercio y de servicios en toda América, cuyo proceso
de implementación debe iniciarse a partir del 1.1.2005;
por lo que es necesario autorizar la participación del Econ.
Juan Manuel Benites Ramos, Director General de la Ofi-
cina General de Planificación Agraria y del Econ. César
Armando Romero Romero, funcionario de la Oficina Ge-
neral de Planificación Agraria como representantes del
Ministerio de Agricultura;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley
Nº 27619 y su Reglamento aprobado con Decreto Supre-
mo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 27573 Ley de Presupues-
to del Sector Público para el año Fiscal 2002 y Decreto
de Urgencia Nº 030-2002;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Econ. Juan Manuel
Benites Ramos, Director General de la Oficina General
de Planificación Agraria del 13 al 17 de agosto de 2002 y
del Econ. César Armando Romero Romero, funcionario
de la Oficina General de Planificación Agraria del 11 al
17 de agosto de 2002 para que participen como Repre-
sentantes del Ministerio de Agricultura en la Reunión de
Coordinación de los Países Andinos y XX Reunión del
Grupo de Negociación de Agricultura en el marco del Área
de Libre Comercio de las Américas -ALCA, que se reali-
zará en la ciudad de Panamá, República de Panamá.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo a los recur-
sos presupuestales asignados a las Cadenas Funcional
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