Competencia de la Corte para realizar el Control Constitucional formal y material

AutorDr. Gutemberh Vera Páez/Dr. Alembert Vera Rivera
Cargo del AutorFundador. Estudio Jurídico Vera Páez Jurista Ecuatoriano/Profesor universitario Jurista Ecuatoriano
Páginas83-86
CONSULTA POPULAR Y REFERÉNDUM
83
I
Competencia de
la Corte para realizar el
Control Constitucional
formal y material
1. La Corte Constitucional es competente para pro-
nunciarse mediante dictamen respecto a la calif‌ica-
ción del procedimiento a seguir cuando se pretenda
reformar el texto de la Constitución, esto conforme
a lo que señala el artículo 443 de la Constitución de
la República y en concordancia con lo que determi-
na el numeral 1 del art. 99 de la Ley Orgánica de Ga-
rantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.
2. La tramitación de una reforma constitucio-
nal a través de referendo y mediante el proce-

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