Compraventa por internet y situación del consumidor en el Perú

AutorAntonio José Santander Rengifo, Nicolás Efraín Carbajal Torres, Cruz Lisset Silva Del Carpio, Maria Briseida Villanueva Ramos
Páginas98-117
COMPRAVENTA
POR
INTERNET
Y
SITUACIÓN
DEL
CONSUMIDOR
EN
EL
PERÚ*
GRUPO
DE
INVESTIGACIÓN:**
Antonio
José
Santander
Rengifo
(Director)
Nicolás
Efraín
Carbajal
Torres
Cruz
Lisset
Silva
Del
Carpio
Maria
Briseida
Villanueva
Ramos
En
cambio,
si
como
yo
sostengo,
pensamos
que
la
nueva
economía
está
basada
en
un
potencial
de
crecimiento
de
la
productividad
sin
precedentes,
como
resultado
de
la
extensión
de
tos
usos
de
Internet
a
toda
clase
de
empresas
y
en
operaciones
de
diversa
índole,
entonces
podemos
afirmar
que
estamos
entrando,
muy
probablemente,
en
un
nuevo
mundo
empresarial.
MANUEL
CASTELLS.
La
Galaxia
Internet.
Sumario:
1.
Introducción
2.
Compraventa
por
Internet
2.1.
Oferta
2.2.
Aceptación
2.3.
Perfeccionamiento
de
la
compraventa
2.4.
Contrato
sin
comunicación
inmediata
2.5.
Seguridad
en
la
compraventa
por
Internet
3.
Determina-
ción
del
régimen
jurídico
aplicable
3.1.
Acuerdo
entre
las
partes
3.2.
Foro
del
consumidor
3.3.
Foro
del
vendedor
3.4.
Autorregulación
de
Internet
3.5.
Proximidad
y
prestación
característica
3.6.
Comercialización
del
producto
4.
Jurisdicción
competente
4.1.
Determinación
de
la
jurisdicción
por
las
partes
4.2.
Fuero
del
domicilio
del
demandado
4.3.
Lugar
de
ejecución
del
contrato
4.4.
Lugar
de
celebración
del
contrato
4.5.
Jurisdicción
personal
4.6.
Arbitraje
5.
La
situación
de
los
consumidores
por
Internet
en
el
Perú
5.1.
Contratos
de
adhesión
y
cláusulas
generales
de
contratación
5.2.
Normas
para
la
contratación
con
cláusulas
generales
5.3.
Importancia
de
la
información
5.4.
Derecho
de
resolución
5.5.
La
identificación
de
las
partes
6.
Ventajas
y
problemas
de
la
compraventa
electrónica
por
Internet
en
el
Perú
6.1.
Ventajas
6.2.
Problemas
7.
Consideraciones
finales.
1.
introducción
El
mundo
cambia
constantemente,
las
relaciones
entre
los
sujetos
se
han
transformado
considerablemente.
Internet
es
un
factor
muy
importante
en
toda
esta
revolución
técnica,
económica,
cultural,
científi-
ca
y
social.
Tiene
sus
orígenes
en
ARPANET.
una
red
de
ordenadores
desarrollada
por
la
Agencia
de
Proyectos
de
Investigación
Avanzada
1
(ARPA
-
Advanced
Research
Projects
Agency)
del
Departamento
de
Defensa
de
los
Estados
Unidos
de
Norteamérica,
en
setiembre
de
1969.
La
construcción
de
ARPANET
se
justificó
como
un
medio
de
compartir
el
tiempo
de
computación
on
fine
de
los
ordenadores
entre
varios
centros
de
informática
y
grupos
de
investigación
de
la
agencia.
El
diseño
de
una
red
de
comunicaciones
flexible
y
descentralizada
buscaba
construir
un
sistema
de
comunicaciones
militar
capaz
de
so-
brevivir
a
un
ataque
nuclear.
Pero
no
es
hasta
el
año
1995
que
Internet
nace
para
las
empresas
y
para
la
sociedad
en
generaF.
Es
así
como
la
Los
autores
expresan
su
agradecimiento
al
doctor
Enrique
Bardales
Mendoza,
profesor
de
Derecho
Mercantil
de
la
Pontificia
Universidad
Católica
del
Perú,
y
al
doctor
Fernando
Carbajo
Gascón,
Profesor
Titular
de
Derecho
Mercantil
de
la
Universidad
de
Salamanca
(España)
por
sus
valiosos
comentarios
y
sugerencias
para
el
desarrollo
del
presente
trabajo.
• •
Los
autores
son
estudiantes
de
la
Facultad
de
Derecho
de
la
Pontificia
Universidad
Católica
del
Perú
y
miembros
de
la
Asociación
Civil
Foro
Académico.
'
La
Agencia
de
Proyectos
de
Investigación
Avanzada
(ARPA)
fue
creada,
en
1958,
para
movilizar
recursos
procedentes
principalmente
del
mundo
universitario,
a
fin
de
alcanzar
superioridad
tecnológica
militar
sobre
la
Unión
Soviética.
2
Para
mayor
información
sobre
los
orígenes
de
Internet
y
su
desarrollo
consultar
CASTELLS,
Manuel.
La
Galaxia
Internet.
Barcelona:
Areté,
2001.
317
pp.
98
e
gran
ciencia,
la
investigación
militar
y
la
cultura
de
la
libertad
3,
se
cons-
tituyen
como
las
tres
grandes
fuentes
del
desarrollo
de
Internet.
Con
el
tiempo,
Internet
se
ha
convertido
en
la
más
grande
e
impor-
tante
red
de
comunicaciones
que
ha
existido,
por
la
cual
es
posible
realizar
una
serie
de
actividades.
A
través
de
ella
es
viable
la
comuni-
cación
interpersonal
o
grupal
de
mensajes;
la
consulta
de
información
técnica,
científica,
económica,
social,
comercial,
etc.;
la
transferencia
de
archivos
y
programas
en
tiempo
real;
la
adquisición
de
bienes
y
servi-
cios
ofertados
por
entidades
comerciales
en
general;
la
constitución
de
una
más
ágil
relación
de
los
particulares
con
el
Estado;
entre
otras
cosas.
Las
relaciones
comerciales
entre
los
agentes
concurrentes
en
el
entorno
electrónico
son
diversas,
las
cuales
se
distinguen
unas
de
otras
en
virtud
de
los
participantes
en
juego.
Es
así
como
las
empresas,
los
consumidores
y
el
gobierno
pueden
relacionarse
económicamente.
Dentro
de
este
universo
de
relaciones,
el
comercio
electrónico
a
través
de
Internet
se
caracteriza
por
comunicar
directamente
a
las
empresas
y a
los
consumidores,
por
medio
de
sitios
Web
de
acceso
global.
Es
a
través
de
este
medio
que
se
suelen
desarrollar
contratos
de
compraventa
masificados,
es
decir,
dirigidos
a
un
universo
inde-
terminado
de
potenciales
contratantes,
los
cuales
deciden
obligarse
sobre
la
base
de
ciertos
términos
y
condiciones
contractuales
preestablecidos
por
la
empresa
oferente.
3
Entendida
como
una
cultura
o
ideología
basada
en
la
defensa
sin
paliativos
de
la
libertad
individual
como
valor
supremo
-a
menudo
contra
el
gobierno
pero
a
veces
con
la
contribución
de
algunos
gobiernos-,
como
en
la
defensa
de
la
privacidad
frente
a
los
intereses
comerciales.
Foro Jurídico
GRUPO
DE
INVESTIGACIÓN
La
presente
investigación
pretende
analizar
el
proceso
de
com-
praventa
por
Internet
tratando
de
conciliar
consideraciones
normati-
vas
y
doctrinarias.
Asimismo,
reconoce
que
la
protección
al
consumi-
dor
en
este
tipo
de
transacciones
es
una
materia
de
gran
importancia,
la
misma
que
se
aborda
en
base
a
consideraciones
jurídicas.
El
estudio
de
las
ventajas
y
problemas
que
se
presentan
en
el
comercio
electrónico
tiene
un
espacio
privilegiado,
con
grandes
perspectivas
para
el
futuro.
2.
Compraventa
por
Internet
Internet
es
un
medio
desmaterializado
por
el
cual
se
pueden
realizar
múltiples
transacciones
comerciales
entre
los
particulares.
Entre
ellas
podemos
encontrar
a
la
compraventa
de
bienes.
En
estas
operaciones,
se
hace
uso
del
ordenador
sólo
como
herramienta
de
comunicación,
es
decir,
las
partes
emiten
sus
declaraciones
de
volun-
tad
a
través
de
Internet
gracias
al
uso
de
estos
sistemas
informáticos.
En
primer
lugar,
para
lograr
celebrar
una
compraventa
es
nece-
sario
acceder
a
una
página
Web
que
ofrezca
los
bienes
que
se
demanda.
Para
un
análisis
más
claro,
se
tomará
como
ejemplo
el
acceso
a
la
tienda
virtual
www.ec-store.com.pe.
Ella
ofrece
bienes
de
diversa
naturaleza
como
electrodomésticos,
artesanías,
artículos
de
cuero,
discos
compactos,
artículos
deportivos,
artículos
de
belleza,
juguetes,
libros,
licores,
perfumes,
revistas,
víveres,
etc.
Asimismo,
cuenta
con
una
grupo
de
tiendas
afiliadas
a
las
cuales
se
puede
acceder.
Entre
estas
últimas
tenemos
a
La
Canastería,
Alda,
Samsung,
Philips,
LG,
Compaq,
Per
Antivirus,
Perfumerías
Unidas,
Rosatel,
Florerías
Unidas
e
lnvetsa
Mascotas.
A
partir
de
este
momento
se
realiza
una
búsqueda
respecto
del
bien
que
se
desea
adquirir,
el
cual
será
mostrado
interactivamente.
En
principio,
lo
que
tenemos
ante
nosotros
son
las
características
descriptivas
del
producto
y
el
precio
de
adquisición,
sin
considerar
aún
los
gastos
de
envío.
Es
necesario
determinar
la
naturaleza
jurídi-
ca
de
la
información
brindada
hasta
el
momento.
2.1.
Oferta
Según
la
Teoría
General
de
los
Contratos,
la
oferta
contractual
es
la
declaración
de
voluntad
conocida
por
el
destinatario
que
obliga
al
oferente.
Para
que
una
oferta
sea
válida
será
necesario
que
sea
completa
o
autosuficiente
(que
contenga
todos
los
elementos
del
con-
trato
propuesto,
de
tal
manera
que
permita
que
mediante
la
simple
aceptación
del
destinatario
se
forme
el
contrato);
que
contenga
la
intención
de
contratar
del
oferente
de
manera
seria;
que
sea
conoci-
da
por
el
destinatario
para
que
vincule
al
oferente;
que
contenga
la
determinación
del
oferente
(es
necesario
que
el
oferente
se
identifi-
que
para
que
el
destinatario
pueda
saber
con
quién
va
a
contratar)
y;
que
se
en
forma
solemne,
si
así
lo
exige
la
ley4.
Generalmente
se
considera
que
la
oferta
debe
tener
carácter
recepticio,
debe
estar
dirigida
a
persona
determinada.
Se
justifica
esta
posición
al
señalarse
que
la
oferta
debe
contener
todos
los
elementos
del
contrato
propuesto
incluyendo
necesariamente
la
de-
'
DE
LA
PUENTE
Y
LAVALLE,
Manuel.
El
Contrato
en
General.
Comentarios
a
la
Sección
Primera
del
Libro
VIl
del
Biblioteca
para
leer
el
Volumen
XI.
Primera
Parte.
Tomo
11.
Lima:
Fondo
editorial
de
la
Pontificia
Universidad
Católica
del
Perú,
1996.
pp.213-234.
Foro Jurídico
signación
del
destinatario
con
quien
se
pretende
celebrar
el
contrato.
Otra
razón
esgrimida
es
que"(
...
)
si
es
un
requisito
de
la
oferta
que
ella
contenga
la
intención
del
oferente
de
celebrar
el
contrato
pro-
puesto,
resulta
difícil
que
alguien
tenga
la
intención
de
contratar
con
cualquiera
(
...
)"
5.
Siguiendo
este
orden
de
ideas,
la
declaración
de
voluntad
dirigida
a
persona
indeterminada
no
es
una
oferta,
puesto
que
el
considerarla
como
tal
significaría
que
el
oferente
se
obliga
con
personas
a
quienes
ni
siquiera
conoce.
Otro
sector
de
la
doctrina
considera
que
el
carácter
recepticio
de
la
oferta
no
es
un
elemento
esencial
de
ella.
Pueden
surgir
problemas
en
los
casos
en
que
la
oferta
tiene
como
destinatario
a
un
conjunto
indeterminado
de
sujetos,
los
cuales
son
potenciales
consumidores
de
los
productos
descritos
en
el
sitio
Web
del
vendedor.
Este
tipo
de
relación
es
la
común
en
Internet.
Para
determinar
si
la
recepticidad
es
un
elemento
necesario
en
la
oferta
de
este
tipo
de
contratación,
se
tiene
que
tomar
en
cuenta
los
conceptos
de
oferta
al
público
y
el
de
invitación
a
ofrecer.
La
oferta
al
público
es
aquella
no
dirigida
a
persona
determinada
sino
a
una
generalidad
de
terceros.
La
oferta
al
público
y
la
invitación
a
ofrecer
son
claramente
dos
instituciones
diferentes.
Mientras
la
primera
es
dirigida
a
destinatarios
indeterminados
y
obliga
a
su
emisor,
la
invitación
a
ofrecer
es
una
declaración
de
voluntad
que
no
obliga
a
quien
la
emite.
Cosa
distinta
es
que
por
opción
legislativa,
el
peruano
señale
que
"La
oferta
al
público
vale
como
invitación
a
ofrecer,
considerándose
oferentes
a
quienes
acce-
dan
a
la
invitación
y
destinatario
al
proponente".
Esta
disposición
ha
sido
criticada
por
quienes
no
encuentran
justificada
la
tergiversación
de
los
efectos
jurídicos
de
dos
instituciones
diferentes.
Volviendo
a
la
op-
ción
del
peruano,
a
cuya
crítica
nos
adscribimos,
la
oferta
al
público
que
se
da
en
Internet
valdría
como
invitación
a
ofrecer,
concepto
por
el
cual
el
oferente
no
se
obliga,
pudiendo
cancelar
la
orden
emitida
por
el
consumidor
según
su
elección
de
consumo.
Mas,
para
efectos
de
la
presente
investigación,
se
considerará
a
la
oferta
al
público
por
Internet
en
su
real
contenido
jurídico:
el
de
oferta.
Por
tanto,
lo
que
encontramos
en
Internet
es
una
oferta
6 y
no
una
invitación
a
ofrecer
o
publicidad.
Para
ello
es
necesario
que
el
aceptante
tenga"(
...
)
conocimiento
de
las
íntegras
condiciones
del
contrato
cuya
celebración
le
ha
resultado
accesible
(
...
).
Es
obvio
que
si
estos
términos
no
son
íntegramente
accesibles,
lo
que
el
sitio
Web
presenta
no
es
una
oferta
sino
una
mera
invitatio
ad
offerendum
o,
menos
aún,
una
simple
actividad
publicitaria"?
De
este
modo,
el
acceso
a
las
íntegras
condiciones
del
contrato
8
es
necesario
para
que
sea
consi-
5
lbíd.
p.
225.
6
Es
"(
...
)
oferta
permanente
de
un
sitio
comercial
donde
las
características
esenciales
del
contrato
propuesto
se
definen
automáticamente
y
presentan
al
público
gracias
a
un
software
que
puede
tener
en
cuenta
diferentes
datos
(
...
)".
Esto
se
observa
en:
THOUMYRE,
Lionel. "Intercambio
de
Consentimiento
en
el
Comercio
Electrónico".
En:
Derecho
de
la
Alta
Tecnología
n'
134.
Año
XI.
octubre,
1994.
p.9.
7
ILLESCAS
ORTIZ,
Rafael.
Derecho
de
la
Contratación
Electrónica.
Madrid:
Civitas,
2001.
p.265.
'
Las
condiciones
de
un
contrato
de
compraventa
por
Internet
más
importantes
son
las
siguientes:
a)
Identidad
del
proveedor.
b)
Características
especiales
del
producto.
e)
Forma
de
pago
y
modalidades
de
entrega
o
de
ejecución.
d)
Plazo
de
validez
de
la
oferta.
99

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