112 017-2006-VIVIENDA - Aprueban Reglamento de los Títulos II y III de la Ley Nº 28687 "Ley de Desarrollo Complementaria de la formalización de la Propiedad Informal, Acceso al suelo y dotación de servicios básicos"

Fecha de publicación27 Julio 2006
Fecha de disposición27 Julio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
jueves 27 de julio de 2006 325267
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Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante
la expedición de la Resolución Directoral respectiva;
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de
Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás
disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable
de las áreas competentes;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el Permiso de Operación de
Aviación General - Servicio Privado, Cívico y de
Instrucción, otorgado a través de la Resolución Directoral
Nº 007-2004-MTC/12 del 26 de enero del 2004, en el
sentido que la recurrente está autorizada a utilizar la
denominación social MASTER OF THE SKY S.A.C., de
conformidad con lo establecido en la Partida Registral Nº
11033514 obrante en la Oficina Registral de Lima de la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.
Artículo 2º.- Modificar en la parte pertinente, el Artículo
1º de la Resolución Directoral Nº 007-2004-MTC/12 del
26 de enero del 2004, a fin de incrementar el respectivo
material aeronáutico, de acuerdo al siguiente detalle:
MATERIAL AERONÁUTICO: (Adicional al autorizado)
- Cessna 152.
Artículo 3º.- Incorporar a la Resolución Directoral Nº
007-2004-MTC/12 del 26 de enero del 2004 el siguiente
artículo:
"Artículo 11º.- La empresa MASTER OF THE SKY
S.A.C. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y
turística que sustenta la buena imagen del país."
Artículo 4º.- Los demás términos de la Resolución
Directoral Nº 007-2004-MTC/12 del 26 de enero del 2004,
continúan vigentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CÉSAR RIVERA PÉREZ
Director General de Aeronáutica Civil
00417-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 012-2006-MTC
Mediante Oficio Nº 271-C-2006-SCM-PR, la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución Suprema Nº 012-2006-MTC, publicada
en la edición del 22 de julio de 2006.
En el segundo considerando y Artículo 1º
DICE:
María Soledad Guiulfo Suárez - Durán
DEBE DECIR:
María Soledad Guiulfo Suárez-Durand
00540-1
VIVIENDA
Aprueban Reglamento de los Títulos II y
III de la Ley Nº 28687 "Ley de Desarrollo
Complementaria de la formalización de
la Propiedad Informal, Acceso al suelo y
dotación de servicios básicos"
DECRETO SUPREMO
Nº 017-2006-VIVIENDA
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 28687 “Ley de Desarrollo
Complementaria de la formalización de la Propiedad
Informal, Acceso al suelo y dotación de servicios básicos”
se regula el proceso de formalización de la propiedad
informal, el acceso al suelo para uso de vivienda de interés
social orientado a los sectores de menores recursos
económicos y establece el procedimiento para la
ejecución de obras de servicios básicos de agua, desagüe
y electricidad en las áreas consolidadas y en proceso de
formalización;
Que, con Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA
se aprobó el Reglamento del Título I de la Ley Nº 28687,
que regula el proceso de formalización de la propiedad
informal;
Que, el Título II de la mencionada Ley regula el acceso
al suelo de los sectores de menores recursos económicos;
y su título III las facilidades para la prestación de servicios
básicos;
Que, acorde a lo establecido en el artículo 18º de la
Ley, es necesario establecer el procedimiento para el
financiamiento de los proyectos de Producción Urbana
Primaria – PUP que se ejecuten sobre terrenos de libre
disponibilidad el mismo que provendrá de los recursos
de la Operación de Endeudamiento Externo aprobado por
Decreto Supremo Nº 089-2003-EF, destinada a financiar
parcialmente el Programa de Apoyo al Sector Habitacional
– PASH, los que asigne el Gobierno Central, los generados
por la venta de los macrolotes, entre otros;
Que, igualmente, es necesario adecuar la
conformación de la Comisión de Coordinación para la
identificación y selección de terrenos, creada por Decreto
Supremo Nº 010-2002-MTC;
Que, es necesario modificar un artículo
correspondientes al Reglamento del Título I de la
mencionada Ley;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8)
Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 28687, y la Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento – Ley Nº 27792;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación de Reglamento
Aprobar el Reglamento de los Títulos II y III de la Ley
Nº 28687 “Ley de Desarrollo Complementaria de la
formalización de la Propiedad Informal, Acceso al suelo
y dotación de servicios básicos” que consta de dos (2)
Títulos, tres (3) Capítulos, cinco (5) Subcapítulos, treinta
y cinco (35) Artículos y una (1) Disposición
Complementaria
Artículo 2º.- Naturaleza de los proyectos que se
realicen en aplicación del Reglamento del Título II de la
Ley Nº 28687
Los proyectos a que se refieren los reglamentos
aprobados por el artículo anterior, que ejecuten los
Gobiernos Locales, Regionales o el Gobierno Nacional,
son proyectos de inversión financiera.
Artículo 3º.- Modifican conformación de la Comisión
de Coordinación
Modificase el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 010-
2002-MTC ampliado por el artículo 2º del Secreto
Supremo Nº 035-2002-MTC, en los términos siguientes:
“Artículo 2º.- Constitúyase la Comisión de Coordinación
para facilitar la construcción de viviendas, con la finalidad
de promover el acceso de la población a la propiedad
privada destinada a la vivienda, la cual tendrá a su cargo
las acciones descritas en el artículo precedente. Estará
integrada por:
- El Viceministro de Vivienda y Urbanismo, quien la
presidirá;
- El Viceministro de Construcción y Saneamiento;
- El Superintendente de Bienes Nacionales;
- El Coordinador Nacional de la Comisión de
Formalización de la Propiedad Informal;

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