07 0014-2004-ED - Dejan sin efecto resolución mediante la cual se concedió licencia sindical a profesor

Fecha de publicación23 Enero 2004
Fecha de disposición23 Enero 2004
Pág. 260318
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 23 de enero de 2004
que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo
a lo que establezca el Reglamento de la citada Ley;
Que, al respecto, el artículo 2º del Decreto Supremo
Nº 125-2002-PCM, que modifica el artículo 111º del Regla-
mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,
que fuera adicionado por el Decreto Supremo Nº 071-2001-
PCM, referido a los servicios personalísimos, hace la pre-
cisión respecto a que se encuentran expresamente inclui-
dos en dicha clasificación, los servicios de publicidad, que
prestan al Estado los medios de comunicación televisiva,
radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en
atención a las características particulares que los distin-
gue;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión
legal a través del Informe Nº 0124 -2004-ME/SG-OAJ, con-
forme a lo dispuesto en el artículo 113º del Reglamento de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;
Que de conformidad con el artículo 20º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, las exoneraciones se aprobarán mediante Resolu-
ción del Titular del Pliego de la Entidad y serán publicadas
en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la copia de dicha
Resolución y el informe que los sustenta deben remitirse a
la Contraloría General de la República, bajo responsabili-
dad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días ca-
lendario siguientes a la fecha de su aprobación;
Que, el artículo 114º del precitado Reglamento, señala
que la facultad de aprobación de las exoneraciones referi-
das en el segundo considerando no puede ser delegada
por las autoridades que se indican en el artículo 20º del
citado Texto Único Ordenado;
Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de
la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe la
exoneración del proceso de selección correspondiente, para
contratar a través de la modalidad de Adjudicación de Me-
nor Cuantía el citado servicio de publicación;
Que, mediante Hoja de Coordinación Nº 056-2004-ME/
SPE-UP de la Unidad de Presupuesto opina favorablemente
con respecto a la disponibilidad presupuestal que se re-
quiere para el cumplimiento de la presente Resolución; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Su-
premos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED, 012-2001-PCM, 013-
2001-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Exonérese al Ministerio de Educación del
proceso de selección de Adjudicación Directa Pública, y
autorícese a contratar a través de la modalidad de Adjudi-
cación de Menor Cuantía, el servicio de publicación del
encarte del Diseño Curricular Básico para Educación Se-
cundaria para Menores en el diario "El Comercio" el día 27
de enero de 2004, por un valor referencial de S/. 80, 840,00
(Ochenta mil Ochocientos Cuarenta y 00/100 Nuevos So-
les).
Artículo 2º.- La contratación que se efectúe en virtud
de la presente Resolución, se realizará a través de la Uni-
dad de Abastecimiento del Ministerio de Educación, y de
conformidad con las normas del Texto Único Ordenado de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla-
mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM.
Artículo 3º.- El egreso que ocasione la presente Resolu-
ción se aplicará con cargo al presupuesto del Pliego 010:
Ministerio de Educación; Unidad Ejecutora 024: Sede Cen-
tral.Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus
antecedentes serán remitidas a la Contraloría General de
la República dentro de los diez (10) días calendario siguien-
tes a la fecha de su expedición.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MALPICA FAUSTOR
Ministro de Educación
01391
Dejan sin efecto resolución mediante la
cual se concedió licencia sindical a pro-
fesor
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0014-2004-ED
Lima, 22 de enero de 2004
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Ministerial Nº 454-2002-
ED, de fecha 11 de julio de 2002, se concedió licencia sin-
dical con goce de remuneraciones a don Nicolás Olmedo
Auris Melgar; asimismo se dispuso que la dependencia
donde labora el mencionado servidor le otorgue las facili-
dades para el desempeño de sus funciones, exonerándo-
sele de la asistencia al puesto de trabajo; siempre y cuan-
do, no se perjudique el funcionamiento eficaz de la admi-
nistración o servicio interesado;
Que de conformidad con lo establecido en el artículo
80º del Reglamento de la Ley del Profesorado, aprobado
mediante el Decreto Supremo Nº 19-90-ED, en el marco
del Convenio Nº 151 de la OIT y las normas sobre la mate-
ria aplicables, tienen derecho a licencia sindical aquellos
profesores elegidos para ocupar cargos directivos sindica-
les en el Comité Ejecutivo Nacional, tres (03) dirigentes
regionales y un (1) representante por cada provincia;
Que en tal sentido, no teniendo la condición de dirigente
sindical, a don Nicolás Olmedo Auris no le corresponde
gozar de licencia sindical, por no estar comprendida su
representación en los supuestos establecidos en la norma
mencionada en el considerando precedente;
Que estando al InformeNº 136-2004-ME/SG-OAJ del
Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi-
cado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nº 51-
95-ED y Nº 002-96-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial
Nº 454-2002-ED, por los fundamentos expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Disponer que la presente Resolución sea
remitida a la Oficina de Control Institucional para que pro-
ceda de acuerdo a sus atribuciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MALPICA FAUSTOR
Ministro de Educación
01392
Establecen disposiciones para la
realización de Asambleas Consti-
tuyentes para los fines a que se refiere
el D.S. Nº 001-2004-ED, que aprobó el
Estatuto del Colegio Profesional de Pro-
fesores del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0015-2004-ED
Lima, 22 de enero de 2004
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo Nº 001-2004-ED se aprue-
ba el Estatuto del Colegio Profesional de Profesores del
Perú, en cuyas Disposiciones Finales y Transitorias se
establece el procedimiento para elegir a los miembros de
las Asambleas Constituyentes a nivel Provincial, Regional
y Nacional, siendo la finalidad de esta última la de declarar
constituido el mencionado Colegio y de elegir entre sus
miembros al Primer Consejo Nacional;

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